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Descrição arquivística
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MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0021 · Item · 1825/01/04
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Juan Francisco de Bárcena, don Francisco Fernández y Agudo, don José Manuel Cruz y Bremont, don José Javier de Olazábal, don Narciso García Puertas, don Dionisio González, don José María Becerra, don Francisco González, don Mariano Rincón, don Francisco Gil González, don José Domingo de la Rocha, don Antonio María de Casas, don Feliciano José Mirón, don Joaquín Ruiz, don Sebastián de Bobadilla y Atenas y don José Manuel de Izaguirre, unos vecinos de esta villa y de su comercio y otros de la Nueva Veracruz, otorgan que se constituyen fiadores y principales pagadores responsables en favor de don Juan Bautista de Campo, administrador interino de la Renta de Correos en esta villa, por suspensión del propietario, don Faustino de Capetillo, por la cantidad de 4 000 pesos, es decir, a 250 pesos aproximadamente cada uno, en caución de los intereses que de la Hacienda Nacional han de entrar en su poder, de los valores de la correspondencias que son de su cargo desde el día en que se le destinaron a dicho puesto.

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MX UV.USBIX ANX-P-0081-PX_0081_0102 · Item · 1824/07/17
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Manuel Pardo, de esta vecindad, otorga que se obliga, por el tiempo de dos años, a partir de esta fecha, a conducir la valija de la correspondencia del servicio nacional y del público, con las mulas y postillón necesarios, desde esta villa hasta la Plaza de Veracruz y desde aquella a la parada de la Hoia [Joya], por la cantidad de 33 pesos por cada viaje redondo, los que le han de pagar por la administración principal de Veracruz, con las siguientes advertencias: si antes de cumplirse el tiempo estipulado se estableciesen las correspondientes maestrías de postas en la demarcación de la situada administración principal de Veracruz, quedará por lo mismo sin valor ni efecto alguno esta obligación. Segundo, que para los correos semanarios caminen con toda la prontitud posible, se obliga a mantener tres o cuatro remudas en el Puente Nacional, de las cuales le suministrará a su ida y regreso las que sean necesarias; siendo a cargo del señor administrador de esta villa don Faustino de Capetillo, el prevenir a los conductores de las valijas que no recarguen las mulas con encomiendas voluminosas, ni maltratar a los respectivos postillones cuando llegan tarde a sus destinos. Tercero que, aunque cuenta con 80 bestias caballares y mulares para el cumplimiento de dicho contrato, presenta por fiadores para su mayor validación y firmeza a don Juan Ruiz Abascal y a don José Fernando de la Peña, de este comercio y vecindad, ambos sujetos de bienes conocidos para responder en su caso, quienes estando presentes se constituyen los dos de mancomún fiadores por el mencionado contratista don Manuel Pardo. Finalmente, todos los comparecientes, cada uno por lo que respectivamente, firmaron el presente contrato.

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MX UV.USBIX ANX-P-0079-PX_0079_0026 · Item · 08/03/1820
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Matías Martínez de Espinosa, Capitán de la Primera Compañía de Fieles Realistas de Caballería, dijo que en el Juzgado del Subdelegado Joaquín del Castillo y Bustamante, se sigue causa criminal contra don Antonio Velasco Quiroz, Oficial segundo de la Real Aduana, en virtud de acusación de don Faustino de Capetillo, Administrador de Correos y Recaudador de Impuestos, sobre ciertas expresiones vertidas por aquél en una cesión que tuvieron en la botica de esta villa, de cuyas resultas se mandó arrestar a Velasco Quiroz

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MX UV.USBIX ANX-P-0080-PX_0080_0076 · Item · 1822/09/10
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

El señor administrador de Correos de esta villa, don Faustino de Capetillo, por sí y como comisionado del señor Administrador Principal de la Provincia, y don José San Román, correo semanario de esta carrera; otorgan, el segundo, que se obliga a servir como maestro de postas, la que corresponde desde esta villa hasta el paraje nombrado Plan del Rio, por la carrera de Veracruz, y por la de México hasta el nombrado la Hoya [Joya], teniendo en esta villa todas las bestias necesarias con la puntualidad debida, a que no cause perjuicio en este servicio interesante de la nación, por la cantidad de 800 pesos anuales y tiempo de tres años por contrata; todo esto, ínterin dure sin correo semanario, pues establecidos que sean los dos, como tiempo antiguo y pacífico, se le ha de se ha de satisfacer lo mismo que antes se pagaban a los maestros de postas que había en esta villa y paraje del Encero. Y a condición de que también se le paguen por los extraordinarios que crucen hasta los puntos indicados; expresando que esta contrata debía comenzar a ponerla el primero de octubre del presente año; y que no la caucionaba con fiadores abonados por no tenerlos; aunque sí dará la seguridad necesaria en el caso de que falte a su contrata. Y habiendo oído el señor don Faustino de Capetillo las condiciones y circunstancias con que se obliga don José San Román, dijo que las acepta en todas sus partes las propuestas de San Román y las elevaba a contrato verdadero y perfecto; por lo tanto, ambos otorgan cumplir lo pactado.

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MX UV.USBIX ANX-P-0081-PX_0081_0062 · Item · 1824/03/11
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don José María Pastor, vecino del comercio de la Nueva España, y don Francisco Fernández y Agudo, del comercio de esta villa, otorgan que se constituyen fiadores y principales pagadores de don Faustino de Capetillo, administrador principal de la Renta Nacional de Correos de esta villa, por la cantidad de 500 pesos a razón de 250 pesos por cada uno y no más; en subrogación del finado don Juan Antonio Pardo, fiador que era del mismo Capetillo por la misma cantidad.

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MX UV.USBIX ANX-P-0076-PX_0076_0082 · Item · 14/05/1814
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don José Felipe de Herrasti, otorga poder especial a don Faustino de Capetillo, Administrador de la Renta Nacional de Correos, para que en su nombre y representación, prosiga y continúe el artículo o incidente promovido contra don Juan Antonio de Bárcena, don José Antonio de la Peña, como albacea del finado don Juan Manuel del Cotarro, y don José María de Mora, ex socios de la Casa Sociedad Patriótica que posee en esta Villa, por la cantidad de pesos que en deudas y dependencias resultan a favor de la negociación y por cobrar en el tiempo que fue por ellos dirigida y administrada, presentando para ello en el juzgado las cuentas, libros y papeles, y cuantos recaudos sean favorables, por lo que se le da este sin limitación alguna.\t\r\n

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MX UV.USBIX ANX-P-0074-PX_0074_0051 · Item · 31/03/1810
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Faustino de Capetillo, de esta vecindad, provisto Administrador de la Real Renta de Correos, dijo que para caucionar a la Real Hacienda por los valores y productos que entren a su poder, se obliga como principal pagador a satisfacer cualquier quebranto que por su culpa resultare, y ofrece por sus fiadores al Regidor Alférez Real José Antonio de la Peña, don Antonio Juille [y Moreno], don Juan Manuel del Cotarro, don Manuel Allen, don Juan Antonio Pardo, don José Pérez de Llera, don Mariano de Campo y don Ignacio Urrea con su esposa doña Rafaela Josefa Salvo, que es dueña absoluta de una finca, todos poseedores de buenas fincas, quienes se comprometen a pagar hasta 4 000 pesos a razón de 500 pesos cada uno.

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MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0150 · Item · 1825/09/27
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña Petra Pérez de Carsolio, legítima mujer y conjunta persona de don José Carsolio, ambos de esta vecindad, ella con licencia concedida por su marido; otorga poder especial a don Faustino de Capetillo, administrador de la Renta Nacional de esta villa, para que en su nombre y representación se presente en el juzgado de cuarta nominación en donde a entablado juicio de espera o cesión de bienes para pago a sus acreedores, en cuya virtud pida y demande el valor de la carta de dote que le otorgó su marido y lo demás derechos que le pertenezca. También, generalmente para que haya, perciba, mande y cobre, todas las cantidades de pesos que le puedan tocar y de lo que percibiere y cobrare, otorgue recibos, cartas de pago y todo lo que le pidieren. Y si sobre lo referido se ofreciere pleito o pleitos, litigio o contienda de juicio, con este poder haga todos los actos, agencias y diligencias judiciales o extrajudiciales que se requieran y sean necesarias.

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