El gobernador, alcaldes, regidores, común y naturales del pueblo de Xilotepec, arriendan a don Pedro Farfán de los Godos, Teniente Provincial del Real Tribunal de la Acordada de esta jurisdicción, la tierra o sitios que hace muchos años ocupan la casa, trojes y demás oficinas que tiene fabricadas en las tierras de la pertenencia de los otorgantes, en el Paraje que nombran de la Banderilla de esta jurisdicción, entendiéndose que la tierra que ha ocupado y ocupa hasta el día, desde la casa de pared propia del arrendador don Pedro Godos, hasta la casa de Isidro García, para abajo con el banco de herrador, trojes y oficinas de enfrente, y por el lado de arriba con don Mateo González. Las arrienda en precio de 7 pesos 6 reales que hasta esta fecha les ha dado y deberá de darles en lo sucesivo.
Compareció un hombre que asentó llamarse Pedro Fosare quien dijo que por fallecimiento de Isidro García, vecino que fue de esta villa, quedó por bienes suyos una casita de edificio bajo, ubicada en este mismo suelo a la calle de Santiago, en sitio propio, con su frente al norte, por donde se le miden 7 varas y 86 de fondo al sur, lindando por este viento con la cerca del cuartel, por el costado de oriente con casa de Francisco González y por el costado del poniente con las de José Elías López y María Antonia Josefa Fuentes; cuya casita y sitio tiene tratada en venta con el Ciudadano Juan Benítez a virtud de orden que al efecto le tiene dada al compareciente su suegra Dolores García y demás herederos, por precio de 200 pesos, siendo de cuenta del vendedor el pago de la alcabala y de los derechos de escritura, para cuyo gasto le ha de ayudar el comprador con 5 pesos. Por lo que, reduciendo al efecto este instrumento, otorga que le vende al nominado Juan Benítez la casita y sitio que quedó deslindada, en precio y cuantía de 200 pesos, cuya suma tiene recibida a su entera satisfacción. Y estando presente el citado Benítez dijo que, conoce perfectamente al vendedor Pedro Fosare, le consta ser marido de Rita García, y está bien satisfecho de que el primero está autorizado por la viuda y heredera de Isidro García para la venta de la casa y sitio de que se hace mención en la presente escritura.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL Y PÚBLICO INTERINO