Don Patricio Fernández Giraldes y don Miguel Fernández Giraldes, vecinos de esta Villa, otorgan poder general a don José María Yépez, vecino de la Capital de México, para que en sus nombres los defienda en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles o criminales, eclesiásticos o seculares que tengan con cualquier persona.
Doña María de la Soledad Ávila y Borro, mujer y conjunta persona de don Miguel Fernández Giraldes, otorga poder especial a don Lorenzo Cagigas, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, para que en su nombre perciba y cobre del actual mayordomo de la Cofradía de Nuestra Señora del Rosario, en la iglesia del Convento de la Veracruz, 300 pesos que le corresponden de una rifa de huérfanas más el premio que se haya devengado.
Don Miguel Fernández Giraldes, vecino y del comercio de esta Villa, otorga poder especial al Licenciado José María Fernández Almanza, vecino de la Puebla de los Ángeles, para que en su nombre haga formal renuncia de la capellanía que con el principal de 4 000 pesos fundó su hermano don Patricio Fernández [Giraldes], como albacea de su padre don Antonio María Fernández, de la que está nombrado capellán propietario, para que así perciba y cobre los réditos o productos que de ella le corresponden y estén devengados.
Doña María de la Soledad Ávila [y Borro], vecina de esta Villa, mujer legítima de don Miguel Fernández Giraldes, de quien tiene licencia expresa, por la presente otorga poder especial a don Manuel Allen, de este comercio y vecindad, para que en su nombre comparezca en la Diputación Consular de esta Villa o en cualquier otro tribunal que corresponda, y en el concurso de acreedores de su citado marido pida, demande y perciba los bienes pertenecientes a la otorgante y que entraron en poder de su marido, bienes adquiridos por muerte de su padre y otros causales, a cuyo efecto así con el síndico que se nombre del relacionado concurso como con los acreedores de su marido y tribunales correspondientes, haga todas las diligencias necesarias.