Juan Martínez de Zubiate otorga poder a Juanes de Licona, para que pueda cobrar de Francisco Juárez, indio natural de Cachula, 40 pesos de oro común; de Mateo de Herrero, natural de dicho pueblo, 9 pesos de oro común; de Pedro Juárez, 100 fanegas de maíz; y de Diego de [la] Vega, Escribano de la ciudad de México, 50 pesos de oro común y más 7 pesos y 1/2 por razón de 15 carneros.
Pedro Briseño Quijada, vecino del pueblo de Tehuacán, da su poder a Luis Muñoz Bravo, para que pueda cobrar de Gabriel Bravo, 61 pesos de oro común; de Juan Sánchez, 63 pesos; de Pedro Hernández 62 pesos y 4 tomines; de Alonso Corvera, 10 pesos; y de Juan Martínez de Zubiate, 144 pesos del dicho oro que los mencionados le deben por escrituras públicas.\n\n
Juan Martínez de Zubiate, vecino de Tecamachalco, vende a Alonso Muñoz, beneficiario de Tlacolula, una caballería de tierra en términos del pueblo de Chiltoyac, en 80 pesos de oro común.
Juan de Licona se obliga a pagar a Luis Muñoz Bravo, 94 pesos de oro común, los cuales son de resto de dos escrituras de mayor cantidad que Juan Martínez de Zubiate los debía a Pedro [Briseño] Quijada, y como cesionario que el susodicho es de Pedro [Briseño] Quijada, los ha de pagar a tal persona.\n\n