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Descrição arquivística
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MX UV.USBIX ANX-P-0071-PX_0071_0181 · Item · 28/09/1807
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

El Conde de Casa Rul, Coronel del Regimiento Infantería de Milicias Provinciales de Valladolid; don Diego Leño, Regidor Perpetuo del Ayuntamiento de esta Villa; don José Antonio de la Peña, Regidor, Alférez Real del mismo cuerpo; don Santiago Sáenz Saravia, de esta vecindad y comercio; don Pablo Vicente de Sola, Capitán del Regimiento Infantería de Milicias de Toluca; y don Juan Antonio Pardo, Diputado del mismo Ilustre Ayuntamiento de esta vecindad y comercio; otorgan que se constituyen fiadores principales pagadores de don José María Villaseñor Cervantes, Secretario de la Intendencia del Ejército acantonado en esta Villa, provisto Colector Interino de la Real Renta de Lotería de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, quienes deberán asegurar la satisfacción, en el tiempo que dicho Villaseñor sirva el indicado cargo.

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MX UV.USBIX ANX-P-0071-PX_0071_0164 · Item · 03/09/1807
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Pablo Vicente de Sola, Capitán del Regimiento de Infantería de Milicias Provinciales de Toluca, residente en esta Villa, otorga poder especial a don José Juan de Fagoaga, Alcalde Ordinario de Primera Elección de la Capital de México, para que acuerde con aquella Junta de Consolidación, la composición por cantidad de 4 000 pesos que se restan a dicha caja, por don José Joaquín de Abalia, de los 12 000 que éste reconoce, y que son fiadores el mismo señor Fagoaga, su hermano José Mariano [sic] Fagoaga y el compareciente, haciendo en el intento cuantos actos, agencias y diligencias se requieran. \t

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MX UV.USBIX ANX-P-0071-PX_0071_0044 · Item · 24/03/1807
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Pablo Vicente de Sola, Capitán del Regimiento Provincial de Milicias de Toluca, otorga poder general a don José María de Fagoaga, Alcalde del Crimen Honorario de la Real Audiencia de México, de donde es vecino, para que a nombre de él demande, perciba y cobre judicial y extrajudicialmente a todas las personas las cantidades de dinero o artículos que le debieren o en adelante debiesen, en virtud de instrumento público o simple.