Don José María de Goiri, de este comercio y vecindad, otorga que ha recibido de don Bernabé de Elías Vallejo, también de esta vecindad y comercio, la cantidad de 546 pesos y 4 reales, que por hacerle beneficio y buena obra, le ha suministrado con rédito de 5 por ciento. Los cuales se obliga a satisfacer en el término de un año, contado desde esta fecha. Y en favor de su acreedor, hipoteca una huerta de verduras y otros frutos, cercada de paredes, baja de piedra vana, con una casilla en el centro, que posee en las tierras del arruinado molino que nombran de don Francisco Maniau, que hubo y heredó de sus difuntos padres, quienes lo obtuvieron del albacea del mismo Maniau, el 11 de octubre de 1807. Dicha huerta se obliga a no enajenar hasta no estar pagado este principal y sus réditos, y sino fuere así, su acreedor puede sacarla de terceros y más poseedores, venderla o rematarla en almoneda o fuera de ella y con su producido cubrirse del principal, réditos y demás costas.
Sem títuloDon Bernabé de Elías Vallejo, de este comercio y vecindad, otorga que ha recibido de don José María de Goiri, también de este comercio y vecindad, la cantidad de 1 541 y medio pesos, de los que entrega recibo en forma. Cuyo principal es el mismo que su padre don Manuel de Goiri, situó y cargó sobre su casa alta, en la esquina de la Plaza de esta villa, por escritura fecha a 2 de octubre de 1794, correspondientes a una memoria de misas que fundó en el convento de San Francisco de esta villa, el presbítero don Antonio Ortiz de Zárate en honor a Nuestra Señora de Guadalupe y al Apóstol San Mateo. Y por cuanto al venderle esta casa don José María de Goiri, único hijo y heredero de don Manuel, no hizo mención de este capital impuesto sobre ella, ya fuese por olvido o mala inteligencia; resultando que recientemente el convento le cobrara Elías unos réditos a los que no estaba obligado ni el capital. Y aclarado el origen y circunstancias de la imposición, don José María le entregó el indicado capital. Por consiguiente, declara por firma, subsistente y valedera la indicada escritura de obligación, reconocimiento e hipoteca que da por inserta y ratificada y se obliga a cumplir los pactos que incluye anual y perpetuamente al convento, en ínterin no redima el principal con el permitido rédito de 5 por ciento para el subvenir a los objetos de su fundación.
Sem títuloDon Matías Martínez de Espinosa, de esta vecindad, albacea de su difunto padre político don Domingo Franceschi, dijo que para terminar la testamentaria ha celebrado varias juntas extrajudiciales entre los legítimos partícipes, hasta repartir por medio de sorteo las diversas casas como los demás bienes yacentes, con expreso consentimiento de los interesados y a quienes se les ha puesto en posesión de lo correspondiente desde el 1 de agosto del año pasado. Y restando solo la correspondiente escritura de adjudicación, por la presente otorga que entrega, cede y traspasa en absoluto dominio y propiedad en favor de doña Antonia Franceschi y Castro, primera hija don Domingo Franceschi, mujer y conjunta persona de don Juan Bautista de Echagaray, una casa alta y baja, ubicada en esta villa, en la primera cuadra de la calle Real, cubierta de madera y teja, que hace su frente hacia el norte con 13 y media varas y del otro lado casa alta de don José María de Goiri y 22 varas de fondo, con un martillo hacia el sur con 4 varas más, por donde linda como por el costado del poniente con corral y costado de otra casa alta de la misma testamentaria y por otro costado del oriente linda con el de casa baja de don Juan Francisco de Abaroa. Cuya deslindada finca, es la que en el sorteo correspondió a doña Antonia y hubo y compró su padre en remate público, celebrado en esta villa en 8 de septiembre de 1811. Y la entrega y enajena a doña Antonia Franceschi y Castro con un censo de 500 pesos que ahora le carga e impone 5 por ciento, que ha de entregar al patrono que es hoy o en adelante lo fuere para subvenir en parte las cargas de la implementación de 2 00 pesos que el testador mando se fincasen. Cuya casa la endosa en cantidad de 5 792 pesos, 7 reales y granos que es el monto de sus avalúos.
Sem títuloDon Juan José y doña Mariana de Ledezma, de esta vecindad, otorgan que venden, ceden y traspasan realmente en favor de don Guillermo de Espino, una casita de paredes, cubierta de madera, ladrillo y teja, ubicada en esta villa, haciendo esquina al confín de la calle que nombran de la Pila de San Cristóbal y la de Cantarranas que atraviesa al arruinado molino de don José María de Goiri, que se compone de 19 y media varas de frente que lo hace a la primera hacia oriente y del otro lado casa arruinada del difunto don Miguel Viveros; y 32 de fondo por el rumbo del poniente, por donde linda con terreno que fue de Ana González; por el costado del norte linda con el de casa y solar de doña Andrea Dorotea Hernández; y por el del sur hace otro frente a la calle de Cantarranas y del otro lado cada de los herederos de don José Francisco Rivera. Cuya deslindada casita es la misma que a expensas fabricaron sus padres don Pascual de Ledezma y doña María Antonia del Castillo, en parte de terreno que ésta adquirió por muerte de los suyos. La venta la hace por el precio de 300 pesos al contado.
Sem títuloDon José María de Goiri, de esta vecindad, otorga que vende en favor de don Juan Gil Franco, también de esta vecindad, un pedazo de solar eriazo, ubicado en esta villa, haciendo esquina en la segunda cuadra de la callejuela que nace en la de San Cristóbal, para el costado del arruinado cuartel de Santiago y otra que nace en la plazoleta de las gradas de San Francisco, para la huerta del vendedor y calle de Cantarranas; que se compone de 33 y media varas de frente, hacia el norte en la primera calle y del otro lado casa de don José Cristóbal Capetillo; y 35 varas de fondo hacia el sur, por donde linda con terreno de Pablo Romero, por donde acaba con una cuchilla que hace 4 varas, más ancho que en el frente; por el costado del oriente, linda con terreno del vendedor y por el del poniente a la otra callejuela y terreno y casita del que compra. Cuyo deslindado terreno es una remota parte del que hubo por muerte de su padre don Manuel de Goiri, quién lo compró de los bienes del difunto don Francisco Maniau, en esta villa a 11 de octubre de 1807. Lo vende en precio de 70 pesos, los cuales declara haber recibido en reales de contado.
Sem títuloDoña María Luisa de Castro y de Guevara, de esta vecindad, otorga que vende en favor de don Joaquín Fernández del Campo, residente en esta villa, una casa de edificio bajo de cal y piedra, cubierta de madera, ladrillo y teja, ubicada en esta villa en la primera cuadra de la calle que llaman Principal, con la que hace frente hacia el sur y del otro lado casa alta y baja de doña María Francisca Javiera Sáenz de Santa María e Illanes y de don Juan Francisco de Abaroa; por su fondo al norte hace otro frente y linda con el callejón que nombran de Flores; por el costado del oriente linda con el de casa también baja de don Pedro Miguel de Echeverría; y por el del poniente con el fondo de las casas altas de don José María de Goiri y del mesón que nombran de las Ánimas. Cuya casa es la misma, que con otras se le adjudicó en la división de los bienes de su difunto marido, don Mariano Ladrón de Guevara, en parte de gananciales habidos en el matrimonio. La vende por la cantidad de 8 000 pesos, de los cuales 4 000 pesos que declara haber recibido en reales de contado y los otros 4 000 que el comprador reconoce a premio de un 5 por ciento anual, con hipoteca de la misma finca, por el tiempo que sea su voluntad.
Sem títuloDon José María de Goiri, de este comercio y vecindad, otorga que vende, cede y traspasa en favor de Francisco María de Paula Andrade, también de esta vecindad, un pedazo de solar eriazo en que este tiene su casita, ubicado en esta villa, que se compone de 41 varas de frente que lo hace hacia el norte, en la callejuela que nace en el costado del cuartel de Santiago para el oriente y del otro lado terreno de los herederos de don Baltazar Nava; y 28 de fondo, al sur, por donde hace otro frente a otra callejuela confín de la que nombran de Cantarranas y del otro lado huerta y hortaliza del otorgante; por el costado del oriente, linda con terreno del mismo Goiri; y por el del poniente, con el de don Juan Gil Franco. Cuyo terreno, es una remota parte del que heredó por fallecimiento de su padre don Manuel de Goiri, quién lo hubo y compró de los bienes del finado don Francisco Maniau, por escritura pública en esta villa a 12 de octubre de 1806. Lo vende en precio de 100 pesos, que declara haber recibido en reales de contado.
Sem títuloDon José María Gómez, de esta vecindad, otorga que vende a María del Rosario Urrutia, un pedazo de terreno eriazo para fabricar que tiene en esta villa en la callejuela que nace de la pila de San Cristóbal para el costado del arruinado de Santiago, en la segunda cuadra, a la que hace frente hacia el norte con 16 y media vara, y del otro lado el solar y casa de don Mariano Antonio Nava; por su fondo al sur va a hacer otro frente al confín de la calle de Cantarrana, y del otro lado la huerta y baños de don José María de Goiri, con quien también linda por el costado del poniente; y por el del oriente con casa y terreno de don Juan Gil Franco; cuyo pedazo de terreno es el mismo que hubo y compró del citado don José María de Goiri el 13 de septiembre de 1825; y el que ahora vende en precio de 60 pesos.
Sem títuloDon Jacinto Antonio de Mora y don Joaquín de Mora, hermanos, vecino de este suelo, otorgan que venden a don José Antonio Mora, vecino de la Antigua Veracruz, cuatro casitas o viviendas, dos de madera y dos de paredes alguna parte, cubiertas de madera y teja; que contiguas todas poseen en esta villa, en la callejuela que nace de la plazuela que nombran de Garcés, al andar hacia el sur de las gradas del cementerio de la iglesia de San Francisco, y sigue para el arruinado molino hoy de don José María de Goiri, con el terreno que les corresponde, esto es al segundo 18 varas de frente; y al primero, el resto hasta la mera esquina, con el fondo que le pertenece; mirando todas al oriente, dicha calle en medio y del otro lado casa de don José Cristóbal Capetillo; y por el fondo al poniente lindan con el de la casa de José Ignacio Sánchez, vecino de Teocelo; por el costado del norte linda con solar del segundo otorgante, por donde es libre de arrimos; y por el del sur hace esquina y otro frente este costado a una plazoletita y callejuela que va a salir a la de Santiago. Cuyas deslindadas casitas hizo y reedificó el segundo, en el terreno que hubo el primero de doña Rosalía Osorio por escritura que a su favor le otorgó en esta villa a los 9 días del mes de febrero de 1788; y sobre la arruinada que hubo el segundo, por documento extrajudicial que le otorgó el difunto don Juan de Abecia, por encargo de María Antonia Valdivia. Al presente las vende en precio de 200 pesos la parte del primero, y de 600 pesos lo que pertenece al segundo.
Sem títuloDon José Mariano Domínguez, de esta vecindad, vende a doña Antonia y doña Juana Montero y a doña Rafaela Ponce, de esta vecindad, un pedazo de tierra, que hace un frente hacia el norte y tiene 18 varas, al poniente que es su fondo 73, al sur que forma una cuchilla 25, y al oriente las mismas 73, que es donde tienen fincada su casa la mencionada doña Antonia, y más hasta la orilla del arroyo primero en donde entra la casa de la segunda y de la referida Ponce. Tierra, que compró al capitán don José María de Goiri, por escritura en 1824, y ahora vende con sus entradas, salidas, usos y costumbre, libre de censo e hipoteca, al precio de 120 pesos, que tiene recibidos de contado.
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