Manuel Valero, vecino de esta villa, mayor de veinticinco años de edad, otorga que ha recibido de don Manuel Allén, de este comercio y vecindad, la cantidad de 200 pesos con sus premios devengados hasta esta fecha, en reales de contado. Cuyo principal es el mismo que legó a su favor su difunta tía doña Juana Salazar, mujer que fue de don Juan Lucas de Olavarrieta, quién por su menoría se obligó a reconocerle por escritura el 11 de abril de 1815, con especial hipoteca de dos casas, un alta y otra baja, que poseía en la calle Nueva de esta villa. Y estando pagado su legado y sus premios, le otorga cancelación y finiquito en forma, declarando por libres dichas fincas y consciente así se anote y tilde en la escritura de obligación.
Sem títuloDon Juan Lucas de Olavarrieta, de esta vecindad, dijo que por cuanto su difunta esposa, doña Susana de Salazar, por cláusula de su testamento dejó un legado a favor de sus sobrinos Juan, Manuel, Juan de Dios y María Rita Valero, por la cantidad de 200 pesos a cada uno, y como se hayan en menor edad y por esta razón no poderlos percibir, se obliga a tener en su poder los 800 pesos que les pertenecen a los mencionados cuatro menores, por vía de depósito irregular, por el tiempo que dure su minoría de edad, pagando 10 pesos anuales de réditos y asegurando dicha deuda con la hipoteca de dos casas contiguas ubicadas en la Calle Nueva de esta Villa de Xalapa.
Don Manuel Valero, residente en esta Villa, otorga poder especial a don Anselmo Rodríguez Balda, Procurador del Número de la Real Audiencia de México, en primer lugar y a don Tomás Díaz del Campo, también Procurador, en segundo lugar, para que en su nombre y representación perciban hasta 60 000 pesos de préstamo por vía de depósito irregular con réditos de un 5% con fianzas de don Francisco Maniau [y Torquemada] y don Jaime Salvet, otorgando la escritura de recibo y obligación.