Doña María Casimira Rivas, mayor que expresó ser de treinta años, doncella, libre de ajena administración y de esta vecindad, dijo que disfruta por suya propia de una casita de material con cubierta de madera y teja, ubicada en esta ciudad al barrio que llaman de Zitácuaro, calle de los Ingenios, con su frente de 12 varas que lo hace al poniente con dicha calle, lindando por el costado del sur con casa de Antonio Barragán, y por el del norte con casa de Andrés Castellano. La cual casita se haya edificada en sitio perteneciente a la Purísima, cuyo mayordomo se le paga anualmente el censo. Que como dueña legítima de dicha casita otorga que se la vende a su tío don José María Torres en precio de 200 pesos, de los cuales le ha de dar al contado 30 y el resto en partidas parciales.
Sans titreDon Juan Carrasco, Teniente retirado de esta vecindad, otorga poder especial a don José María Solís, vecino de Guanajuato, para que en su nombre como esposo de doña María Buendía y representando los derechos y acciones que le tocan y pertenecen, proceda a la cobranza de la parte hereditaria que tiene su esposa a una casa situada en la plazuela de San Fernando de la ciudad de Guanajuato, cuyo cobro deberá hacer a don José María Torres, como albacea de doña María Juliana Ramona Morales, esposa que fue de don Antonio Buendía. Y en caso de que ponga algún obstáculo en satisfacer la suma a que pueda ascender la herencia, lo faculta para que pueda parecer en todos los tribunales que convenga, en los cuales formalice su demanda.
Sans titreDon Manuel del Castillo Negrete, Regente que fue de la Real Aduana de México, Provisto Fiscal del Real y Supremo Consejo de Indias, residente en esta Villa, otorga poder especial a don José María Torres, Clérigo, Diácono y Prosecretario del Ilustrísimo señor don Manuel Ignacio González del Campillo, Obispo de la Puebla de los Ángeles, para que a nombre y representación de su menor hijo don Joaquín del Castillo [Soto Posada], Clérigo de primera tonsura y Capellán de las que fundaron con el capital de 2 100 pesos y la otra de 2 000 pesos, se presente ante su Ilustrísimo y pida y suplique se sirva concederle la institución canóniga de las dos expresadas capellanías.
José María Torres, vecino de esta Villa, otorga que recibió de don Antonio Caire, Teniente del Regimiento de Infantería de la Corona, la cantidad 1 252 pesos, y se obliga a satisfacerle el premio de sus 5 %, con deducción de lo que mensualmente le abone de la suma total; y para seguridad del principal hipoteca, sujeta y grava una casa que posee en el Barrio de los Berros, donde hace su frente al poniente con la boca calle de la que baja a la vuelta de la de San Miguel; linda de fondo al oriente con solar de Gertrudis Cigala, alias la ingeniera; por el sur hace su frente con el callejón que se divide en dos de esta boca; por el norte con la casa del acreedor.
Don Juan Carrasco, Teniente retirado de esta vecindad, otorga poder especial a don Juan Mateo, vecino de Guanajuato, para que en nombre del comparente como esposo que es de doña María Buendía, proceda a la cobranza de la parte hereditaria que tiene su esposa a una casa situada en la plazuela llamada de San Fernando en la misma ciudad. Cuyo cobro deberá hacer a don José María Torres, como albacea de doña María Juliana Ramona Morales, esposa que fue de don Antonio Buendía. En caso de que no se le quiera pagar la suma a que pueda ascender la herencia, lo faculta para que solicite el correspondiente certificado con el cual formalice la demanda, exigiendo a Torres presente el testamento o la cláusula en donde declaró la señora Morales de heredera a la nominada esposa del otorgante.
Sans titreEl ciudadano Pascual Campomanes, alcalde de tercera nominación, actuando como testigo de asistencia por excusa del único escribano que hay en esta ciudad, compareció doña Mauricia Serrato, mujer legítima de don Salvador Ramírez, vecina de esta ciudad, dijo que por fallecimiento de su anterior marido, don José María Torres, quedó una casa ubicada en la ciudad de Puebla a la calle que nombran de la Huerta, propiedad que ha resuelto vender y para tal efecto otorga poder al licenciado don Julián Cantú, vecino de la referida ciudad de Puebla.
Sans titreDon Anastasio Arizmendi, de esta vecindad, apoderado de don José María y don José Manuel Bello García, hijos y herederos de la finada doña María Antonia García Cano, vecina que fue del pueblo de Teziutlán, dijo que a consecuencia de denuncia que se hizo al administrador de la aduana de esta ciudad, demandando como fiscal de la Hacienda Pública la cantidad de 198 pesos por las ventas clandestinas que en 5 de octubre de 1826 hizo don Juan Bautista de Garaicoechea a don Pedro Gómez, de la casa situada en el barrio de los Berros, y de Inés Gómez a doña María Antonia García Cano el 2 de abril de 1832, por lo que se formó expediente en el Juzgado de Hacienda. Y siendo preciso satisfacer los expresados derechos, ha determinado vender la finca ya deteriorada para que no acabe enteramente de arruinarse. Por lo cual, otorga que vende en nombre de los expresados señores Bello, a favor de don Manuel Ruiz, de esta vecindad, una casa deteriorada de cal y canto, cubierta de madera y teja con el solar de su fondo, la cual, hace frente al norte, por donde tiene 16 varas, lindando con una plazoleta con que termina la calle que baja de la de San Miguel para el paseo de los Berros y atraviesa la que hace el puente del Obispo para el barrio de Cantarranas; por el fondo, al sur, tiene 33 varas y linda con tierras de la cofradía de la Purísima de esta parroquia; y por oriente con la callejuela que va para los Berros y del otro lado con casa de María Antonia Cigala; y por el poniente con casa que fabricó con José María Torres y hoy es de la testamentaria de don Juan Bautista de Garaicoechea. La vende en precio de 300 pesos.
Sans titreDon Matías Arosa, natural de esta ciudad y vecino de México, de cuya identidad certificaron el Regidor don Joaquín Guevara y don Eustaquio de Castro, por la presente, otorga poder a don Cristóbal Cerero, de esta vecindad, para que en nombre y en representación de su persona, derechos y acciones, concurra junto con la esposa del mandatario, doña María Francisca Cabañas, a celebrar contrato de venta de una casa que quedó por bienes del finado padre del otorgante. Cuya testamentaria se halla pro indivisa, perteneciendo a él mismo, a dicha señora y al difunto hermano de ambos, don Pedro Arosa. Dicha finca se ubica en esta ciudad, en la calle de Señor San José con el frente al norte, lindando por el oriente con casa en que vive don José María Torres, y por el poniente con casa y solar de José María Barrientos.
Sans titreDon Manuel del Castillo Negrete, Regente que fue de la Real Aduana de México, provisto Fiscal del Real y Supremo Consejo de Indias, otorga poder especial, en primer lugar en don Nicolás Manuel Fernández del Campo, vecino y del comercio de la Puebla de los Ángeles, y en segundo en José María Torres, Clérigo, Diácono y Prosecretario del Ilustrísimo Señor don Manuel Ignacio González del Campillo, Obispo de esta Diócesis, para que a nombre y representación de su menor hijo don Joaquín del Castillo Soto Posada, cobre los réditos o rentas de las dos capellanías que obtiene el citado menor, la primera fundada con el capital de 2 100 pesos y la otra con 2 000 pesos; así también la que corresponde a su otro hijo menor don Francisco Javier, fundada con el capital de 4 000 pesos; y si por lo antes mencionado se requiriese contienda de juicio, lo siga, por lo que se les da éste con libre y general administración y con facultad de sustituirlos.