El señor Licenciado don José Miguel Sánchez Oropeza, cura, vicario foráneo de esta ciudad, como rector nato de cofradías y obras pías en el distrito de su jurisdicción eclesiástica; don Juan Francisco de Bárcena, patrono de la obra pía fundada para la escuela de esta ciudad; don Joaquín Ruiz, mayordomo de la cofradía de Ánimas; don José Antonio Domínguez, ecónomo de la de Nuestra Señora del Carmen; y don Dionisio Camacho, por su propia representación; dijeron que una casa de altos y bajos ubicada en esta ciudad, en la calle de la Caridad, fue propia del Presbítero don Francisco Pablo Verenguier, quien a su fallecimiento la dejó gravada con diversos capitales en favor de dichas cofradías, obra pía y de don Anastasio Cruz, cuyo último crédito pertenece hoy al nominado Camacho. Asimismo, dijeron que, sobre el cobro de dichos capitales y sus premios, se promovió expediente desde el año 1827, viéndose finalmente en la necesidad de celebrar una transacción, para lo cual convinieron se dividiese la casa en dos partes, para que una se adjudicara a la cofradía de Ánimas y la otra a Camacho. Y no restando más que formalizar la correspondiente escritura, otorgan que ratifican la indicada transacción bajo los términos y condiciones que se explican en los autos que se celebraron; y en consecuencia adjudican a la cofradía de Ánimas la parte de casa que queda al lado oriente, en precio de 1 650 pesos, debiendo reconocer a favor de la cofradía del Carmen 350 pesos; y a don Dionisio Camacho la parte de la casa que queda al lado poniente, en 2 300 pesos obligándose a reconocer 500 pesos a favor de la cofradía del Carmen y 300 pesos a favor de la escuela pía, a cuyo patrono además le exhibe 200 pesos al contado.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANOEl presente escribano, Juan Nepomuceno de Arriaga, certifica que las 227 fojas que integran este registro han pasado ante él desde el día 3 de enero hasta el 31 de junio del presente año, a excepción de un poder que otorgó el Presbítero don Gabriel Ferra el 16 de febrero y comienza en la foja 68, y otro poder otorgado por don Juan Francisco de Bárcena en 5 de marzo e inicia en la foja 100, estando ambos autorizados por su compañero don Antonio María Buenabad.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODon Elías José Nogueira Ortiz de Zarate, de esta vecindad, dijo que posee por propia una casa de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y teja. Misma que se ubicada en esta ciudad al callejón que nombran de San Antonio, y es el que atraviesa de la calle Principal a la de San Francisco de Padua, y se compone de 18 varas de frente, que lo hace al poniente, y del otro lado casa de los herederos del finado don Juan Francisco de Bárcena, por su fondo al oriente linda con la Casa de Ejercicios o de San Ignacio, por el costado del sur linda con el de casa de don Juan Gutiérrez de Zamora, y por el lado del norte con el de casa que fue de don Isidro José Posadas. Cuya deslindada finca, la hubo y compró de María Josefa Lorenza Pacheco, como consta de escritura de 19 de abril de 1823, ante el escribano Juan Francisco Cardeña, y hoy vende a doña Ana Antonia Toribia Lombo de Vega, en precio de 2 000 pesos.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANO PÚBLICODon Manuel Patiño, de esta vecindad, como apoderado de doña Cecilia y don Manuel Toral, otorga que vende a don Manuel María Carasa, una casa de cal y canto, situada en esta ciudad en la calle de que llaman de Alfaro, por la cual hace su frente al norte, haciendo esquina que da vuelta a un callejón que está a la espalda de la casa de don Juan Francisco de Bárcena, por el oriente; por el sur linda con callejón que de la casa de los herederos de don José Cordera sale y va para la calle principal; y por el poniente linda con solar y jacalitos pertenecientes a la cofradía del Santísimo de esta parroquia. Cuya deslindada finca la obtuvieron sus poderdantes por herencia de doña Ana María Toral. La cual existe hoy ésta libre de todo gravamen, censo e hipoteca, pues el día de ayer el otorgante redimió la cantidad de 588 pesos, 3 y medio reales en que estaba gravada a favor del Presbítero don José Policarpo Rodríguez. Vende dicha finca con el sitio que le pertenece que son 50 varas de frente y otras tantas de fondo en precio de 1 600 pesos en reales de contado.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANOEl ciudadano Juan Francisco de Bárcena, Alcalde de primera nominación en esta ciudad, y Juez de primera instancia en todo el cantón; otorga poder especial a don Jerónimo Díaz Quijano, de esta vecindad, para que en su nombre y representación pase a la ciudad de Guanajuato a recoger y a asegurar los intereses que le resulta debiendo don Francisco Herrera, de aquella ciudad, por la tienda que allí giraba a su cargo y fue antes de don Juan Grandi, habilitado por el comparente.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODon Dionisio Camacho, alcalde cuarto constitucional, dijo que el muy Ilustre y Venerable Cabildo de la Iglesia Catedral de Puebla de los Ángeles, lo nombró como colector de los diezmos de semillas, ganados, caseros, y de naturales, conmutación y demás efectos que se causaren en las cordilleras de Xalapa [Xalapa], Coatepec, Naolinco, Tlacolula y Misantla. En virtud de dicho poder, Camacho dijo que se obliga a ejercer fiel y legalmente esta administración desde el presente año en adelante y cobrar los rezagos de 1827, haciendo las diligencias judiciales y extrajudiciales que sean conducentes. También dará cuentas anuales de lo que fuere a su cargo y de acuerdo a las ordenanzas de aquella contaduría, considerando las declaraciones contenidas en los cuadernos que para el efecto se le ministraran. Por esta obligación, ofrece como sus fiadores a don Juan Francisco de Bárcena, don José María Becerra, don Francisco Fernández y Agudo y don José María Rivera, vecinos todos de la misma, quienes dijeron se constituyen fiadores y pagadores de dicho Camacho. Ambos, principal y fiadores, obligan sus bienes y derechos y dan poder a los jueces presentes y futuros, para ser compelidos con el rigor del derecho.
JUAN JOSÉ PAZ, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon Juan Francisco de Bárcena y don José María Peredo, el primero apoderado sustituto de la señora Mariana Martínez de Aguirre, que es lo es de su esposo Sebastián de Aguirre, según consta del poder sustituto que presentó, dijo que en uso del mismo, otorga que vende realmente a don José María Peredo las existencias que hay en la tienda del expresado don Sebastián de Aguirre, sita en esta villa, en la esquina frente a Techacapan que da vuelta para el callejón de la Acequia; y le alquila la casa de la propiedad del mismo, bajo las siguientes condiciones: 1.ª Que Peredo toma toda la casa y tienda de don Sebastián de Aguirre por el término de tres años, contados desde el primero de los corrientes por el precio de 51 pesos mensuales. 2.ª Que las existencias ascienden a 5 147 pesos 3 y un octavo real y de que Peredo paga en el acto 2 000 pesos, otros tantos a los tres meses y al cumplirse seis el resto. 3.ª Que los enseres de la tienda y panadería ascienden a 433 pesos 3 reales los que devolverá al vencimiento de los tres años. Entre otras condiciones que se mencionan en el acta. Y para mayor seguridad de la cantidad restante, el comprador ofrece por fu fiador a don José Vicente de las Casas, vecino también de esta villa, quién estando presente, expresó constituirse como tal.
FRANCISCO FERNÁNDEZ Y AGUDO, ALCALDE CONSTITUCIONAL DE SEGUNDA NOMINACIÓNDon Francisco Fernández y Agudo, de esta vecindad y comercio, dijo que como arrendatario general de la hacienda perteneciente al mayorazgo que disfruta el señor General don José María Cervantes, en cuyas fincas se comprende la hacienda nombrada la Higuera, sita en términos de la municipalidad de San Salvador el Seco, le subarrienda ésta a don José Miguel Maldonado, vecino de la hacienda de la Magdalena, en municipalidad de Tecamachalco, bajo las condiciones siguientes: 1°, el subarrendamiento es por termino de nueve años, que comenzarán a contarse desde el 12 de marzo del presente año y finalizará en igual día y mes del año de 1840. 2°, los dos primeros años serán forzosos, y los siguientes siete serán voluntarios. 3°, Maldonado deberá pagar arrendamiento de 600 pesos anuales, de cada uno de los dos primeros que se mencionan, y 700 pesos anuales de cada uno de los siguientes siete años, en caso de que le convenga seguir. 4°, el importe de dicho arrendamiento lo pagará Maldonado en esta ciudad, y por tercio adelantado, con fianza de don Juan Francisco de Bárcena que se obligará como llano pagador. 5°, que Fernández no abonará mejora alguna a Maldonado. 6°, Maldonado deberá hacer avalúo para saber las condiciones en que recibe la finca, y lo remitirá a Fernández para que esté informado del estado que guarda al recibirla de su arrendatario anterior. 7°, es obligación de Maldonado, de cuidar que nadie se introduzca a la finca, practicando al efecto las diligencias judiciales que sean necesarias y avisará al locador. 8°, al concluir el tiempo pactado, Fernández no está obligado a recibir ninguna clase de llenos, esto es, semillas, ganado, ni aperos. Estando presente don Miguel Maldonado, dijo que aceptaba esta escritura, y se obliga a cumplir las cláusulas y condiciones que se mencionan, y por su falta lo hará su fiador, el señor don Juan Francisco de Bárcena.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODon Francisco Fernández y Agudo, de esta vecindad y comercio, dijo que don José María de Goiri le tiene conferido poder para que pueda proceder a la venta de una huerta o solar, que está ubicado en esta ciudad, en la calle que nombran del Molino Viejo, con su cerca de pared baja y unos restos de casa en el centro; sitio que tiene su frente principal de 280 varas al norte, lindando con la expresada calle; por el costado que mira al oriente mide 147 varas y linda por este rumbo con sitio y fragua del ciudadano Joaquín Benítez; por el poniente que es su otro costado tiene 75 varas y linda con la calle que va la entrada de la casa de campo de don Juan Francisco de Bárcena; y por el sur sirve de lindero el río que llaman del Molino y del otro lado tierra perteneciente a dicha casa de campo. Cuyo deslindado sitio, el comparente vende a don José Francisco Rivadeneira, en precio de 1 000 pesos, de los que se reconocerán 200 pesos a favor de don Bernabé de Elías Vallejo, por el término de seis meses, contados desde esta fecha, pagando su correspondiente premio a razón de 5 por ciento anual, exhibiendo de contado los 800 pesos, mismos que tiene recibidos el comparente. Presente Rivadeneira, señaló pagará a Bernabé los 200 pesos por resto de esta compra, y pagará el 5 por ciento de premio, ratificando por ello la hipoteca que formalizó Goiri por escritura de 14 de enero de 1825.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODon Juan Francisco de Bárcena, de este comercio y vecindad, albacea de su difunto padre don Juan Bárcena y Blanco, otorga que ha recibido de doña María Josefa, doña María Micaela y de doña María Francisca González y Guevara, de esta vecindad, la cantidad de 1 000 pesos de principal con intereses devengados hasta esta fecha. Cuyo principal es el mismo por el que otorgaron escritura de obligación y reconocimiento a favor de la testamentaria de su padre, en esta villa el primero de julio de 1815, con hipoteca especial de una casa y cuatro accesorias contiguas de su pertenencia, ubicadas en esta villa, en la calle de Alba y callejón de la Cerbatana o de las Bochas de Arrieta. En cuya virtud estando satisfecho el principal y sus réditos, declara a las González por libres de dicha obligación y a sus fincas exoneradas de tal gravamen, a cuyo efecto otorga la presente cancelación en forma.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO