Pedro López de la Cruz, hijo legítimo de Gerónimo [Jerónimo] López y de Francisca Rodríguez de la Cruz, vecinos de los Llanos en la isla de la Palma, una de las Canarias, de donde es natural y vecino de la villa Córdoba, otorga su testamento en la forma siguiente: ordena se den limosnas a los lugares santos. Declara estar casado con María Urbalana, que vive en la ciudad de la Laguna en la isla de Tenerife, una de las Canarias, asimismo, dijo no recordar la dote que ella llevó, pero lo que fue se le quedó a ella cuando él se vino a la Nueva España. Durante dicho matrimonio procrearon a Francisca. Dijo que adeuda al Bachiller Juan [Yáñez] Ortega de la Paba, Cura de esta villa; a Ana Martínez, quien le dio una carga de tabaco fino para que lo remitiese con el suyo y que se vendiese por su cuenta; tiene cuentas con Alonso Rodríguez, aquien le tiene remitidas quince cargas de tabaco fino; el Capitán Bartolomé Sánchez de Orduña, vecino de la ciudad de los Ángeles, le debe 444 pesos de alcance de cuentas. También le deben Nicolás, hijo de Nicolás Sánchez; Juan Daza; Tomasa, la de los 2 caminos; Salvador Pérez Padrón, trajinante de la carrera de Tabasco. Declara que él debe a Bernardo López de Narea. Señala tiene hecho cuatro jacales en tierras ajenas y en ellas dos rosas para sembrar tabaco y una fanega de maíz sembrado, además de diversa herramientas, cinco caballos, otros bienes y trastos de que se hará inventario. Instituye como albaceas a [Jacinto] Pérez Padrón y a Antonio [Sebastián Pérez Padrón], su primo. Nombra como heredera a su hija Francisca, y por fallecimiento de ésta a sus padres. Manda que si Sebastiana, huérfana que se ha criado en casa de Jacinto Pérez Padrón, se casara con Manuel Gómez, sirviente suyo o con otro hombre honrado, si este casamiento no se realizará, manda se le den 100 pesos, un bernegal, seis cucharas de plata y otros bienes.
Zonder titelCristóbal Ruiz de Cabrera, vecino de la Antigua Ciudad de Veracruz, dio carta-poder a Jerónimo López, estante en la misma ciudad, para que en su nombre pueda cobrar y recibir de cualquier persona los pesos de oro que le deben o debieren en la Nueva España.
Domingo López, hijo legítimo de Gerónimo [Jerónimo] López y de Francisca Rodríguez de la Cruz, difuntos, vecinos que fueron de la isla de la Palma en las Canarias, de donde es natural y vecino de esta villa de Córdoba, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda se digan por su alma treinta misas rezadas por la pitanza ordinaria. Ítem manda a las mandas forzosas y acostumbradas, Casa Santa de Jerusalén y para la beatificación del Venerable Gregorio López y para la del señor don Juan de Palafox, un real cada una. Ítem declara que es deudor a Marcos Gutiérrez, arriero, vecino de esta villa, de 10 pesos y 2 reales, manda se paguen. Ítem declara que Manuel de León, vecino de Alvarado le es deudor de 290 pesos, manda se cobre. Ítem declara por más bienes un caballo ensillado, una espada, un machete de cinta, un colchón, dos sabanas, una colcha blanca, una almohada, una caja de cedro, un sombrero de lana de vicuña, cuatro camisas usadas, dos pares de calzones blancos, un vestido de lamparela con un armador rosado de China, un vestido de paño de la tierra, una balona de encajes, un par de medias y un par de calcetas. Ítem declara estar casado en la Isla de la Palma con María Leal, con quien procreó a Gerónimo [Jerónimo] que será de edad de dieciocho años de edad; a María de quince años; y a Francisca de trece años. Nombra como albacea testamentario y tenedor de bienes a [Antonio] Sebastián Pérez Padrón, vecino de esta villa, y como herederos universales a sus tres hijos legítimos.
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