Juana Juliana Nepomuceno López, de esta vecindad, viuda de Manuel Rivera, con aprobación y beneplácito de su hija, Francisca Josefa Rivera, que con su marido, José Antonio Ortiz, está presente, vende a Bernabel Zárate, de esta vecindad, una casita situada en el Callejón del Perro con el que hace frente hacia el poniente, con 10 y media varas, y del otro lado casa de don Gabriel Sanjurjo; con 41 varas de fondo, por donde linda con casa del mismo comprador. Por el costado del sur linda con casa que fue del finado don Antonio Guillén y por el norte con terreno que fue de la otorgante y que hoy ocupa una tal Paloma Gutiérrez. Lo vende en precio de 230 pesos.
Juana Antonia Jiménez, de esta vecindad, viuda de Pedro Rafael del Moral, dijo que a finales de julio de 1812, en unión del citado difunto marido, vendió extrajudicialmente a don Gabriel Sanjurjo, ya difunto, vecino que fue de esta villa, un pedazo de terreno eriazo, ubicado en la calle de San Francisco de Paula, con 11 varas de frente hacia el sur y del otro lado cuartel nombrado del Vecindario; y 38 y media de fondo hacia el norte, por donde linda con casita de don Juan Antonio de Bárcena; por el costado del poniente, linda con el de casa del difunto don José Antonio Tavera; y por el del oriente con el de casa también de Sanjurjo. Y por cuanto, don Gabriel Sanjurjo fabricó en dicho terreno una casita de mampostería, deseando su viuda e hijos hacerse de un justificante que acredite dicha adquisición, la otorgante ha convenido en proporcionar la presente declaración, por la que asegura haber vendido a Sanjurjo dicho terreno en la cantidad de 120 pesos.
Sem títuloDoña Ana Limón, viuda de don Gabriel Sanjurjo, dijo que don Rafael Huerta, de este comercio, por hacerle bien y buena obra a don Manuel Sanjurjo, hijo de la compareciente, le prestó la cantidad de 109 pesos en efectos de la compañía que Huerta tenía con don Bernabé de Elías Vallejo, también de este comercio, y no habiendo pagado, la compareciente se obliga a pagar por su hijo en el término de cuatro meses, contados desde esta fecha con más costas y gastos que se exoneren en el presente negocio o en adelante. Y para seguridad el principal, hipoteca una casa ubicada en esta villa, en la calle de San Francisco de Paula, con 11 varas de frente que lo hace al sur y del otro lado el cuartel nombrado del Vecindario y 38 y media de fondo hacia el norte por donde linda con casita de don Juan Antonio de Bárcena; por el costado del poniente linda con el de casa del difunto don José Antonio Tavera y por el oriente con el de casa también de Sanjurjo.
Sem títuloDoña Gertrudis Vivanco, de esta vecindad, otorga que vende a don José Catarino Arellano, de esta vecindad, una casita de paredes y madera, de edificio bajo, cubierta de teja, con el sitio que le pertenece, situada en esta villa, en el callejón que llaman del Perro al que hace frente, compuesta de 17 varas de este y 21 de fondo, que linda por el costado del sur con casa de don Gabriel Sanjurjo; por el del norte con casa de don Juan Antonio de Bárcena; y por su fondo con casa del regidor don Joaquín de Mora. Cuya casa la otorgante levantó desde sus cimientos en terreno que compró a su madre doña María Josefa Sánchez, su fecha el 31 de julio de 1808. La vende por la cantidad de 950 pesos en plata, siendo a cuenta de la vendedora todos los gastos que confiesa haber recibido al contado.
Sem títuloDoña Ana Limón, de esta vecindad, viuda de don Gabriel Sanjurjo, otorga que ha recibido del presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, también vecino de esta villa, la cantidad de 100 pesos, para subvenir a gastos y atenciones de sus dos hijos. Cuya cantidad se obliga a tener en su poder en calidad de depósito irregular por el término de 3 años a partir de esta fecha, contribuyendo el premio de un 5 por ciento anual. Asegurando la deuda con la hipoteca una casita de paredes, que desde cimientos levantaron con su marido, de edificio bajo, cubierta de madera y teja, ubicada en esta villa, en la calle de San Francisco de Paula, con su frente al sur y del otro lado el cuartel que nombran del Vecindario; por su fondo, al norte, linda con el de una casita de don Juan Antonio de Bárcena; por el costado del oriente con otra casa de la otorgante; y por el poniente con el costado de casa de don José Javier Mora. Cuya casita no enajenará en la parte que le toca, hasta no estar pagado dicho principal y sus premios, pues al contraer este crédito no sujeta a su pago la parte de bienes que a sus hijos pueda y debe corresponderles.
Sem títuloJosé Antonio Vivanco, natural de Quichula [sic], dijo que se encuentra atrasado e imposibilitado en pagar la cantidad de 722 pesos, por lo que ha convenido pagar en término de diez meses contados a partir de esta fecha, constituyéndose como su fiadora María Josefa Sánchez, su madre, quien señaló que para seguridad de esta deuda hipoteca su casita de paredes, situada en el Callejón del Perro de esta Villa, que se compone de 12 ½ varas de frente que lo hace al oriente, y 20 ½ de fondo así al poniente por donde linda con el de la casa del difunto don José Antonio Tavera, por el costado del norte linda con la casa baja del Presbítero don Ignacio José Jiménez, y por el del sur con casa que ocupa don Gabriel Sanjurjo; señalando no venderá, ni hipotecará hasta que la deuda este saldada.