Don Pedro Sebastián, Gobernador del pueblo de San Juan Chapultepec, jurisdicción de Jalapa, junto con don Andrés Mendoza y don Antonio Mateo, Alcaldes; don Andrés Ramírez, Regidor; y don José Jerónimo, principal, en representación de los naturales del referido pueblo, otorgan poder general a don Lucas José Barradas, vecino del pueblo de Jalapa, para que los defienda y demande en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles, criminales o eclesiásticos.
Andrés Ramírez, de color mulato, libre, vecino de Jalapa, se obligó a pagar a Francisco de Cárdenas, de la misma vecindad, 90 pesos de oro común, precio de dos mulas y un macho, en esta manera: 30 pesos seis meses después de la fecha de esta escritura, 30 pesos más de allí en otros seis meses y los 30 pesos restantes, en otros seis meses corridos.
Don Juan Martín, gobernador de San José Miahuatlán, sus alcaldes José Francisco y Agustín Diego; sus regidores Andrés Ramírez y Diego Juan; y el escribano Pedro Muñoz, se convinieron con el gobernador y común del pueblo de San José Miahuatlán, en pagarles 30 pesos de oro común por los daños que recibieron en sus chilares y milpas.
Isabel de Maya, viuda, residente en Jalapa, vende a Andrés Ramírez, de color mulato, libre, vecino de Jalapa, una negra llamada Catalina, de nación Angola, de 20 años de edad, bozal, con las faltas y tachas que tuviere, sujeta a servidumbre, libre de hipoteca, empeño y enajenación, por el precio de 300 pesos de oro común, horros de alcabala.