Don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, Clérigo Presbítero, vecino de esta Villa de Xalapa, hijo legítimo de Francisco Javier Fernández de Ulloa y doña Margarita [Josefa] Martínez [Navarro], dijo que su padre le otorgó poder especial junto con su hermano político don José de Arias [y Torija], de esta vecindad y comercio, para que en su nombre y después de su fallecimiento hicieran y otorgaran su testamento conforme a lo que les tenía comunicado. Declara que su padre estuvo casado con doña Antonia Cardeña, de cuyo matrimonio procrearon a doña María Josefa, doña María Francisca, don José Manuel, doña Francisca de Paula, don Juan Nepomuceno, don Antonio y doña María Gertrudis Fernández de Ulloa, todos mayores de 25 años. Declara que sus bienes consisten en las casas que tiene en esta Villa, un rancho de ganado mayor, avíos para literas en esta jurisdicción, y una tienda mestiza. Nombra como curador adliten de sus hijos a don José de Arias.
Don Francisco Javier Fernández de Ulloa, vecino de esta Villa de Xalapa, hijo legítimo de don Laureano Fernández de Ulloa y doña Margarita Martínez, difuntos, otorga poder para testar a su hijo, el presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, y por su falta a su hermano político don José de Arias, de esta vecindad, para que después de su fallecimiento hagan y ordenen su testamento como se los tiene comunicado. Declara que estuvo casado con doña Antonia Cardeña, difunta, con quien procreó a doña María Josefa, casada con el citado don José de Arias; doña María Francisca, viuda de don Francisco Rascón; don José Manuel, casado en Estatlán; doña Francisca de Paula, mujer del Capitán don Juan Díez; presbítero don Juan Nepomuceno; don Antonio; doña María Gertrudis, todos mayores de 25 años; doña María Javiera y doña Mariana Fernández de Ulloa, menores de estado doncellas. Nombra como sus albaceas y tenedores de sus bienes a sus mismos apoderados, el presbítero don Juan Nepomuceno y a don José de Arias. Nombra como herederos a sus hijos.
Doña Nicolasa Catarina Cardeña, doncella, natural de esta Villa de Xalapa, hija legítima de los difuntos don Diego Cardeña y doña Ángela Barreda y Gayón, otorga su testamento en donde ordena se finquen 100 pesos para que con sus réditos se ayude a los gastos de la adoración perpetua del Santísimo Sacramento de esta parroquia. Deja para la custodia de la Casa de Ejercicios Espirituales, las manillas de oro y diamante y todos sus cubiertos de plata. Declara por bienes suyos, el Oficio Público de esta Villa, la casa que habita, ubicada en la Calle de San Francisco, y las alhajas y muebles que posee. Nombra como herederos a sus sobrinos, hijos de su hermana doña Francisca Cardeña, difunta, siendo María Josefa, Francisco de Paula, María Manuela Senande y Cardeña; y a los hijos de su otra hermana, doña Antonia Cardeña, los cuales son doña María Josefa, doña María Francisca, don José Manuel, doña Francisca de Paula, don Juan, don Antonio, doña Gertrudis, doña Javiera y doña María Ana Fernández de Ulloa y Cardeña. Nombra como albaceas a su sobrino el Presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa.