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MX UV.USBIX ANX-P-0083-PX_0083_0088 · Stuk · 1826/08/03
Part of Archivo Notarial de Xalapa

José Cordera, de este comercio y vecindad, como ministro hermano mayor del Venerable Orden Tercera de San Francisco de esta villa, en quién reside el patronato de las obras pías de su convento; otorga que ha recibido de don José Fernández de Castañeda, por mano de don Francisco González, de este comercio y vecindad, la cantidad de 555 pesos y sus premios vencidos hasta esta fecha. Cuyo principal es el mismo que a favor del convento se obligó a reconocer a premio sobre una casa, ubicada en esta villa, en el callejón de la Sierpe o de Acatzingo, en la misma escritura de venta en esta villa a 3 de diciembre de 1800. En cuya virtud estando el convento pagado del principal y premios, declara a Castañeda libre de dicha obligación y su citada finca, exonerada de la hipoteca. Consintiendo que así se anote y tilde en la mencionada escritura original y sus copias, mediante la presente cancelación.

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MX UV.USBIX ANX-P-0088-PX_0088_0120 · Stuk · 1831/07/16
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Don José Cordera, de esta vecindad y comercio, dijo que don Elías Nogueira, vecino que fue de esta ciudad, falleció en el pueblo de Jalcomulco el día 10 de noviembre de 1823, bajo el testamento que otorgó el 12 de diciembre 1817 y un codicilo que otorgó en 19 de febrero de 1819. Habiendo instituido en el segundo instrumento, como su albacea a su hijo don Juan Nogueira y por únicos y universales herederos a doña María Josefa Nogueira, casada con el comparente, a doña María Magdalena, al mencionado don Juan, a don Elías y a don José Francisco, sus hijos habidos del matrimonio que hubo con su primera esposa, doña María Rosalía Ortiz de Zárate. Por cuanto, el citado don Juan Nogueira desempeñó su cargo e hizo inventarios de todos los bienes que quedaron de dicho Elías, procediendo a la partición y división de bienes por el contador don Pedro Martín del Puerto Vicario, correspondiendo a la esposa del comparente, doña María Josefa Nogueira de Cordera, la cantidad de 2 518 pesos y un octavo de real que recibió en clase e dote y caudal, por lo cual otorga recibo en forma y se obliga a no reclamar, restituir y entregar en dinero efectivo a la susodicha, o a quien por ella fuere.

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MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0166 · Stuk · 1832/12/10
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Doña Cecilia y don Manuel Toral, de quien da conocimiento el Presbítero don José Policarpo Rodríguez y don Fulgencio Ochoa, de esta vecindad, otorgan poder especial don Manuel Patiño, para que en sus nombres, pueda vender una casa de la propiedad de los otorgantes, la cual se ubica en esta ciudad, en la calle de que llaman de Alfaro, por la cual hace su frente al norte, haciendo esquina que da vuelta a un callejón que está a la espalda de la casa de don Juan Francisco de Bárcena, por el oriente; por el sur linda con callejón que de la casa de los herederos de don José Cordera sale y va para la calle principal; y por el poniente linda con solar y jacalitos pertenecientes a la cofradía del Santísimo de esta parroquia. Cuya casa la obtuvieron de doña Ana María Toral, como sus únicos herederos, y se encuentra gravada solamente con 588 pesos 3 y medio reales en favor del Presbítero don José Policarpo Rodríguez.

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MX UV.USBIX ANX-P-0077-PX_0077_0081 · Stuk · 19/02/1816
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Don Domingo Franceschi, de este comercio y vecindad, otorga en arrendamiento a don José Cordera, del mismo comercio y vecindad, la casa mesón que nombran de Las Ánimas, situado en la Plaza principal de esta Villa, de edificio alto y bajo, con las habitaciones, caballerías, cocina y los demás muebles que le son anexos y de que tienen formado su inventario o minuta extrajudicial, y con exclusión de las tiendas y trastiendas de los portales, cuyo arrendamiento es por el término de 7 años, siendo expresa condición que aunque fallezca alguno de los dos contenidos en esta escritura, siempre ha de cumplirse este arrendamiento por los herederos o albaceas. Lo arrienda en 35 pesos mensuales.

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MX UV.USBIX ANX-P-0086-PX_0086_0019 · Stuk · 1829/02/10
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Don José Cordera y don Narciso José de Echeagaray, Administrador de Rentas Unidas de la misma villa, dijeron que, el [3] de diciembre de 1822, el primero otorgó fianza en mancomún con don José María de Goiri, don Francisco González y don José Antonio Domínguez, por la cantidad de 2 000 pesos cada uno en favor de Echeagaray por la Renta de Tabaco y como Cordera tiene que marchar fuera de la República, el segundo quiere que se le releve de este compromiso. Y habiendo convenido recíprocamente en dar desde hoy por terminado y por nula, rota y de ningún valor dicha escritura en la parte que a Cordera corresponde y pretende que esta cancelación conste en el protocolo público de esta villa para su mayor validación, quedando exento el primero para salir de la República cuando guste y le convenga.

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MX UV.USBIX ANX-P-0088-PX_0088_0128 · Stuk · 1831/07/27
Part of Archivo Notarial de Xalapa

El ciudadano José Cordera, natural de Villavicencio del principado de Asturias en España, de cincuenta y cuatro años de edad, de ejercicio comerciante, hijo de don Manuel Cordera y de doña Josefa Piñeyra, naturales y vecinos de dicha villa, otorga su testamento en la forma siguiente: Ordena ser sepultado en el cementerio general de esta ciudad, amortajado con hábito de San Francisco, pero con pobreza. Declara es casado con doña María Josefa Nogueira de Cordera, que llevó de dote 2 518 pesos un octavo de real, de cuyo matrimonio procrearon a don José María, don Manuel, doña Micaela, casada con don José María Bonilla y Flores, doña Ana Josefa, don José Fernando, don Francisco de Paula, don Juan Bautista, doña María Josefa, don Gabriel, doña María Asunción y don Agustín. Cuando se casó tenía un capital de 2 200 pesos, pero por deudas pagó 400 pesos. Por bienes señala una casa que habita, valorada en poco más de 9 000 pesos, de la que reconoce un capital de 525 pesos en favor del convento de San Francisco de esta ciudad y otro en favor de don Manuel Posada, vecino de Veracruz, que junto con los réditos hacen un total de 1 400 pesos, y otro en favor de su hijo don José María Bonilla y Flores, de 400 pesos que está debiendo junto con sus réditos. Manda a sus albaceas cobren de la hacienda pública lo que conste se le debe por documentos. Mejora en el tercio y en el remanente del quinto de sus bienes a su hijo don José Fernando. Nombra por tutor de sus hijos menores a sus hermanos don Juan y don Elías José Nogueira Ortiz de Zárate. Señala por sus albaceas a su hijo don José María Bonilla, Alcalde esta ciudad, y en segundo, por falta del primero, a don José Antonio de la Peña. Nombra por sus herederos a sus once hijos. Revoca y anula el testamento que otorgó en 1819 y otros testamentos, poderes, codicilos, poderes para testar que haya hecho y otorgado.

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MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0004 · Stuk · 1833/01/05
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Doña María Luisa de Castro y de Guevara, viuda, de esta vecindad, otorga que da y confiere poder especial a don José Ignacio Paz, para que en su representación haya, perciba, demande y cobre de doña María Josefa Nogueira de Cordera, de la testamentaria de su difunto marido don José Cordera, todas las cantidades de dinero que a la fecha o en adelante le deban y otorgue los documentos que le fueren pedidos.

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MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0045 · Stuk · 1833/03/21
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Doña María Josefa Nogueira de Cordera, viuda, de esta vecindad, dijo que, el año pasado, su hermano don Juan Nogueira, le prestó 400 pesos, por hacer bien y buena obra sin interés y sin tiempo determinado. Y que don Juan no consideró oportuno exigirle recibo público en aquella fecha, pero ahora se lo solicita. Por tanto, la otorgante declara que debe y se obliga de dar y pagar, al expresado su hermano, la mencionada suma, cuyo pago lo hará en cuanto venda la casa que quedó por fallecimiento de su difunto esposo don José Cordera, en la que tiene impuestos 2 000 pesos de su dote.

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MX UV.USBIX ANX-P-0083-PX_0083_0095 · Stuk · 1826/08/25
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Don José Cordera, de este comercio y vecindad, otorga que ha recibido de la Venerable Orden Tercera de Nuestro Padre San Francisco de la que es actual hermano mayor y en la que reside el patronato de las obras pías de este convento, la cantidad de 555 pesos; cuyo principal es el mismo que acaba de redimir don José Fernández de Castañeda, que lo reconocía sobre una casa ubicada en esta villa, en el callejón de la Sierpe, la que antes fue de don Vicente Jiménez Barragán y el que mandó imponer don Juan de Thormes en favor del convento. Por lo cual, se obliga a tener dicha cantidad en calidad de depósito irregular por el término de 6 años, que deben contarse desde el 14 de los corrientes y a contribuir el premio de un 5 por ciento anual. Y para la mayor seguridad del pago, hipoteca una casa de su habitación ubicada en esta villa, haciendo esquina a la calle Nueva, frente de la esquina del Sacramento, mirando al sur, y del otro lado casa de los herederos de don Pedro Pérez de Llera; por el otro frente, al oriente, lo hace con la casa que fue de Juan Manuel Rodríguez y plazoleta del Puente de Lagos; por el costado del poniente, linda con el de casa de doña María Josefa y doña Joaquina García y Acosta; y por el fondo, al norte, con la callejuela que va para el aguaje y lavaderos de Xallitic. Cuya finca es la misma que ha redificado y aumentado sobre las dos chicas que compró a doña María Rita Rodríguez León y José Manuel Flores, por escritura otorgada en esta villa el 2 de octubre de 1813 y 15 de marzo de 1815. Dicha casa se obliga a no enajenar en manera alguna hasta no estar pagado dicho principal y sus premios.

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MX UV.USBIX ANX-P-0080-PX_0080_0068 · Stuk · 1822/12/03
Part of Archivo Notarial de Xalapa

Don Narciso José de Echeagaray, de esta vecindad, provisto administrador de alcabalas y de las Rentas de Tabaco, Pólvora, Papel Sellado y demás ingredientes de la Hacienda Nacional, dijo que para caucionar las rentas citadas que han de ser de su cargo del ramo de tabaco, se obliga como principal pagador a satisfacer cualquier descubierto o quebranto que por su causa, culpa u omisión resultare contra dicha renta; y para la mayor seguridad, ofrece por sus fiadores a don José María de Goiri, don Francisco González, don José Cordera y don José Antonio Domínguez, todos de este comercio y vecindad, mayores de veinticinco años; quienes estando presentes otorgan que se constituyen fiadores únicos y llanos pagadores en favor del expresado administrador de la Renta de Tabaco don Narciso José de Echeagaray hasta por la cantidad de 2 000 pesos cada uno; e hipotecando la cantidad expresada.

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