Affichage de 2 résultats

Description archivistique
Sans titre
MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0067 · Pièce · 1825/04/30
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

Don Juan Nepomuceno Velasco, vecino del pueblo de Guamantla [Huamantla], dijo que como marido y conjunta persona de doña María del Carmen Martínez y Revelo, otorga que ha recibido de don Bernabé de Elías Vallejo, de este comercio y vecindad, por mano de su socio don Julián de Tellaeche, la cantidad de 4 000 pesos y con más el resto de los premios devengados hasta esta fecha. Cuyo principal es el mismo que estaba impuesto y cargado sobre una casa alta esquina de la plaza Pública y otra en la esquina opuesta de don José María de Goiri, por escritura pública que éste y su padre, el finado don Manuel de Goiri, otorgaron en esta villa el 12 de mayo de 1815 en favor de la citada su esposa y sus dos hermanos. Con cuyo gravamen compró la casa Elías y ha satisfecho antes de ahora su haber a los otros sus hermanos. Y estando pagado de este haber de su referida esposa, otorga cancelación y finiquito en forma, declarando por nula, cancelada y de ningún valor la indicada escritura de obligación, tanto la otorgada por los Goiris, como la que prestó Elías al comprar la finca; por lo consiguiente declara las fincas por libres de esta afección.

Sans titre
Sans titre
MX UV.USBIX ANX-P-0077-PX_0077_0028 · Pièce · 12/05/1815
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

Don Manuel y don José María de Goiri, padre e hijo, ambos vecinos y del comercio de esta Villa, han recibido de don Juan de Sanfuentes, vecino del pueblo de Perote, como curador que es de don José Ignacio, don José Francisco de Asís y doña María del Carmen Martínez y Revelo, menores hijos del finado don Manuel Mariano Martínez y de doña María Dolores Revelo, consortes, la cantidad de 12 000 pesos que antes de ahora ya le había entregado doña Mariana de la Vega, viuda de don Salvador Martínez, y abuela de los susodichos menores, a quienes les pertenece dicha cantidad por muerte de don Salvador y en representación de su padre difunto. Cuya cantidad los otorgantes se obligan a tener en calidad de depósito irregular por el tiempo que dure la minoría de edad de dichos menores, y a cuyo curador han de pagar los réditos del 5% anual, y para asegurar el principal hipotecan dos casas que hacen esquina a la Plaza Principal y Calle Real de esta Villa.