Showing 3 results

Archivistische beschrijving
Zonder titel
MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0175 · Stuk · 1830/12/24
Part of Archivo Notarial de Xalapa

El ciudadano José Miguel Rodríguez, vecino del rancho de Gabichano [Gavichan] en doctrina de Actopan, residente en este suelo, otorga poder a don Manuel Nava y Mota de esta vecindad, para que a nombre del comparente y representando su propia persona y las que le competen como marido legítimo de doña María Andrea Castro, gestione de la manera que crea conveniente en la testamentaría de los finados abuelos de ésta, que lo fueron don José Tomás de Castro y doña María Francisca Trigos, los inventarios de los bienes, nombrando peritos valuadores y aprobando esas memorias ya sean jurídicas o extrajudiciales. Para que pida y tome cuentas a las personas que deban darla; para que pida adjudicación de bienes; para que administre cualquier bien que resulte pertenecerle; para que cobre las cantidades que le deban o debieren a la nominada doña Andrea Castro o al comparente; para que en general lo defienda en todos los pleitos que tiene o en adelante tuviere.

Zonder titel
Zonder titel
MX UV.USBIX ANX-P-0079-PX_0079_0003 · Stuk · 12/01/1820
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Don José Tomás de Castro, viudo de María Francisca Trigos, natural y vecino de esta Villa, otorga su testamento. A las mandas ordena se le den 2 pesos a cada una de ellas; tuvieron 4 hijos legítimos y ella aparte dejó otros 3 hijos, la dicha su mujer murió reconociendo como hija legítima a Ana María Góngora. Tiene entre sus bienes una casita ubicada en el Camino Real para Veracruz, empeñada en don Juan de Bárcena; tiene otra casita en la Plazuela de San José. Nombra como albacea a don Mariano Cadena y como herederos a sus hijos y tres nietos.

Zonder titel
MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0172 · Stuk · 1833/12/25
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Don José de Castro, Presbítero domiciliario, de este obispado de la Puebla de los Ángeles, hijo de don José Tomás de Castro y de doña María Francisca Trigos, sus padres difuntos, otorga su testamento en la siguiente manera: En el que declara que disfruta por bienes, la casa habitación, ubicada en la calle que llaman del Chorro del Poblano, haciendo esquina a otra calle que sube para el barrio de Santa María. También la parte de herencia que le corresponde en una casa que quedó por fallecimiento de su padre y la cobra don Mariano Cadena, quien tiene que producir cuenta de arrendamientos de cosa de tres años, en cuyos arrendamientos igual tiene parte. Declara que en el negocio que siguió con su hermana doña María Brígida [Castro] sobre cuentas de administración de los bienes de su difunto padre, cuyo asunto se terminó y salió sentenciada a pagarle 75 pesos y picos de reales, cuya suma le perdona y ordena que no se le cobre cosa alguna. Ordena que lo que a él le corresponda del producto de los arrendamientos de la casa, que fue de su finado padre, desde que éste se hizo cargo hasta el día de su fallecimiento, se le entregue a su sobrina Ana Góngora; y los demás arrendamientos que le pertenezcan desde el día que fallezca hasta que se venda la casa se agregará a sus bienes. Ordena que, si su fallecimiento aconteciere en Puebla o en otro punto, respecto a que ha resuelto ir a curarse a esa ciudad y no hubiere quedado allí numerario competente para los gastos de su entierro, los cubrirá su albacea. Dictamina que se distribuya la cantidad de 100 pesos entre mujeres pobres, de verdadera solemnidad y necesidad, prohibiéndose que tenga parte en esas limosnas ningún de esas rumbosas que aparentan ser pobres y no son, sino mujeres sin dedicación alguna. Pide que se entreguen en la aduana de esta ciudad 5 pesos para que los ingresen en los fondos del Estado. Que todos sus muebles, menaje de casa y colchones se le den a doña María de Jesús Dorantes, así como, la cantidad de 100 pesos. Además, establece de la referida casa, se le queda a la nominada doña María de Jesús Dorantes, para que la habite y luego que fallezca se hará cargo de dicha finca, el padre director de la casa de ejercicios de San Ignacio de esta ciudad, para que distribuya los arrendamientos de dicha finca entre la propia casa de ejercicios y el hospital de mujeres de esta misma ciudad. Y en caso que la referida doña María de Jesús Dorantes llegara a casarse, en tal evento no se esperará a su muerte, sino que tan luego como efectúe su matrimonio será despedida de la casa y pasará ésta inmediatamente a poder del padre director de la casa de ejercicios para la finalidad mencionada. Nombra por albacea a don Juan Francisco de Bárcena, de esta vecindad y comercio.

Zonder titel