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Descripción archivística
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MX UV.USBIX ANX-P-0093-PX_0093_0157 · Unidad documental simple · 1836/12/24
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Francisco Fernández y Agudo, don Bernardo Sayago, don Manuel de Cano y Valle, don Francisco Antonio de la Serna y don Gervasio Rodríguez, dijeron que don Juan Nepomuceno de Urquía ha obtenido el destino de contador interino de la Aduana Marítima de Veracruz, para cuya posesión se le exigen cinco fiadores de a 2 000 pesos cada uno y estando anuentes los relacionantes a prestar esa caución, reduciéndolo a efecto por la presente en el modo más oportuno otorgan que se constituyen fiadores y principales pagadores en caución del manejo que sea al cargo del nominado don Juan Nepomuceno de Urquía en el indicado destino de contador de las Aduana Marítimas de Veracruz, obligándose los otorgante de mancomún a satisfacer el descubierto en que pueda salir el repetido Urquía hasta en cantidad de 10 000 pesos. Y estando presente la señora doña María Josefa Timotea Becerra, mujer legítima de don Gervasio Rodríguez, dijo que bien impuesta de las fianzas precedentes y de que uno de los fiadores lo es el nominado su marido, otorga que siempre que por algún evento lleguen a perseguirse los bienes de su referido esposo por la indicada fianza, no alegará la otorgante ningún derecho a ello sea el que fuese, ni hará el más ligero reclamo.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
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MX UV.USBIX ANX-P-0097-PX_0097_0051 · Unidad documental simple · 1839/05/13
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Juan Brieba, vecino y del comercio de Veracruz, de tránsito por esta ciudad, de cuya persona dieron conocimiento los señores don Gervasio y Luis Rodríguez y Becerra, de este comercio, otorga poder general a don Longino Benito Muriel, vecino de Veracruz, para que en nombre y en representación de su persona, derechos y acciones, se encargue de los asuntos administrativos y legales que tenga o en adelante tuviere.

ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO
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MX UV.USBIX ANX-P-0094-PX_0094_0037 · Unidad documental simple · 1837/04/06
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don José Antonio de Agrasar y don Gervasio Rodríguez, de esta vecindad, dijeron que habiéndoles satisfecho por don José María Ochoa por cuenta de don Lorenzo Fernández, del dinero que ha éste tenía que entregarle aquel por el importe del traspaso de la tienda que hubo en esta ciudad, una letra de valor de 370 pesos al señor Agrasar, y otra de 300 pesos al señor Rodríguez, y habiéndose presentado en quiebra con mucha posterioridad Fernández al Tribunal Mercantil, hizo solicitud don José María Bonilla y Flores como apoderado de don Santos Díaz Quijano y de los señores García de la Lama y Compañía de Veracruz, en el Juzgado de Segunda Nominación, por haberse excusado algunos individuos del tribunal, manifestando hallarse impedidos, para que se le ordenase al señor Ochoa no hiciese pago alguno sino que se reservase aquel haber para que entrase a la masa del concurso. Que dicho señor alcalde segundo con consulta de asesor, decretó que por vía de providencia precautoria se librase la orden al señor Ochoa para la suspensión de los pagos de la letras que hubiere dado el señor Fernández, y de facto se libró dicha orden, que después, el referido tribunal a instancia de los comparentes y de otros tenedores de letra, fijó auto para que se hiciesen libremente los pagos, quedando responsables los recibidores para el caso que se mandase hacer devolución de las cantidades que percibieran si el pago fuese ilegal. Cuya providencia se le comunicó al señor Ochoa, quien en efecto hizo los pagos, que últimamente, a virtud de petición del señor Bonilla, mandó el tribunal con acuerdo de su asesor se caucionase en forma por los interesados la devolución de esas cantidades, a lo cual se han prestado los dos relacionantes, por lo que otorgan se obligan a que siempre y cuando se califique haber sido ilegal el pago de dichas letras que les fueron cubiertas, harán devolución el señor Agrasar de 370 pesos y el señor Rodríguez de 300 pesos, que fueron las cantidades que efectivamente percibieron, lo cual caucionan de sus respectivos bienes.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANX-P-0097-PX_0097_0153 · Unidad documental simple · 1839/12/13
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Gervasio Rodríguez, de esta vecindad y comercio, otorga poder a su hijo don Luis Rodríguez y Becerra, de esta misma vecindad, para que en nombre y en representación de su persona, derechos y acciones, promueva las agencias y diligencias, especialmente en el negocio que tiene pendiente con don Manuel Leyer, en el Tribunal Mercantil de esta ciudad. Asimismo, se encargue de los asuntos administrativos y judiciales que tenga o en adelante tuviere.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANX-P-0098-PX_0098_0007 · Unidad documental simple · 1840/01/10
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Tadeo Díaz y don Marcos Díaz Aparicio, ambos de esta vecindad, dijeron que el muy Ilustre Ayuntamiento de esta ciudad, previa autorización del Gobierno Departamental hizo salir a la almoneda los diversos ramos que son de su inspección, quedando fincado el remate de la asistencia a hospitales en el nominado señor Aparicio, bajo las condiciones siguientes: Que el expresado remate ha de ser por tiempo de tres años a partir del día de mañana. Que siendo las bases fijadas las de que el máximum del pago sea arreglándose de uno hasta treinta enfermos a 3 reales por estancia diaria; 31 hasta 40 a 2 y cuartilla de reales; de 41 hasta 50 a 2; y de 51 en adelante a 1 y medio reales; se verificó el repetido remate por 7 granos de real menos en cada estancia diaria. Que el señor Aparicio queda obligado a dar buenos alimentos y las medicinas que necesiten los enfermos para su curación, según la ordenata y los recetarios del facultativo que dirija los hospitales. Asimismo, está obligado a pagar de su cuenta todos los gastos en general, necesarias para la asistencia de los enfermos, igualmente, deberá reponer las sábanas, colchones, vendas, trastos de cocina y demás útiles de los hospitales, que se inutilicen con el tiempo y el uso, y al efecto recibirá todo inventariado y justipreciado por peritos, para que al fin de la contrata entregue el mismo valor que reciba, entre otras cláusulas que se mencionan. Y para mayor seguridad de los compromisos que contrae, el señor Aparicio presenta por fiador a don Gervasio Rodríguez.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICO
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MX UV.USBIX ANX-P-0076-PX_0076_0122 · Unidad documental simple · 25/11/1814
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Gervasio Rodríguez, del comercio de la Nueva Veracruz, y residente esta Villa, albacea del difunto don José Villar de San Pedro, Capitán que fue de la Columna de Granaderos que guarnece esta Villa, otorga poder especial a don José de Yan, Capitán de Patriotas de Caballería de México, para que en su representación como albacea, perciba y tome cuentas a don Manuel Gonzalo, vecino de México, y sobrino de dicho finado, de la casa y vinatería que con los enseres que le corresponden le tenía arrendada Villar.\t

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MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0161 · Unidad documental simple · 1825/10/18
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don José María Becerra, de este comercio y vecindad, dijo que en el juzgado político de esta villa, a cargo del alcalde de segunda nominación don Francisco Fernández y Agudo, se sigue sumaria averiguación contra su hijo político don Gervasio Rodríguez, a resultas de cierta conversación o contienda que tuvo en la tienda de don Fernando Orejan, que se ha estimado por subversiva y en tal virtud se le puso en arresto en una prevención. Más como sus males aumentaron y sus bienes y familia estuvieron casi en el abandono, en ocasión de estar ausente su esposa, ha estimado dicho juez trasladarle su prisión a la casa de su morada, bajo la correspondiente fianza de guardar en ella el arresto y estar a derecho en la causa cada y cuanto se necesite en el progreso de ella. Por tanto, el otorgante se constituye fiador del mencionado Gervasio Rodríguez, de tal manera que este guardará segura prisión en su casa hasta que el juez de la causa le alce su prisión y comparecerá ante él en el discurso de la causa cada y cuando se le llame sin el menor retardo; y si faltase en alguno de estos casos, sufrirá el otorgante la pena personal como tal fiador.

JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO
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MX UV.USBIX ANX-P-0095-PX_0095_0006 · Unidad documental simple · 1838/01/20
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Testamento de don José María Becerra, de esta vecindad, y las diligencias practicadas para su apertura y publicación en el Juzgado Primero de esta ciudad, quien mandó por auto de 16 del presente se protocolizará y se libre a los interesados los testimonios que pidiesen. En cuyo testamento, fecho en esta ciudad a primero de mayo de 1837, don José María Becerra declara ser hijo de don Juan Becerra y de doña María Carcaño, difuntos, vecinos que fueron de esta ciudad, de la que él es originario. Declara ser casado con doña Petra Jiménez, de cuyo matrimonio procrearon al presbítero doctor don José María Luciano y a doña María Josefa Timotea, casada actualmente con don Gervasio Rodríguez. Asimismo, declara que sus bienes consisten en las fincas y demás cosas de que se hallan impuestos sus albaceas. Ordena que del quinto de sus bienes se tomen ciertas cantidades para el cumplimiento de varias obras pías que se mencionan. Asimismo, indica que si el quinto de sus bienes llega a 6 000 pesos se imponga una capellanía con 3 000 pesos, con la única carga de una misa de réquiem cada mes por su alma perpetuamente, nombrando por capellán a su nieto Manuel Rodríguez y Becerra, hijo de don Gervasio Rodríguez y de doña María Josefa Timotea Becerra, asimismo, nombra patrono a su yerno don Gervasio. Declara que fue albacea del presbítero don José Alejandro de Campo, cuya testamentaria quedó concluida. En atención al estado que guarda su esposa, doña Petra Jiménez, por el accidente que padece, el cual la priva del libre uso de sus potencias, y atendiendo al mucho amor y cuidado que le tienen sus hijos, encarga a éstos que entretanto viva su referida esposa y permanezca con ese accidente, se conserven los bienes sin hacer distribución, pero se formalice el respectivo inventario y liquidación para el gobierno de todos. Nombra albaceas testamentarias y herederos universales a sus dos hijos.

ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO
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MX UV.USBIX ANX-P-0093-PX_0093_0128 · Unidad documental simple · 1836/10/20
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Antonio María de Casas, hacendado en este cantón, dijo que en el Juzgado de Tercera Nominación de esta ciudad, se han seguido autos sobre espera que el comparente solicitó de sus acreedores y después de varios trámites y de la oposición de algunos de ellos se decretó, a virtud de consentirlas el mayor número, tuviesen efecto. Y reduciéndolo a efecto, el nominado Casas confiesa ser deudor a don Bernabé de Elías Vallejo de 11 895 pesos, 4 y medio reales; a don Martín Sánchez Serrano 800 pesos; a don Gervasio Rodríguez 554 pesos 3 y medio reales; a don Bernardo Sayago 891 pesos; a don Luis García 313 pesos; a don José María Ochoa 711 pesos; a don Francisco Lerdo de Tejada 500 pesos; a don Maximiano Hidalgo 1 273 pesos 4 reales; al Diezmo 200 pesos; a don José Antonio de Agrasar 720 pesos; a don Alonso Güido de Güido 3 220 pesos; a don Juan Francisco de Bárcena 399 pesos; a don José María Ruiz 217 pesos; a don Joaquín Muñoz y Muñoz por la testamentaría de don Juan de Guisasola 1 441 pesos 7 y medio reales; a don Juan Vanegas 233 pesos; al presbítero don Francisco Antonio Gil 779 pesos; a don Mariano Pantaleón Pensado y Navarrete o don Pedro Paredes y Serna 940 2 y medio reales; a don Pedro Bon y Cornide 381 pesos; a don Lorenzo Meso 136 pesos; cuya partidas hacen el total de 25 605 pesos y 6 reales. En consecuencia, otorga que se obliga a pagar esos créditos al vencimiento de los seis años estipulados según el convenio transcrito exhibido a cada acreedor y satisfaciendo durante ese término el premio de 5 por ciento anual; y para seguridad del pago hipoteca su hacienda nombrada San Antonio, ubicada en doctrina de Naolinco. Y de acuerdo con los convenios establecidos nombra por su fiador a don Antonio Rodríguez Rojo y la consorte de Rojo doña Ana Petra Ortega, quienes no estando presentes le entregaron poder a Casas para que los constituya como fiadores y pagadores de lo que faltare.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
Sin título
MX UV.USBIX ANX-P-0098-PX_0098_0037 · Unidad documental simple · 1840/03/13
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Marcos Díaz Aparicio, como mayordomo de la cofradía de Ánimas de esta parroquia, otorga en arrendamiento a don Gervasio Rodríguez, de esta vecindad, una casa con todo el terreno que le pertenece, situado en la loma de los Berros, conocida por de Posadas, la que hoy día corresponde en propiedad a dicha cofradía de Ánimas, cuyo arrendamiento lo hace por nueve años a partir del día primero del presente mes, por precio de 25 pesos anuales, bajo las condiciones que se mencionan en la escritura.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICO