Don Martín Sánchez y Serrano, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, residente en esta villa, otorga poder especial a don Antonio Bandini, vecino de la Puebla de los Ángeles, para que en su representación, conteste y termine las diferencias ocurridas en el contrato sobre venta de la hacienda de Pacho, que hizo en esta villa con el presbítero don José Joaquín Rincón Ortiz de Zárate, las que concluirá definitivamente con el apoderado general de los representantes o interesados en dicha finca.
Zonder titelDon Martín Sánchez y Serrano, de esta vecindad, otorga poder especial al licenciado don José María Serrano, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, para que en su nombre formalice definitivamente el contrato de compra de una casa de los herederos de doña María Josefa de Atenas, mujer que fue de don Sebastián Fernández de Bobadilla, y firme la escritura, otorgando su aceptación y reciba enseguida la finca, practicando los autos, agencias y diligencias judiciales y extrajudiciales.
Zonder titelDon Martín Sánchez Serrano, de esta vecindad y comercio, dijo que por escritura pública otorgada por don Luis García Teruel en esta ciudad el 15 de febrero de 1837, se obligó dicho señor García a satisfacer al exponente como fiador de don Francisco Fernández y Agudo, que lo fue de don Antonio José Peredo, la cantidad de 5 307 pesos 1 real, y habiéndose satisfecho esa suma por el fiador Fernández, por la presente otorga que tiene recibidos del nominado don Francisco Fernández y Agudo la relacionada suma, por lo cual, da por cancelada dicha escritura.
Zonder titelDon Martín Sánchez Serrano, de esta vecindad y comercio, otorga poder especial a don Pedro Iturria, agente de negocios de la ciudad de México, para que en su nombre tome cuentas a don Lorenzo Carrera, vecino y del comercio de la misma ciudad, aprobándolas si estuvieren arregladas o reclamando los agravios hasta que queden a su entera satisfacción.
Zonder titelDon Juan Manuel de Revilla, labrador en esta jurisdicción, otorga que vende, cede y traspasa en favor de don José Domingo de la Rocha, también de esta vecindad, una casa de paredes, de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y teja, ubicada en esta villa, en la calle que nombran del Beaterio, a la que hace su frente y esquina en su principio mirando al norte, y del otro lado casas de don Cayetano Gándara y del finado don Pedro Martín del Puerto Vicario; por el fondo al sur linda con el costado de casa de don Martín Sánchez y Serrano; por el costado del poniente con el de casa de don José María Becerra y por el del oriente hace otro frente a la calle que va para los Ingenios. Cuya deslindada finca, es la misma que hubo y compró de la difunta doña Antonia Amaya, por escritura que a su favor otorgó en esta villa a 2 de septiembre de 1814. La vende en cantidad de 3 500 pesos, los 1 000 de ellos que por su cuenta le ha dado y pagado a don Bernabé de Elías Vallejo. Y los 2 500 restantes le ha de entrega en el término de un año al mismo Elías sin premio alguno; quedando hipotecada a su favor la finca.
Zonder titelDon Martín Sánchez y Serrano, de esta vecindad, otorga poder al Licenciado don José Lázaro de Villamil, vecino de la ciudad de Veracruz, para que en su nombre pueda gestionar judicialmente en los pleitos y negocios que actualmente tiene o en adelante se le presenten.
Zonder titelDon Martín Sánchez y Serrano de esta vecindad, otorga que da y confiere poder especial a don José María Serrano, del comercio de Veracruz, para que en su representación, prosiga, continúe y finalice por la vía ordinaria o la ejecutoria, el pleito que el otorgante y socios entablaron contra don Julián de la Colina, vecino de la ciudad de Córdoba, por cantidad de pesos de que le es deudor y; se haya hoy en grado de apelación pendiente en segunda instancia. Para lo cual pueda y parezca ante todos los tribunales superiores e inferiores.
Zonder titelDon José Antonio del Valle, don Juan Francisco de Bárcena, doña María del Rosario de Bárcena, don Juan Bautista Garaicoechea, los dos primeros albaceas y todos herederos del difunto don Juan de Bárcena, por sí unos y otros en representación de sus esposas, hijas del difunto; y don Juan Antonio de Bárcena, curador ad liten de la menor doña Ramona de Bárcena, también heredera, y apoderado de don Martín Sánchez y Serrano, del comercio de Veracruz, marido de doña María Josefa de Bárcena, hija del referido finado; venden a favor de don José Antonio de Bárcena, marido de doña Gabriela de Bárcena [y Zugadi] hija del finado, las existencias todas de géneros, frutos, semillas, utensilios y cuanto concierne a la tienda y giro de comercio que el finado tenía establecido en los bajos de su casa mortuoria, bajo los pactos y condiciones que para su efecto propuso el comprador y que en esta escritura se mencionan. La venden por precio de 43 363 pesos y 7 reales.\t
Don José Antonio y don Juan Francisco de Bárcena, de este comercio y vecindad, como albaceas de su finado padre don Juan de Bárcena, otorgan poder general a don Martín Sánchez y Serrano, hermano de los otorgantes, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, para que en sus nombre y representando la testamentaria que esta al cargo de ambos cobre judicial o extrajudicialmente, todas las cantidades de dinero, oro, plata, joyas, esclavos, mercaderías, géneros, bienes, muebles, raíces y otros que le deban a la dicha testamentaria. Y para que lo defienda en todos sus pleitos, causa y negocios civiles o criminales, eclesiásticos o seculares.
Don José Antonio de Bárcena, de este comercio y vecindad, otorga poder especial a don Martín Sánchez y Serrano, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, para que en su nombre comparezca en el Tribunal de Alzadas del Consulado de la Ciudad de Veracruz, donde conteste y lo defienda en el juicio o artículo de apelación que ha interpuesto la parte de don Pedro del Paso y Troncoso, de la sentencia pronunciada en esta Diputación Consular en la demanda que aquel entabló en contra del otorgante sobre la propiedad de cuatro tercios de ropa que el arriero Domingo Espejel sacó de su pertenencia y dejó en depósito al otorgante hasta reintegrarle la cantidad de pesos que le adeudaba.