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MX UV.USBIX ANX-P-0086-PX_0086_0124 · Item · 1829/11/16
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Don Francisco Blanco, del comercio de Puebla, don Ramón y don Vicente Gómez, hermanos, de esta vecindad, dijeron: que tienen celebrada una contrata bajo las capitulaciones siguientes: 1.ª Que don Francisco Blanco les franquea a los Gómez la cantidad de 1 000 pesos y se compromete a que en no habiendo falta alguna, por parte de éstos, les fomentará con otros 300 o 400, cuando ya hayan abonado igual o mayor suma en el efecto que más adelante va a explicar, pues antes de que hayan hecho semejante abono no estará obligado Blanco a fomentar con cantidad alguna. 2.ª Que los expresados 1 000 pesos han de ser satisfechos con suelas de buena calidad y de ocho pies arriba, de las que estos benefician en su curtiduría de esta villa, abonándose por cada suela el valor de 5 pesos, cuatro reales. 3.ª Que no han de poder los Gómez vender a otra persona ninguna de las suelas que beneficien en dicha su curtiduría. 4.ª Don Francisco Blanco ha de recibir aquí las suelas y conducirlas de su cuenta a Puebla, si alguna vez hubiera falta en la entrega por defecto de los Gómez, le satisfarán éstos a aquel los perjuicios. 5.ª Que, para garantizar los expresados 1 000 pesos, los Gómez han de hipotecar dos casas que poseen en la calle de Cantarranas, de esta villa. Dicha hipoteca se ha de entender por cualquier suma que en liquidación de cuentas resulte contra los Gómez. Finalmente don Ramón y don Vicente Gómez formalizan el correspondiente instrumento público de los relacionados 1 000 pesos; y los referidos Gómez, en cumplimiento de lo referido, hipotecan dos casas ambas con su frente al norte y contiguas, lindando la de don Vicente por oriente por casa de don José Francisco Díaz y Torres y por el sur con terreno de la señora viuda de don José Francisco Rivera; y la de don Ramón linda por oriente con casa de don José Joaquín Martínez y Vázquez, y por el poniente con la de don Vicente y por la espalda que es el sur con solar de dicho Martínez.

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MX UV.USBIX ANX-P-0097-PX_0097_0149 · Item · 1839/11/26
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Don Francisco de Paula Rivera, de esta vecindad, dijo que por fallecimiento de sus padres don José Francisco Rivera y doña Rafaela de Aguilar se distribuyeron los bienes de entre sus herederos, siendo el comparente uno de ellos. Dentro de los fundos se encuentra el nombrado sitio, huerta o solar conocido como Loma de Rivera, en el que se comprenden dos casitas, una de éstas le fue aplicada al señor don Antonio María de Rivera, hermano del comparente, la cual se ubica al oriente con las dimensiones de 22 varas de frente. Por lo que respecta al comparente le correspondió la parte siguiente: tomando de la orilla de la calle hacia el fondo junto al lindero de don José Mariano Domínguez, 81 varas, tomando de la misma de la calle para el fondo junto a la casa del señor don Antonio María y la tenería 91 varas, desde cuyo punto hasta el de las 81 se tira una línea de oriente a poniente y será la división entre lo que queda por de la propiedad de don Francisco al norte, y lo que va a vender; al sur de ese dicho punto de 91 varas, sigue hacia el sur el lindero contra la cerca de la tenería hasta la distancia de 17 varas que en donde se halla la esquina de la referida cerca, y dando vuelta sobre ella misma para el oriente sigue el lindero línea recta hasta encontrar con el lindero del señor Gómez. Por lo que todo lo que queda a la parte del sur, desde los linderos demarcados al sitio de la casita y al de la tenería hasta la orilla del río, es la parte que el comparente otorga vende al señor don Vicente Gómez, específicamente la parte que comprende la parte del solar que queda entre los linderos demarcados al norte, oriente y poniente hasta la orilla del río, en precio de 500 pesos.

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MX UV.USBIX ANX-P-0098-PX_0098_0122 · Item · 1840/09/07
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Don Francisco de Paula Rivera, de esta vecindad, dijo que por fallecimiento de los señores sus padres le tocaron de herencia un sitio o solar titulado Loma de Rivera, con una tenería y varios edificios pequeños fabricados en él, a la linde por el rumbo del norte con calle nombrada de Cantarranas. Asimismo, dijo que del referido solar le tiene vendida una gran parte a don Vicente Gómez, según escritura otorgada en esta ciudad a 26 de noviembre de 1839, también, tiene vendidas una casita a don Guadalupe Mora, por escritura de 15 de abril último. Y por cuanto tiene tratada venta de otra parte de dicho sitio con don Vicente Gómez, por la presente otorga le vende a éste dos galeras para colmenas y una pequeña habitación, siendo las dimensiones de lo que le vende a Gómez las siguientes: en la linde de la calle de Cantarranas 30 varas que se estiman como frente hacia el norte, cuya latitud sigue igual hacia el fondo para el rumbo del sur hasta la distancia de 30 varas, donde doblando hacia el oriente se amplía la latitud otras 33 varas más, componiendo toda ella 63 varas, desde cuyo punto sigue el lindero que forma una cerca de piedra para el sur y se va ampliando la latitud hasta la distancia de 40 varas, donde compone ya aquella, es decir la latitud 72 varas, siguiendo igual hasta el punto donde termina y dobla el lindero para el rumbo de poniente hasta encontrar con la cerca de la posesión de don José María Domínguez, la cual, es el lindero que corre de sur a norte por la línea de poniente y tiene esa distancia desde la orilla de la calle hasta el extremo del fondo en el sur 81 varas, así como, en el lindero que corre también de sur a norte por la línea de oriente tiene 57 varas. Lo vende en 774 pesos, de los cuales quedan en poder de Gómez 200 pesos que pagará en el término de seis meses.

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MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0226 · Item · 1776/08/03
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Don Vicente Gómez, de esta vecindad, hizo exhibición de un testimonio de escritura para que se registre en este libro, y en él se manifiesta que, en esta villa en 16 de julio del corriente, Rafaela María de Piña, doncella, mayor de veinticinco años, vecina de ésta, confesó haber recibido del Capitán don Francisco Antonio de la Llave como mayordomo de la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio, sita en la santa iglesia parroquial, 100 pesos para reconocerlos por vía de depósito irregular con obligación de réditos sobre una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, edificada en solar propio de 50 varas en cuadro, que se halla en esta esquina, en dos calles, la una que de la plaza Pública se va al camino que sale al pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], y la otra que del río que nombran San Antonio va a los ejidos; dicha cantidad se obligó a pagar dentro de cinco años, y para seguridad del principal y rédito hipotecó la dicha casa y solar.

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MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0237 · Item · 1778/01/18
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Don Vicente Gómez, de esta vecindad, exhibió para que se registre en este libro un testimonio de una escritura que otorgó en la presente fecha don Juan García, de esta vecindad, por la que se demuestra que recibió del Capitán don Francisco Antonio de la Llave, de esta vecindad, como mayordomo de la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio, sita en la santa iglesia parroquial, 100 pesos para reconocerlos por vía de depósito irregular con obligación de réditos, sobre una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, la que se halla en esquina, en dos calles, la una que de la plaza Pública, por el costado izquierdo de la santa iglesia parroquial, sale al camino Real que va a Veracruz; y la otra que del barrio de San Miguel se va a los ejidos. Dicha cantidad se obligó a entregar en tiempo de cinco años y en el ínterin sus réditos de 5 por ciento en cada un año, y para mayor seguridad del principal hipotecó la referida casa.

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MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0247 · Item · 1779/09/13
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Don Vicente Gómez, de esta vecindad, hizo exhibición de un testimonio de una escritura para que se registre en este libro, y en ella se manifiesta que los Licenciados don Pedro Jerónimo Laso y don Joaquín Laso, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado, vecino de ésta, albaceas testamentarios y tenedores de bienes del Capitán don Ambrosio Gómez del Corro, cedieron y traspasaron en favor del convento de señoras religiosas de Nuestra Señora de la Concepción de la ciudad de la Puebla, la cantidad de 3 000 pesos por los mismos de la importancia de la dote de la Madre Sor María de Jesús Joaquina de San Victoriano, Religiosa en el mencionado convento, llamada en el siglo doña María Gertrudis Gómez del Corro, quien se halla próxima a su profesión.

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MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0254 · Item · 1780/09/13
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Don Vicente Gómez, de esta vecindad, hizo exhibición de un testimonio de escritura, por el que se manifiesta que doña María Teresa Rodríguez, viuda de don Ildefonso Freire, de esta vecindad, recibió del Capitán don Francisco Antonio de la Llave, como mayordomo de la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio, sita en esta iglesia parroquial, 600 pesos para reconocerlos a depósito irregular con obligación de réditos por tiempo de cinco años, sobre dos casas de cal y canto, cubiertas de madera y teja, edificadas en solar propio, como también las paredes de cal y canto que edificó contiguas a la de su morada, y para mayor seguro de la paga gravó por especial hipoteca las dos casas y solares.

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MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0257 · Item · 1780/12/18
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Vicente Gómez, exhibió dos copias testimoniadas de una propia escritura para que se registren en este libro y de ellas se manifiesta que en esta villa en 15 del corriente mes, el Capitán don Francisco Antonio de la Llave y don José Joaquín Enríquez, albaceas testamentarios de don Francisco de Castro Martínez, vendieron a doña Eugenia Gertrudis de Agra, viuda de don Agustín Alegre, vecina de esta villa, una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, edificada en solar propio de 25 varas de frente y 50 de fondo, ubicada en esta villa, en esquina, en dos calles, una que sale de la plaza Pública para el camino Real que va a la Nueva Veracruz y la otra que viniendo del ejido va a dar para el barrio que llaman Tetitlán, alias las Casillas; en precio de 2 100 pesos, los 1 050 que ha de reconocer sobre ella a censo principal redimible con obligación de réditos a favor de la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio, sita en la iglesia parroquial, con arreglo a lo que dispuso dicho difunto, y los 1 050 pesos restantes que dio de contado; por lo que la susodicha se obligó a pagar la cantidad con sus réditos de un 5 por ciento, y para mayor seguro del principal hipotecó la expresada casa.

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MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0262 · Item · 1782/07/16
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Don Vicente Gómez, de esta vecindad, exhibió el testimonio de una escritura otorgada el día de ayer por don Bernardo de la Granja, de esta vecindad, y en él se demuestra que recibió de don Francisco Antonio de la Llave, Capitán de la Compañía de Granaderos del Primer Batallón del Regimiento de Milicias, por tener a cargo la administración y recaudación de las limosnas de la Casa Hospital de pobres mujeres enfermas de esta villa, 500 pesos, los propios que expresó haber juntado de la limosna dada por el público para el citado hospital, para reconocerlos por vía de depósito irregular con obligación de réditos, sobre una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, edificada en medio solar propio, y la otra que está contigua a ella fundada en el mismo medio solar, las cuales se hallan en esta villa en la calle que del río que nombran de Señor San Antonio va a dar a los ejidos. Dicha cantidad se obligó a tenerla por tiempo de cinco años y en el ínterin o por el demás tiempo sus réditos de 5 por ciento.

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MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0266 · Item · 1783/08/02
Part of Archivo Notarial de Córdoba

Don Vicente Gómez, hizo exhibición de un testimonio de escritura para que se registre en este libro, su data en Orizaba a 9 de julio del próximo pasado, y de él se manifiesta que doña Gertrudis de Acosta, viuda del Capitán don Nicolás de Carvajal [y Contreras], actual mujer de don Manuel González Carrasco, albacea testamentaria y heredera usufructuaria de dicho su difunto marido, cumpliendo con su última voluntad, señaló que resultó por caudal líquido del expresado Nicolás de Carvajal la cantidad de 19 428 pesos 2 reales y 6 granos, los cuales están impuestos en la hacienda de fabricar azúcar titulada Nuestra Señora de la Concepción, alias las Palmillas, que es la misma que el referido don Nicolás vendió a censo al Capitán don Gabriel Mangado y Clavijo, y hoy posee su mujer doña Gertrudis de Segura. Asimismo, se manifiesta que con la cantidad hizo aplicación de ciertas obras pías que han de tener efecto después de su fallecimiento, de las cuales fueron aprobadas por el señor juez de testamentos, y éste último mandó que doña Gertrudis de Segura reconociese en favor de dichas obras pías los principales con que cada uno se dotó sobre la referida hacienda. En consecuencia de ello la referida doña Gertrudis de Acosta destinó la cantidad de 9 000 pesos de los referidos 19 428 pesos 2 reales y 6 granos, que sobre dicha hacienda se han de reconocer a su favor y del dicho su marido, con obligación de réditos por dote y principal de las obras pías y memoria de misas que instituyó y fundó en la manera siguiente: 3 000 pesos para que de sus réditos se distribuyan entre las bulas de difuntos de las almas de los pobres de esta feligresía, y el hospital de San Roque y el de mujeres de esta villa, dando la mitad a cada una para los alimentos de los enfermos o socorros de las más urgentes necesidades; 4 000 pesos para que sus réditos se conviertan en misas rezadas para los presbíteros, seglares y regulares de esta villa; y 2 000 pesos para que sus réditos se repartan anualmente entre los parientes pobres y demás de su feligresía; de que ha de ser patrona de dichas obras pía la enunciada doña Gertrudis. Finalmente, se manifiesta que la referida doña Gertrudis de Acosta por sí y a nombre de los bienes de la testamentaria de su cargó transfirió en favor de estas dotaciones los 9 000 pesos y sus réditos después de su fallecimiento, reservándose su goce durante los días de su vida; y de ello dio por cesión y poder a quien por las referidas obras pías fuere parte legítima para que cobre y perciba de la citada doña Gertrudis Segura y sus herederos y sucesores en dicha hacienda de Palmillas el principal y réditos de estas dotaciones, y nombró por patrón de ella al señor cura.

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