José del Espíritu Santo Guerra, de 16 años de edad, natural de esta Villa, dijo que por cuanto falleció don Jacinto Guerra el 2 de agosto del presente año, a quien ha tenido por su padre, dejándole éste por heredero de sus bienes, deducidas las deudas, gastos y mitad de gananciales que corresponden a su viuda doña Jacinta Garrido, y siendo el compareciente menor de edad no puede comparecer en juicio, ni percibir lo que le corresponda, por lo que mediante la presente nombra como curador adliten, tutor y administrador de sus bienes y de su persona a don José Antonio de la Peña, Regidor Perpetuo y Alférez Real de este Ilustre Ayuntamiento, a quien confiere todo el poder y facultades que al insinuado cargo le son concernientes.
Don Jacinto Guerra, natural de Santa Eugenia, Obispado de Lugo, en el Reino de Galicia, vecino de esta Villa, hijo legítimo de don Gregorio Guerra y doña Josefa Prado, difuntos, otorga su testamento donde declara estar casado con doña Jacinta Garrido. Declara que hace 16 años fue expuesto a las puertas de su casa José del Espíritu Santo, quien sigue a su lado. Nombra como albacea fideicomisario y tenedor de sus bienes a don Pedro Pérez de Llera, de esta vecindad y del comercio de Veracruz. Como heredero universal del remanente de sus bienes, al deducir la parte que legítimamente le corresponda a la expresada su esposa y satisfechas sus deudas, nombra al citado expósito José del Espíritu Santo Guerra.
Doña María Jacinta Garrido, natural de la Villa de Córdoba, vecina de esta vecindad, mayor de 45 años de edad, hija legítima de los difuntos don Francisco Garrido y de doña María Antonia Galvana, otorga su testamento donde declara fue casada con don Jacinto Guerra, con quien no tuvo hijos y ninguno de los dos llevó capital alguno al matrimonio. Ordena que su cuerpo se amortaje con el hábito y cuerda de San Francisco y lo sepulten en el convento; asimismo, manifiesta se manden aplicar dos misas rezadas, una en el Chico y la otra en esta parroquia. Para cumplir este testamento nombra como albacea a su compadre don Antonio Varela, vecino de esta Villa, para que entre en sus bienes los venda y remate en almoneda, y del remanente que quedase gratifique a las personas que la asisten en su enfermedad y costos de su entierro, así como es su voluntad se distribuyan en bienes y sufragios por su alma, en atención a no tener heredero forzoso.