Don Juan Lucas de Olavarrieta, del comercio de la Nueva Veracruz, residente en esta Villa, otorga poder especial al Coronel José Ignacio Aguirrebengoa y a don Manuel Maya, vecinos de la Capital de México, de mancomún, para que en su representación, como uno de los albaceas y heredero de don Pedro de Escuza, su primo, Teniente Coronel Comandante de Batallón de Fieles Realistas de Infantería de esa capital, se apoderen de los bienes todos, libros, cuentas y papeles con todo lo que pertenezca, procediendo a hacer inventarios previa licencia de la capitanía, aceptando el beneficio de la herencia en la parte que sea.
Don Juan Lucas de Olavarrieta, de este comercio y vecindad y como albacea en primer lugar del finado don Pedro de Escuza; otorga poder general a don Manuel Maya, su coalbacea, a don Ignacio María del Castillo, agente de negocios, y a don Lucas Abdón de Olavarrieta, su sobrino, vecinos de la capital de México; a los tres mancomún y por falta de alguno a los dos restantes; para que en su representación hallen, demande, perciban y cobren judicial o extrajudicialmente de todas y cualesquiera personas del estado, calidad o preminencia que sean o de sus bienes, todo lo que le adeuden a la fecha y debiesen en adelante. También para que lo defienda en todos sus pleitos, causas y negocios. Y para que de todo cuanto percibieren y cobraren otorguen recibos, cartas de pago, finiquito o los demás documentos que les pidan. Dicho poder lo confiere sin limitación alguna y con facultad de sustituir.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINO