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Descrição arquivística
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MX UV.USBIX ANX-P-0074-PX_0074_0049 · Item · 27/03/1810
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don [Juan] Joaquín de Cendoya [y Arizabaleta], de esta vecindad, provisto Administrador de Alcabalas, dijo que para caucionar los productos que entren en su poder pertenecientes al mencionado ramo, se obliga como principal pagador a satisfacer cualquier descubierto que por su causa resultare en contra de la Real Renta de Alcabala, y para el seguro de los caudales, ofrece por sus fiadores a don Juan Antonio Pardo, don Juan Francisco Noriega y don Francisco Cia, quienes estando presentes manifestaron ser instruidos en su derecho, hasta la cantidad de 6 000 pesos, a 2 000 pesos cada uno, con las costas, salarios y atrasos que se causaren en su cobro.

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MX UV.USBIX ANX-P-0077-PX_0077_0004 · Item · 09/02/1815
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Domingo Nogueira, Teniente de la Compañía de Patriotas de Caballería de esta Villa, vecino y de su comercio, se constituye fiador y principal pagador de don [Juan] Joaquín de Cendoya [y Arizabaleta], Administrador de Alcabalas de esta Villa, in solidum y de mancomún con don Juan Antonio Pardo y don Francisco Cia, y en subrogación de su hermano, don Juan Francisco de Noriega, quien ha determinado volver a la península, de donde es oriundo. Cuya fianza será por el tiempo que esté a su cargo la recaudación de alcabalas, hasta en cantidad de 2 000 pesos cada uno.

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MX UV.USBIX ANX-P-0077-PX_0077_0094 · Item · 24/04/1816
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don José Miguel de Iriarte, de esta vecindad, dijo que Francisco Cia, de este comercio, entre otros, se constituyó en fiador por el Administrador de Rentas Unidas de esta Villa, don [Juan] Joaquín de Cendoya [y Arizabaleta], por cantidad de 2 000 pesos en caución de los intereses que en su poder entran, pertenecientes al ramo de alcabalas, más como el citado Cia ha determinado volver a la península, de donde es oriundo, el otorgante sale en su lugar como fiador de don Joaquín Cendoya, Administrador de Alcabalas, in solidum y de mancomún con don Juan Antonio Pardo y don Domingo Nogueira.

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MX UV.USBIX ANX-P-0077-PX_0077_0119 · Item · 29/08/1816
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña Rosa de Castro, don José Antonio Franceschi y don Matías Martínez de Espinosa, todos de esta vecindad, viuda e hijos del finado don Domingo Franceschi, que fue de este comercio y vecindad, natural del lugar de Cannelle, pueblo de Centuri, en la Isla de Córcega, Provincia de Cabo Corso, hijo legítimo de don Antonio Franceschi y de doña Paula Mattei, difuntos. En uso del poder que don Domingo Franceschi confirió a la primera, proceden a otorgar su testamento, donde declaran falleció en esta Villa el 16 de mayo de 1816. En cuyo poder ordenó se impongan 2 000 pesos a premio del 5% sobre una de sus casas y que sus rendimientos se distribuyan entre los pobres de esta Villa y en caso de que sus albaceas no llevaran a cabo esta misión, dicho principal se dedicará para el Hospital de Mujeres de esta Villa, a beneficio de las enfermas más necesitadas. Ordenó que su primo don Juan, vecino de Orizaba, sea trasladado a esta Villa para que se atienda, cuide y mantenga. Declaró haberse casado con doña Rosa de Castro, con quien procreó a doña Antonia, casada con don Juan Bautista de Echagaray; don José Antonio; doña María Josefa, casada con don Francisco Cia; a doña Rosa, casada con don Matías de Espinosa; a doña María de Jesús, casada con don Santiago Arizabalo; a don Francisco de Paula; a doña Manuela; a don Manuel y a don Domingo María Franceschi de Castro. Declaró que sus bienes consisten en fincas, una tienda y ajuar. Nombró como albaceas a Rosa de Castro, en primer lugar; a don José Antonio Franceschi, en segundo lugar; y a Matías Martínez de Espinosa, en tercero. Y nombró como herederos universales a sus hijos.

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MX UV.USBIX ANX-P-0080-PX_0080_0070 · Item · 1822/12/10
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Por una parte, don Manuel Badillo, don Francisco Badillo, y por otro don Francisco Cia, todos de esta vecindad, dijeron que, a los quince de julio de 1817, otorgaron los primeros en favor del segundo una escritura de arrendamiento de la casa del finado su tío Mateo Badillo, ubicada en la calle Real de esta villa, por el espacio de nueve años y precio de 50 pesos mensuales, a que se constituyó también el segundo en la parte que le toca; pero las vicisitudes del tiempo han hecho variar tanto de la época aquella. Por tanto, han convenido recíprocamente, en dar por terminado y concluido este arrendamiento y por nula y cancelada dicha escritura de arrendamiento; quedando el segundo en desocupar la casa, y los primeros a proceder a su nuevo arrendamiento.

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MX UV.USBIX ANX-P-0076-PX_0076_0108 · Item · 20/09/1814
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Juan Lucas de Olavarrieta, natural del Valle de Oquendo, Provincia de Álava en Vizcaya, hijo de los difuntos don Juan de Olavarrieta y de doña Teresa de Lartundo, otorga su testamento en donde declara es viudo, no tiene hijos, encarga a sus albaceas que el día de su entierro se repartan de sus bienes entre los pobres que se hallaren enfermos en sus casas en esta Villa, 200 pesos de acuerdo a la necesidad de cada uno, y con preferencia al más necesitado, nombra por sus albaceas a don Pedro de Escuza, don Manuel Pérez y Suárez, Cura y Juez Eclesiástico de esta Villa, y a don Francisco Cia, a quienes también nombra como sus herederos, ya que no tiene herederos forzosos.

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MX UV.USBIX ANX-P-0077-PX_0077_0166 · Item · 03/03/1817
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Francisco Cia, vecino y del comercio de esta Villa, natural de la Villa de Mañeru, en el Reino de Navarra, hijo legítimo de don Manuel de Cia y de doña María Josefa Juárez, difuntos, otorga su testamento donde ordena que del quinto de sus bienes se den de limosna 300 pesos para las curaciones y alimentos de las pobres mujeres enfermas del Hospital del Señor San José de este Villa. Declara estar casado con doña María Josefa Franceschi y Castro, con quien procreó a dos niñas nombradas María Josefa y a María Simona Cia y Franceschi, ambas menores. Declara que cuando contrajo matrimonio contaba con un capital de 26 000 pesos, el cual a la fecha ha aumentado unos 13 000 pesos más. Nombra como albaceas a su esposa y a don José [Antonio de] Agrasar. Nombra como herederas universales a sus hijas.

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MX UV.USBIX ANX-P-0077-PX_0077_0225 · Item · 22/11/1817
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Francisco Cia y don José Antonio de Agrasar, ambos de este comercio y vecindad, establecen una compañía de intereses en los términos siguientes: Que la compañía ha de ser por el término de 5 años. Que ha de girarse en la tienda mestiza que ha establecido en la Calle Real de esta Villa, con el principal de 48 000 pesos, de los que introdujo el primero 39 600 y el segundo 8 400 pesos. Que esta sociedad ha de correr a cargo del citado Agrasar para su administración y manejo, quien llevará en ella el interés de un 40% en las utilidades y pérdidas. Que el mencionado Agrasar entregará a Cia, 80 pesos mensuales por razón de alquiler de la casa y viviendas bajas en que esta la tienda, como para sus alimentos y los del los dependientes, entre otros términos que se mencionan en esta escritura.

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MX UV.USBIX ANX-P-0078-PX_0078_0149 · Item · 04/09/1819
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Manuel Fernández del Campo y don Francisco Cia, manifiestan que en 1810 otorgaron escritura de arrendamiento de la casa que poseía el primero en esta Villa, a favor del segundo, por el término de 9 años; más como las circunstancias ocurridas después del otorgamiento de aquélla, hace unos 4 años que por convenio particular entre ambos pasó la finca a poder de otros inquilinos, y aún posteriormente transfiriéndose a otro el dominio de su propiedad; en esta virtud y para que la relacionada escritura ahora ni en tiempo alguno tenga fuerza, se otorga el uno al otro mutuamente cancelación en forma de los particulares que comprenden, dándola por nula, tildada, de ningún valor ni efecto.

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MX UV.USBIX ANX-P-0074-PX_0074_0040 · Item · 20/03/1810
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Francisco Cia, de este comercio y vecindad, dijo que don Blas Martínez suscitó en el juzgado del Alcalde de Segunda Elección una instancia contra don Diego Antonio Llanos de Vergara, por cierta cantidad de pesos, y teniendo noticia de que en poder de don Matías Martínez de Espinosa existen 618 pesos de Llanos de Vergara; el demandante pidió se le entregue dicha cantidad a cuenta de su adeudo, previa fianza del compareciente, a lo que accedió el señor Juez, quien mandó entregar a don Blas dicha suma, por lo que el otorgante se constituye en fiador del mencionado Blas Martínez, quien tendrá en disposición dicha cantidad por si se le solicita la devolución.