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MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0091 · Item · 1825/06/18
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Matías Martínez de Espinosa, de esta vecindad, albacea de su difunto padre político don Domingo Franceschi, dijo que para terminar la testamentaria ha celebrado varias juntas extrajudiciales entre los legítimos partícipes, hasta repartir por medio de sorteo las diversas casas como los demás bienes yacentes, con expreso consentimiento de los interesados y a quienes se les ha puesto en posesión de lo correspondiente desde el 1 de agosto del año pasado. Y restando solo la correspondiente escritura de adjudicación, por la presente otorga que entrega, cede y traspasa en absoluto dominio y propiedad en favor de doña Antonia Franceschi y Castro, primera hija don Domingo Franceschi, mujer y conjunta persona de don Juan Bautista de Echagaray, una casa alta y baja, ubicada en esta villa, en la primera cuadra de la calle Real, cubierta de madera y teja, que hace su frente hacia el norte con 13 y media varas y del otro lado casa alta de don José María de Goiri y 22 varas de fondo, con un martillo hacia el sur con 4 varas más, por donde linda como por el costado del poniente con corral y costado de otra casa alta de la misma testamentaria y por otro costado del oriente linda con el de casa baja de don Juan Francisco de Abaroa. Cuya deslindada finca, es la que en el sorteo correspondió a doña Antonia y hubo y compró su padre en remate público, celebrado en esta villa en 8 de septiembre de 1811. Y la entrega y enajena a doña Antonia Franceschi y Castro con un censo de 500 pesos que ahora le carga e impone 5 por ciento, que ha de entregar al patrono que es hoy o en adelante lo fuere para subvenir en parte las cargas de la implementación de 2 00 pesos que el testador mando se fincasen. Cuya casa la endosa en cantidad de 5 792 pesos, 7 reales y granos que es el monto de sus avalúos.

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MX UV.USBIX ANX-P-0084-PX_0084_0028 · Item · 1827/08/01
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don José María Bonilla y Flores, vecino y del comercio de ella, dijo que don Domingo Franceschi, de la misma, ha solicitado imponer a censo redimible, y al quitar sobre dos casas de cal y canto, cubiertos de madera y teja, que posee por su suyas propias en esta villa, la cantidad de 3 000 pesos por el espacio y término de dos años, y al rédito corriente de 5 por ciento en cada uno de ellos. Y exigiéndole como requisito indispensable por el censualista para su imposición una fianza idónea, en cantidad de 300 pesos, réditos del principal dicho en los dos años de su retención. El otorgante, solicitado por el expresado Franceschi para su otorgamiento, ha condescendido en su solicitud, mas no pudiendo verificarlo en el lugar donde reside el imponedor, y teniendo don Francisco Fernández y Agudo, de esta propia vecindad, mayor facilidad de efectuarlo, con todas las calidades y circunstancias que se exigen, puesto el otorgante de acuerdo con él, ha condescendido a su instancia con tal de que la suma dicha sea afianzada por el que habla y aumente a ella, dando como da por cierta y verdadero todo lo relacionado por el presente en el modo más oportuno en derecho y que sea conforme a sus principios, Por tanto, otorga que fía al citado don Domingo Franceschi en la suma dicha, en términos que si él no verificare el pago en los dos, o uno de los anuales, lo hará el otorgante sin que tenga que practicarse diligencia alguna contra él, sin hacerse excusión en sus bienes, pues expresamente la renuncia; a cuyo efecto hace suya propia la deuda y responsabilidad ajena, y recibe así, quedando de cuenta la solución de la enunciada deuda.

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MX UV.USBIX ANX-P-0084-PX_0084_0085 · Item · 1827/05/29
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

El licenciado don Ramón Ruiz, abogado de los Tribunales de la Federación, vecino de esta villa, dijo que como albacea de la difunta doña Gertrudis Noriega de Zárate y Sandria, que fue oriunda y vecina de este suelo, otorga que vende a don Andrés Ramos, vecino de la Heroica Veracruz, residente en esta villa, tres casas contiguas, bajas de edificio, de paredes, cubiertas de madera, ladrillo y teja, con dos viviendas altas que tiene la última, situadas en la calle de la Raqueta, a la que hacen su frente hacia el oriente, y del otro lado casas de doña Ana Petra Borja de Espinosa, de don Domingo Franceschi, de doña Juana Rita y de doña Mariana Cardeña, difuntos todos, menos la última; por su fondo al poniente linda con el de casas de don Jacinto Antonio de Mora y del presente escribano; por el costado del sur con el de casa de don Miguel de Garagorri, que antes fue de don Nicolás Fernández del Campo; y por el del norte que hace esquina la última y frente las piezas altas y otras accesorias bajas al callejón de Gorospe, y del otro lado casa que fue de don Rafael José de Facio y de María de la Concepción Rodríguez, morena libre. Cuyas tres deslindadas fincas unidas, son las mismas que en estado casi ruinoso heredó la Noriega de su madre adoptiva doña Petrona Nolasco de Zárate y Sandria, y de sus hermanos don Dionisio Noriega y otro que falleció sin sucesión. Al presente las vende al citado Andrés Ramos, con una hipoteca de 900 pesos que se adeudan a los herederos de don Manuel Gil de la Torre y Cosío, cuyos representantes están fuera del territorio de la república; por el precio de 8 500 pesos, los 900 de ellos que entregará luego que se presente parte legítima por la testamentaría de Gil de la Torre; y los 7 600 pesos que el comprador le ha dado y pagado.

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MX UV.USBIX ANX-P-0085-PX_0085_0007 · Item · 1828/02/01
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Francisco Fernández y Agudo, vecino de esta villa de Xalapa, recibió de don Antonio Lombo, vecino de Pueblo viejo de Tampico, la cantidad de 3 000 pesos en reales en depósito irregular, por el espacio y tiempo de un año, contado desde la fecha, con causa de réditos de un 5 por ciento anuales. Por dicha cantidad, hipoteca y grava una casa que posee en esta villa, en la primera cuadra de la calle Principal, alta y baja, cubierta de madera, ladrillo y teja, con la frente al norte y del otro lado, la casa mortuoria de don Domingo Franceschi, por su fondo al sur, linda con casa perteneciente a una fundación, en favor de la Señora de Santa Ana, en esta parroquia de Señor San José, por el oriente, linda con el costado de la casa de doña Josefa María Gómez de Estrada y por el poniente, con el de casa baja de Manuela de Bárcena y Zugadi. Casa que compró al presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, misma que se obliga a no empeñar hasta que no éste satisfecho dicho principal y réditos.

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MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0141 · Item · 1830/11/09
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Dionisio González y Cabrera, hijo legítimo de don Juan Bautista González y doña Micaela Cabrera, sus padres ya difuntos, otorga testamento en la manera siguiente: Ordena que de sus bienes se le consigne una libra de cera labrada para el culto de la imagen de Jesús de las Tres Caídas que se venera en Jalacingo. Declara estar casado con doña María Ildefonsa Sayas de González, de cuyo matrimonio tuvieron por hijas a doña María Dolores González y Sayas que al presente tiene veinticuatro años, doña María Guadalupe que tiene veinte, ambas doncellas. Declara que como dueño de la hacienda Mastatlán se la tiene entregada desde 4 de octubre de 1827 a don Manuel de Santa María, con promesa de venta en precio de 10 500 pesos con réditos de 5 por ciento, bajo la condición de ir amortizando el capital, por cuenta del cual le ha de entregar a don Matías Martínez de Espinosa 3 000 pesos para cubrir la deuda que tuvo con la testamentaría de don Domingo Franceschi, de quien es albacea el citado Espinosa, y al presente otorgante el resto de 7 500 pesos en abonos, de los cuales le tiene entregados 1 850 pesos. Declara que fue depositario de la hacienda de Sosocola que se halla concursada en el Juzgado Primero de esta villa, y que durante el tiempo que la administró le adeudan 4 000 pesos exactos de lo que gastó de su propio peculio más los honorarios del depósito y otros desembolsos. Declara que en la hacienda que le hizo traspaso a Santa María posee ochenta cabezas de vacuno sin que tengan que ver con dicho traspaso. Nombra por sus universales herederas a las nominadas sus dos hijas, y por albacea y tenedoras de bienes en primer lugar a la referida su esposa, en segundo a su hija María Dolores y en tercero a María Guadalupe.

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MX UV.USBIX ANX-P-0088-PX_0088_0007 · Item · 1831/01/17
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don José María de Goiri, residente en este suelo, otorga poder especial a don Francisco Fernández y Agudo, para que en nombre y en representación de su persona, derechos y acciones pueda gravar e hipotecar una casa de edificio alto y bajo, de su propiedad, ubicada en esta ciudad a la calle Principal, haciendo frente con las que fueron del finado don Domingo Franceschi. Para que sobre dicha casa imponga el capital o capitales que quiera tomar, ya sea de las arcas de los conventos, del cofre de las catedrales o de personas particulares, con el premio permitido del 5 por ciento por el tiempo que a bien tuviere. También, le da poder para que proceda a la enajenación de una huerta ubicada en esta ciudad y sitio que llaman del Molino Viejo, en el precio que le pareciere.

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MX UV.USBIX ANX-P-0094-PX_0094_0051 · Item · 1837/05/05
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Francisco Fernández y Agudo, de esta vecindad, dijo que por poder que tiene otorgado de don José María de Goiri, se obliga a enterarles la cantidad de 1 600 pesos, con su premio de 1 y medio por ciento mensuales, y con la condición de que cuando se les pidan, se le avise con tres meses de anticipación. Cantidad que pertenece a los menores Juan Manuel, José María Julián y Pomposo Lascurain y Altamirano, que tiene pactado conservar en depósito irregular, que ha de caucionar con hipoteca de la casa a que se refiere el mencionado poder, y que es propiedad de dicho Goiri, la cual es de altos y bajos, ubicada en esta ciudad haciendo esquina con la plaza principal por poniente, y con la calle principal por sur, y del otro lado casas que fueron del finado don Domingo Franceschi, lindando por oriente con casa baja propia hoy del presbítero don Francisco Antonio Gil, y por norte con el mesón nombrado de las Ánimas. En la hipoteca sólo se comprende el capital y no los premios, éstos los habrá de sus bienes, por lo que está consciente que en caso de no hacer efectivo el entero al vencimiento de los tres meses después del aviso, se le persiga en dichos sus bienes, vendiendo en almoneda pública o fuera de ella.

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MX UV.USBIX ANX-P-0095-PX_0095_0007 · Item · 1838/01/22
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don José Antonio, don Domingo María y doña Antonia Franceschi y Castro, viuda de don Juan Bautista de Echagaray, hijos y herederos de los difuntos don Domingo Franceschi y doña Rosa de Castro; doña María Josefa Monroy de Franceschi, albacea de su difunto esposo, don Francisco de Paula Franceschi y Castro, y don Manuel Arizavalo, curador ad litem de los menores hijos de éste. Dijeron que en la testamentaria de su difunto padre, de quien fue segundo albacea don José Antonio Franceschi, hay diversos puntos pendientes, siendo uno de ellos el que se sigue en el Juzgado Segundo de esta ciudad, pretendiendo se haga valer el cargo que don José Antonio obtuvo y debe representar por el fallecimiento de primera y tercer albacea, que lo fueron la citada doña Rosa de Castro y don Matías Martínez de Espinosa; y que los bienes hagan reversión a los herederos como legítimos albaceas, cuyo punto estaba siguiéndose por sus respectivos apoderados. Y para que no sea gravosa la práctica de tanta diligencia y sin revocar los poderes generales que tiene conferidos los cuatro primeros comparentes, han deliberado dar uno solo para este asunto, por lo cual, otorgan poder al licenciado don José María Aparicio, de esta misma vecindad, para que en nombre de los comparentes y representando su propia persona, derechos y acciones, y los que le incumben a don José Antonio como tal albacea, promueva cuanto estime útil y conducente a fin de que se cumpla cuanto dejó provisto al testador, con cuyo objeto pedirá se remuevan del manejo de los bienes la persona o personas que se hayan apoderado de ellos.

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MX UV.USBIX ANX-P-0095-PX_0095_0028 · Item · 1838/03/24
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don José Antonio y don Domingo María Franceschi y Castro; doña María Dolores Martínez de Espinosa y Franceschi, albacea de su difunto padre don Matías Martínez de Espinosa, esposo que fue de la finada doña Rosa María Franceschi y Castro; don Juan Hilario de Echagaray, apoderado de la señora doña Antonia Franceschi y Echagaray, viuda de don Juan Bautista de Echagaray; y don Manuel Arizavalo por sí y en representación de sus hermanos don Santiago y don Juan [Arizavalo] por quienes presta voz y caución, hijos los tres de los finados don Santiago Arizavalo y de doña María de Jesús Franceschi y Castro; el mismo don Manuel Arizavalo como apoderado de la señora doña María Josefa Monroy de Franceschi, viuda de don Francisco de Paula Franceschi y Castro, legatario de sus señoras hermanas doña María Josefa y doña María Manuela Franceschi y Castro, de la primera por dos cartas que presentó en el Juzgado Segundo de esta ciudad, su fecha en San Sebastián de la Península Española a 24 de enero y 11 de agostos de 1834, y de la segunda por el testamento que otorgó antes de profesar en el convento de San Sebastián el Antiguo en la misma Península, a 18 de febrero de 1833, que presentó también en dicho juzgado para legitimar su acción en representación del citado don Francisco de Paula Franceschi, y como curador Arizavalo de los menores hijos de éste, como consta en el expediente que fue remitido por dicho juzgado en 27 fojas. Asimismo, dijeron que habiendo fallecido don Manuel Ignacio Franceschi y Castro, el 21 de enero de 1826, sin ninguna disposición testamentaria, se formó expediente en dicho juzgado siguiendo los trámites de costumbre, pero se paralizó por estar pendientes las escrituras de adjudicación de los bienes de los finados don Domingo Franceschi y de doña Rosa de Castro, sus padres, de quienes todos eran herederos. Y habiéndose concluido dichos autos en virtud de transacción, quisieron hacer lo mismo con los de don Manuel, de quien también son herederos todos, pero no ha sido posible encontrar el expediente, acordando finalmente que dicha herencia se dividiera por iguales partes entre los herederos. Por lo cual, otorgan mutuamente se hacen y constituyen fiadores unos de otros para indemnizarse del perjuicio que pudiera resultarles a los comparecientes, sus representados y sus bienes por toda la cantidad que les ha correspondido de herencia en los bienes del finado don Manuel Ignacio Franceschi y Castro, así como, en el caso de que haya alguna diferencia, que consista en error material de cálculo o en el modo y forma de liquidar, deducir, aplicar, distribuir o en otra cosa que por olvido o ignorancia no se haya tomado presente, se remiten y condonan la cantidad que intervenga sea en poca o mucha suma.

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MX UV.USBIX ANX-P-0097-PX_0097_0014 · Item · 1839/02/22
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña Antonia Franceschi y Castro, heredera de los finados don Domingo Franceschi y doña Rosa de Castro; doña María Josefa Monroy de Franceschi, albacea de su difunto esposo don Francisco de Paula Franceschi y Castro; don José Antonio y don Domingo María Franceschi y Castro; don Manuel Arizavalo como representante de la sucesión de doña María de Jesús Franceschi y Castro; y don José Antonio de Agrasar que lo es de doña María Josefa Franceschi y Castro y de doña María Manuela Franceschi y Castro con la señora doña María Dolores Martínez de Espinosa y Franceschi; dijeron que sin revocar los poderes que tienen dados a don Juan Hilario de Echagaray y al señor don Pedro Abraham Rojas, quienes no pueden salir de la ciudad, por la presente otorgan poder especial a don José Seoane, vecino de la ciudad de Orizaba, para que en nombre y en representación de sus personas, derechos y acciones, como herederos todos de los expresados finados don Domingo Franceschi y doña Rosa de Castro, perciba y cobre, judicial o extrajudicialmente todo lo que les corresponda.

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