Los ciudadanos Juan José y José Mariano Díaz de Torres, vecinos de Actopan y residentes en ésta, otorgan que venden realmente a Vicente Gómez, una casa en esta ciudad, situada en la calle de Cantarranas, lindando por el oriente con solar del comprador; por el poniente con solar de Margarita Camarillo y por el sur con el arroyo que va a la Alameda. Cuya casa deslindada, la obtuvieron por herencia de su difunto padre don Francisco Díaz de Torres, como consta de la información de testigos que rindieron al alcalde segundo constitucional, por no contar con el título de propiedad. La venden en precio y cantidad de 250 pesos, los que declara haber recibido en reales de contado.
JOSÉ FRANCISCO RIVADENEIRA, ALCALDE CUARTO CONSTITUCIONALDon Vicente Gómez, de esta vecindad, hizo exhibición de un testimonio de escritura para que se registre en este libro, y en él se manifiesta que, en esta villa en 18 del último julio de este año, doña Nicolasa Sánchez, viuda, albacea y heredera de don Juan Martínez, de esta vecindad, confesó haber recibido del Capitán don Francisco Antonio de la Llave, de esta vecindad y república, como mayordomo de la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio sita en la santa iglesia de parroquial, 100 pesos para reconocer por vía de depósito irregular con obligación de réditos sobre una casa de cal y canto cubierta de madera y teja, edificada en solar propio de 40 varas de frente y 50 de fondo que se halla en esquina, en dos calles, la una que de la plaza Pública se sale a los ejidos, y la otra que viniendo del barrio de San José va al de San Sebastián [roto].
JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDOVicente Gómez, de esta vecindad, hizo exhibición de un testimonio de una escritura para que se registre en este libro, en él se manifiesta que en esta villa el 11 del corriente mes, Juan Esteban Beltrán, de esta vecindad, confesó haber recibido del Capitán de Granaderos don Francisco Antonio de la Llave, de esta vecindad y república, como mayordomo de la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio sita en la santa iglesia parroquial, 300 pesos pertenecientes a otra cofradía para reconocerlos por vía de depósito irregular con obligación de réditos, sobre una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, que se compone de sala corredor y medio paso, con su respectivo brocal de cal y canto, fundado todo en solar propio de 23 varas de frente y 50 de fondo en el barrio de San Juan Tetitlán, alias las Casillas, de esta villa.
JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDODon Vicente Gómez, de esta vecindad, hizo exhibición de un testimonio de escritura para que se registre en este libro, y de él se manifiesta que en la ciudad de la Puebla a 15 de abril de 1777, doña María Gertrudis de Gorospe y Padilla, vecina de ella, viuda del Capitán don Gabriel de Segura y Ceballos, albacea testamentario del dicho su marido, en uso del citado cargo celebró escritura en la que menciona que habiendo procedido a extender su testamento en 22 de septiembre de 1775, con arreglo a sus comunicados expresó que de los 5 839 pesos un real 9 granos y tres quintos de otro verificado del líquido remanente del quinto, aplicó 1 000 pesos en depósito irregular a réditos de 5 por ciento sobre la hacienda de hacer azúcar nombrada San Joaquín en esta jurisdicción de la doctrina del curato de la Punta, que quedó por bienes de dicho su marido, que se le adjudicó con lo demás contenido en los inventarios que se practicaron, la que se halla gravada a 4 700 pesos, y se obligó a pagarlos cuando lo quite y redima, y en el ínterin sus réditos de 5 por ciento en cada un año, y para mayor seguro hipotecó la citada hacienda, y los cincuenta pesos de sus réditos los destinó para que se den a un confesor que con título de peregrino valla a dicha hacienda a disponer y confesar a los esclavos de ella.
JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDODon Vicente Gómez, de esta vecindad, exhibió un testimonio de una escritura otorgada por don José Mangado y Segura, actual Alcalde Ordinario, en virtud de poder que para ello le confirió doña Gertrudis de Segura, su madre, viuda de don Gabriel Mangado y Clavijo, y de ella se manifiesta que el referido don Gabriel Mangado compró al Capitán don Nicolás de Carvajal y Contreras, una hacienda de fabricar azúcar titulada Nuestra Señora de la Concepción, alias las Palmillas, el 17 de septiembre de 1771, en precio de 70 552 y 5 reales, los cuales se obligó a pagar con hipoteca de la misma finca la cantidad 19 750 pesos en favor de distintos principales y los 48 507 pesos 5 reales que se obligó asimismo a pagar al referido don Nicolás cuando buenamente pudiera, y en el ínterin sus respectivos réditos de 5 por ciento. Asimismo, se cita que, tras la muerte de Gabriel Mangado la obligación recayó en su mujer, doña Gertrudis de Segura, por haber tomado posesión de la referida hacienda y de los demás bienes en virtud de adjudicación que de ellos se le hizo. Por otra parte, se menciona que doña Gertrudis de Acosta, viuda del mencionado Capitán don Nicolás de Carvajal y Contreras, como su albacea testamentaria y única heredera, para cumplir con los legados contenidos en la disposición testamentaria del rememorado su esposo, aplicó y destinó la cantidad de 15 350 pesos de los mencionados 48 507 pesos 5 reales que Gabriel Mangado se obligó de pagar, por lo que el resto de la cantidad el mencionado don José Mangado obligó a la referida doña Gertrudis, su madre, a darlos y pagarlos a la citada doña Gertrudis de Acosta, y en el ínterin sus réditos de un 5 por ciento en cada un año.
JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDODon Vicente Gómez, hizo exhibición de un testimonio de escritura para que se registre en este libro, su data en Orizaba en 12 de julio del próximo pasado, y de ellos se manifiesta que doña Gertrudis de Acosta, viuda del Capitán don Nicolás de Carvajal [y Contreras], actual mujer de don Manuel González Carrasco, albacea testamentaria y heredera usufructuaria de dicho su difunto marido, para que durante los días de su vida goce los réditos del caudal del susodicho, “y el que fuere por su muerte” se convirtiere en obras pías a su arbitrio y disposición por su alma y la del susodicho; y para dar cumplimiento a la voluntad de Carvajal, en atención a que liquidado el caudal resultaron a su favor 19 428 pesos 2 reales y 6 granos, los cuales están impuestos en la hacienda de fabricar azúcar titulada Nuestra Señora de la Concepción, alias las Palmillas, que es la misma que el referido don Nicolás vendió a censo al Capitán don Gabriel Mangado y Clavijo, y hoy posee su mujer doña Gertrudis de Segura. Asimismo, se manifiesta que con la cantidad hizo aplicación de ciertas obras pías que han de tener efecto después de su fallecimiento, de las cuales fueron aprobadas por el señor juez de testamento, y éste último mandó que doña Gertrudis de Segura reconociese en favor de dichas obras pías, las que la referida doña Gertrudis, para cuando el caso llegue después de su fallecimiento determinó dotar y fundar cada una con el principal que le corresponda, y respecto a que de la cantidad se hicieron las obras pías y resultaron sobrantes 4 428 pesos 2 y medio reales, los cuales destinó y aplicó para que los réditos se conviertan anualmente en misas rezadas aplicadas por su alma y la del mencionado don Nicolás. Y para que su fundación tenga efecto, desde ahora y para después de su fallecimiento hizo institución, fundación y dotación de la referida obra pía y memoria de misas con el dote y principal de dichos 4 428 pesos 2 y medio reales, y para ello renunció y transfirió los derechos y acciones de propiedad que ha dicho principal tenía; y dio su posesión y poder bastante para que cobren y perciban de la citada doña Gertrudis de Segura y sus sucesores en la mencionada hacienda el principal y réditos de esta dotación.
JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICODoña María de la Luz Ramírez Parra, de esta vecindad, mayor de edad, libre de ajena administración, dijo que posee una casita de edificio bajo, ubicada en esta ciudad a la calle de Cantarranas, con su frente de 5 varas al norte y 15 varas de fondo al sur por donde linda con arroyo que va a la alameda, y del otro lado huerta del ciudadano Vicente Gómez, por el oriente con casa del propio Gómez, y por el poniente con casa de Isidro Alba. Cuya casa deslindada, hubo la comparente de doña Margarita Camarillo, por compra que le hizo, según consta de 26 de marzo de 1833, ante el Alcalde Cuarto don Pascual Caballero Ortiz de Zárate, y hoy vende al ciudadano José Luis Hernández, por precio de 110 pesos.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODoña Margarita Camarillo, viuda, de esta vecindad, otorga que vende realmente a doña María de la Luz Ramírez Parra, una casa situada en esta ciudad, en la calle de Cantarranas, con 5 varas de frente y 15 de fondo, y linda por el oriente con casa de Vicente Gómez y por el poniente con la de Isidro Alba, la cual fabricó en terreno que por fallecimiento de su padre don Manuel Camarillo, le correspondió en herencia. La cual se halla libre de todo gravamen, cuya venta la hace en cantidad de 90 pesos, los que declara haber recibo en reales de contado.
PASCUAL CABALLERO, ALCALDE CUARTO INTERINOJuan Romero Terrazas, de esta vecindad, vende a don Francisco Rivera, de este comercio y vecindad, un pedazo de solar eriazo ubicado en la Calle que nombran de Cantarranas que sigue para el arruinado Molino de Maniau, compuesto de 12 varas de frente hacia el norte, dicha calle en medio y del otro lado casitas de madera y lodo de distintos dueños. Por el fondo hacia el sur linda con un arroyo de las aguas del molino, por el poniente con solar que hoy es de don Antonio Basilio Domínguez, y por el oriente con otro del comprador que recientemente le vendió a don Mariano Cadena. Lo vende en precio de 80 pesos.
Don Vicente Gómez, de esta vecindad, hizo exhibición de un testimonio de escritura otorgada en la ciudad de Puebla en 10 del corriente mes, por doña María Gertrudis de Gorospe y Padilla, vecina de ella, viuda del Capitán don Gabriel de Segura y Ceballos, Regidor Honorario que fue de dicha ciudad, su albacea testamentaria, tenedora de bienes, tutora y curadora ad bona de sus menores hijos, en la que está incluido el auto en que se le hizo adjudicación de todos los bienes, y donde se obligó de pagar de lo que se les libre en las cuentas de división y partición cuando tomen estado, y en el ínterin sus réditos los convertirá en alimentos y crianza de los menores, con hipoteca de todos sus bienes.
JOSÉ MARÍA GERALDINO Y ABAD, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDO