Don Francisco González, viudo que fue y albacea de doña María Gertrudis Rodríguez de esta vecindad y comercio, dijo que sus hermanos políticos: doña Ana Josefa, don José Francisco y doña María Merced Rodríguez, le confirieron poder y en uso de las facultades y las que le concedió su difunta esposa en su testamento, ha consentido en escriturar el contrato de venta que su padre político don Juan Manuel Rodríguez celebró con Florencio Zacarías, del solar que se hará mención adelante y de que está en posesión desde que ese contrato se perfeccionó, restando solo el otorgamiento de esta escritura. Por tanto, a nombre de sus poderdantes, otorga que vende realmente a Florencio Zacarías, un solar eriazo compuesto de 34 varas de frente y 20 de fondo, siendo sus linderos por un lado un caño que baja de Xallitic y por los otros tres el resto de la tierra que aún no se vende y queda por de la testamentaria de su citado padre, todo lo cual hubo y compró de don José Manuel Cruz y Bremont, por escritura de venta que otorgó en favor de su esposa y poderdantes del otorgante como herederos de don Juan Manuel Rodríguez, en esta ciudad, el 27 de abril de 1829. Cuya venta la hace por la cantidad de 102 pesos que pagó el comprador al citado Juan Manuel Rodríguez.
Sem títuloDon Francisco González, de esta vecindad y comercio, viudo y albacea de doña María Gertrudis Rodríguez, dijo que como apoderado de sus hermanos políticos: doña Ana Josefa, don José Francisco y doña María Merced Rodríguez, en uso de dicho poder y de las facultades conferidas por su difunta esposa en su testamento; ha consentido escriturar el contrato de venta que su padre político celebró con doña Ana Josefa Márquez, del solar que adelante se expresa y de que está en posesión desde que ese contrato se perfeccionó; por lo cual, otorga que vende realmente a doña Ana Josefa Márquez, un solar eriazo, compuesto de 12 varas de frente y 50 de fondo, siendo sus linderos por un lado con solar del ciudadano José Rufino Rojas y por los otros tres el resto de la tierra que aún no se vende y queda por de la testamentaria de su citado padre; todo lo cual hubo y compró de don José Manuel Cruz y Bremont por escritura de venta que otorgó en favor de su esposa y poderdantes del otorgante, como herederos de don Juan Manuel Rodríguez, en esta ciudad a 27 de abril de 1829. La venta la hace por la cantidad de 48 pesos que pagó a su citado padre político.
Sem títuloDoña Ana Josefa, doña María Merced, y don José Francisco Rodríguez de esta vecindad, hijos del finado don Juan Manuel Rodríguez, otorgan que han recibido de su hermano político don Francisco González, la cantidad de 650 pesos, y se obligan a satisfacer esta suma, luego que se enajene la casa que por bienes dejó el citado su padre, y para seguridad del principal hipotecan la mencionada casa, la cual está situada en la Calle de la Raqueta.
Don Francisco González, viudo y albacea testamentario de doña María Gertrudis Rodríguez, de esta vecindad y comercio, con poder general de sus hermanos políticos doña Ana Josefa, don José Francisco y doña María Merced Rodríguez; en virtud de dicho poder y de las facultades que en su testamento le concede su mujer, ha consentido en escriturar el contrato de compra venta que su padre político, don Juan Manuel Rodríguez, celebró con José Rufino Rojas, quien lo tiene en posesión desde que ese contrato se perfeccionó, restando para su autenticidad solo el otorgamiento de esta escritura. Por lo cual, otorga que vende realmente a José Rufino Rojas, un solar eriazo compuesto de 57 y una tercia varas de frente al oriente y 50 varas de fondo, sin incluirse aquí otro pedazo de terreno contiguo a éste, cuyo frente con 12 varas y cuyo fondo con 50 varas el dicho don Juan Manuel Rodríguez vendió a doña Ana Josefa Márquez por un papel simple. Siendo los linderos de todo este sitio aquí vendido, por un lado la calle y por los otros tres el resto de la tierra que aún no se vende y que queda por la testamentaria de don Juan Manuel Rodríguez. Todo lo cual hubo y compró de don José Manuel Cruz y Bremont, por escritura otorgada en esta ciudad el 27 de abril de 1829. Lo vende en precio de 321 pesos que pagó al citado don Juan Manuel Rodríguez.
Sem títuloDoña Ana Josefa, don José Francisco y doña María Merced Rodríguez, vecinos de esta villa, mayores de edad, otorgan poder a su hermano político don Francisco González, vecino y del comercio de esta villa, para que en su nombre y en representación de su persona, derechos y acciones, los defienda en todos sus pleitos, causas, negocios civiles y criminales. Además, para que pueda vender una casa de paredes, situada en la esquina del puente de Lagos, y un solar eriazo, conocido por la Loma de tío Casimiro, que quedaron por bienes de sus difuntos padres y divisible entre los otorgantes y su difunta hermana doña Gertrudis Rodríguez, para lo cual le confieren libre y general administración con facultad de enjuiciar, jurar y sustituir.
Sem título