Juan Martín de Abreu, vecino de esta provincia, se obligó a pagar a Francisco Martín, vecino de este pueblo, 1 320 pesos de oro común, precio de 24 mulas de arria con sus aparejos, a 55 pesos cada una, en esta manera: 300 pesos un mes después de la fecha de esta escritura; 510 pesos , de hoy en ocho meses, y los 510 pesos restantes de allí en otros ocho meses.
Francisco de Orduña Loyando, residente en su ingenio nombrado San Pedro [Buena Vista], jurisdicción de Jalapa, y Juan Martín de Abreo[Abreu], vecino y mercader de Jalapa, dieron su poder cumplido a Manuel de Sosa, mercader de Los Angeles, para que en sus nombres y a su dita y crédito, compre la cantidad de oro o plata labrada o por labrar, pipas de vino, cacao, u otro género que les pareciere; y una vez vendido de contado, y hecho barata y salida de ello, queden horros de todas costas y daños, 330 pesos de oro común, los cuales haya y tome para sí, por otros tantos que le debe.
Ante Don Diego Coronado Portocarrero, Alcalde Mayor de Jalapa, pareció Juan Martin de Abreo [Abreu] y declaró que ha vendido vino a españoles, y también a algunos negros e indios, pero ha sido para sus amos que viven en este pueblo, y no para que se emborrachen en su tienda.
El Escribano Juan Bautista Ordóñez, notificó el auto de arriba a Juan Martín de Abreo[Abreu] el cual dijo no tiene qué alegar y renunció el término probatorio y pidió sentencia.
El Alcalde Mayor Don Diego Coronado Portocarrero condenó a Juan Martín de Abreo[Abreu] a pagar 9 pesos de oro común, que aplicó por tercias partes: Cámara de Su Mjestad, Juez y denunciador, además se le notificó que no venda más vino a indios y negros, so la pena de la ordenanza.
Testamento de Doña María Rodríguez, viuda de Juan Martín de Abreo[Abreu], vecina de Jalapa, hija legítima de Andrés Rodríguez y de María de Medina, vecinos que fueron de la ciudad de Sevilla, en los reinos de Castilla, de donde es natural la otorgante.
Testamento de Doña María de Medina, hija legítima de Don Juan Martín de Abreo[Abreu] y de Doña María Rodríguez, vecinos que fueron del pueblo de Jalapa, de donde es natural la otorgante.
Andrés Rodríguez, como principal deudor, y Juan Martín de Abreo[Abreu], su hermano, como su fiador, vecinos de Jalapa, se obligaron a pagar a Don Andrés Pérez de la Higuera, residente en su ingenio de azúcar, 216 pesos de oro común restante de una mayor cantidad, de sus cuentas, dares y tomares, en esta manera: 108 pesos para fin del mes de mayo del presente año, y los 108 pesos restantes, para fin del mes de octubre de 1620.
Juan Martín de Abreo[Abreu], mercader y vecino de Jalapa, recibió en arrendamiento de Fray Gonzalo Hernández, hermano mayor del Hospital de Nuestra Señora de Convalescientes de Jalapa, una tienda que está en la esquina del referido hospital, con cuatro aposentos, un corral de piedra que va labrando el arrendatario dentro del patio del hospital, y en donde hace una cocina, por tiempo de tres años y al precio de 115 pesos de oro común anuales, pagaderos en los tercios del año.
Cristóbal de Vargas, residente en esta provincia, se obligó a pagar a Juan Martín de Abreo, mercader, vecino de Jalapa, 60 pesos de oro común por razón de otros tantos que le prestó en reales de contado, para fin del mes de marzo de 1622, todos juntos en una paga.