Doña Francisca de Vieyra y Sousa, natural de Sanlúcar de Barrameda, vecina de la Ciudad de Veracruz, con testamento otorgado el 10 de octubre de 1804, añade a él por vía de codicilio, a la cláusula tercera referente a los encargos que le dejó su difunto hermano don Juan de Vieyra y Sousa, que la capellanía que se ha de fundar con el principal de 2 000 pesos, se deberán imponer en finca segura en este suelo o donde pareciere a sus albaceas, la cual deberá recaer siempre en sujeto pobre, virtuoso y de buena conducta. Y si por falta del principal completo su capellanía no pueda ordenarse, nombra por patrón de ella a su albacea, don Manuel Antonio del Valle, quien precisamente deberá hacer la primera fundación y nombrar por primer capellán al que le pareciere. Y en el caso de no querer continuar con el patronato, nombrarán a la Venerable Mesa de la Orden Tercera de Penitenciaria de esta Villa, y recayendo en ella, nombraría ésta en lo sucesivo al capellán que deba sostenerla, el cual deberá no estar ordenado de presbítero y que no lo hagan por falta de capellanía, pues teniendo ésta no se les aplicará la que se ha de fundar, prefiriendo a cualesquiera de la línea sanguínea de su hermano don Juan de Vieyra y Sousa.
Doña Francisca de Vieyra y Sousa, de estado viuda, natural de Sanlúcar de Barrameda, vecina de la Ciudad de Veracruz, residente en esta Villa, mayor de 50 años, hija legítima de don José de Vieyra y Sousa y de doña Isabel Pérez, difuntos, otorga su testamento donde declara que hace más de 50 años contrajo matrimonio en Cádiz con don Manuel Martín Suárez, con quien procuró cuatro hijos que murieron en edad pueril. Ordena que la corta ropa de su uso se distribuya entre las pobres del Beaterio, por vía de compensación al trabajo y cuidado de asistencia que han dado a su persona. Deja a su sobrina doña María Josefa [Vieyra] un Lignum Crucis. Declara que su hermano, don Juan de Vieyra y Sousa, la dejó en su testamento como heredera usufructuaria de los réditos del remanente de su quinto y ampliándole por un codicilo la facultad de poder disponer de una parte a beneficio de su alma. Manda que se funde una capellanía con el principal de 2 000 pesos y gravamen de 12 misas aplicadas por su alma y la de su hermano, nombrando como patrono de ella a la Venerable Orden Tercera de esta Villa y por capellán al sacerdote que dicha mesa destinare, debiendo ser el padre más pobre. Nombra como sus albaceas, en primer lugar a don Manuel Antonio del Valle, en segundo lugar al Teniente Coronel don Juan Manuel de Bonilla y en tercero al Regidor y Alguacil Mayor don Carlos [Díaz de la Serna y] Herrero.