Don Narciso José de Echeagaray, de esta vecindad, actual Administrador de Alcabalas y de las Rentas de Tabaco, pólvora, papel sellado y demás ingredientes de la Hacienda Nacional, dijo que [el 3 de diciembre de] 1822, otorgaron fianza de 2 000 pesos cada uno los ciudadanos José María de Goiri, Francisco González, José Antonio Domínguez y don José Cordera, quienes caucionaron en favor de la Renta de Tabaco. Y que teniendo que marchar Cordera fuera de la República quiere ser relevado en este compromiso; y estando conforme el citado administrador con su solicitud, deseoso de cubrir esta falta ofrece por fiador a don Francisco Fernández y Agudo, quién estando presente, se constituye fiador en favor del citado administrador de la Renta de Tabaco desde esta fecha por todo el tiempo que tuviere a su cargo, hasta por la cantidad de 2 000 pesos.
JOSÉ VICENTE DE LAS CASAS, ALCALDE TERCERODon Francisco Fernández y Agudo, de esta vecindad y comercio, dijo que don José María de Goiri le tiene conferido poder para que pueda proceder a la venta de una huerta o solar, que está ubicado en esta ciudad, en la calle que nombran del Molino Viejo, con su cerca de pared baja y unos restos de casa en el centro; sitio que tiene su frente principal de 280 varas al norte, lindando con la expresada calle; por el costado que mira al oriente mide 147 varas y linda por este rumbo con sitio y fragua del ciudadano Joaquín Benítez; por el poniente que es su otro costado tiene 75 varas y linda con la calle que va la entrada de la casa de campo de don Juan Francisco de Bárcena; y por el sur sirve de lindero el río que llaman del Molino y del otro lado tierra perteneciente a dicha casa de campo. Cuyo deslindado sitio, el comparente vende a don José Francisco Rivadeneira, en precio de 1 000 pesos, de los que se reconocerán 200 pesos a favor de don Bernabé de Elías Vallejo, por el término de seis meses, contados desde esta fecha, pagando su correspondiente premio a razón de 5 por ciento anual, exhibiendo de contado los 800 pesos, mismos que tiene recibidos el comparente. Presente Rivadeneira, señaló pagará a Bernabé los 200 pesos por resto de esta compra, y pagará el 5 por ciento de premio, ratificando por ello la hipoteca que formalizó Goiri por escritura de 14 de enero de 1825.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODoña María Luisa de Castro y de Guevara, de esta vecindad, mujer y conjunta persona de don Antonio Mancilla, con licencia expresa de su marido, otorga que ha recibido de don Mariano Rincón, actual regidor de este Ilustre Ayuntamiento Constitucional, como albacea dativo que es de la difunta María Guadalupe Durán, que falleció intestada en esta villa de donde era vecina, la cantidad de 520 pesos que por hacerle beneficio y buena obra le ha suministrado. Y se obliga a tener esta suma en calidad de depósito irregular por el tiempo de tres años, a partir de esta fecha, satisfaciéndole el premio de 5 por ciento anual. Y en favor de la testamentaria, hipoteca una casa de cal y piedra de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y teja, situada en la primera cuadra de la calle Real de esta villa, la que hace su frente hacia el sur y del otro lado casa alta y baja de doña María Francisca Javiera Sáenz de Santa María e Illanes y don Juan Francisco de Abaroa; por su fondo al norte linda con el callejón de las Flores; por el costado del oriente con el de casa baja de don Pedro Miguel de Echeverría y por del poniente con el de casa alta de don José María de Goiri. Cuya casa es una de los que le correspondieron de la división de los bienes de su finado primer marido, don Mariano Ladrón de Guevara, la que es afecta únicamente de 1 000 pesos de principal a favor de la cofradía del Señor Sacramento de esta parroquia. Además, se obliga a no vender ni enajenar hasta o esta pagado este principal y sus réditos.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon Ángel Narciso de Ochoa y Ortega, de esta vecindad, como curador ad litem de Juan Manuel, José María Julián y Pomposo Lascurain y Altamirano, menores hijos naturales del finado don Juan Melitón de Lascurain, que fue de esta vecindad, dijo que estando concluida la testamentaria del finado y habiendo recibido don Pedro José de Echeverría, curador ad bona de los mismos menores, los 538 pesos y 2 reales que a cada uno de ellos le correspondió en la cuenta de división y participación. Declara que en tal virtud pertenecen ya exclusivamente a su primer albacea y socio que fue don Bernabé de Elías Vallejo, las dos casas altas contiguas, en la calle Ancha de esta villa, haciendo una de ellas esquina a la plaza Principal, que les vendió a ambos don José María de Goiri, de esta vecindad, por escritura pública en esta villa a 25 de noviembre de 1820; quedando en su cuenta todas las cargas y pensiones con que la hubieron, así como, el reintegro de la testamentaria del finado de don Juan Esteban de Elías, de los 21 527 pesos, 7 reales y 3 cuartillas de los llenos que dejó a su fallecimiento en la hacienda de Mahuistlan [Mahuixtlán] que fue a su cargo y después al de Lascurain y Elías, don Bernabé, su socio. Y consciente el otorgante en guarda de los derechos de Elías, el que así se anote en la expresada escritura original de venta y sus copias, como el que se le libre testimonio de esta declaración y desistimiento en forma, que hace en representación de los indicados menores.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon José María de Goiri, de este comercio y vecindad, otorga que vende en favor de Ignacio Herrera, de esta vecindad, un pedazo de solar eriazo compuesto de 15 varas de frente hacia el poniente, en la callejuela que atraviesa de la de Santiago para el camino de Coatepecque [Coatepec] y del otro lado las paredes del patio del cuartel que nombran de Santiago; con 26 y 3 cuartas varas de fondo hacia el oriente, por donde linda con terreno que pertenece al vendedor; por el costado del norte hace otro frente a otra callejuela y del otro solar de los herederos de don Baltazar Nava; y por el costado del sur linda con casa y terreno de Pedro Juárez. Cuyo terreno es parte del que hubo por muerte de su padre, don Manuel de Goiri, quien lo hubo y compró de los bienes del difunto don Francisco Maniau, por escritura en esta villa a 11 de octubre de 1807. Lo vende en el precio de 40 pesos que declara haber recibido en reales de contado.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon José María de Goiri, de esta vecindad, dijo que el 13 de enero del año pasado vendió a favor de don Bernabé de Elías Vallejo, una casa de paredes, ubicada en el barrio del Molino, haciendo esquina a la calle que baja a él y a la que se dirige al arruinado cuartel de Santiago, con 16 y media varas de frente hacia el norte y 26 y media de fondo hacia el sur, por donde tiene de ancho 21 y media; por el poniente linda con terreno del otorgante, que vende al mismo Bernabé de Elías, para aumentar su casa por el costado del poniente, el cual se compone de 16 y media varas de frente hacia el norte y 30 de fondo hacia el sur; cuyo terreno a las 5 varas de norte a sur por el costado del oriente hace un martillo de 6 varas, que se introduce al patio de la casa, con 22 varas de largo, por lo que solo queda de frente y ancho en el fondo 5 y media varas, y queda éste lindando por el sur y poniente con tierras del otorgante. Lo vende en precio de 50 pesos, que declara haber recibido al contado.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon José María de Goiri, de este comercio y vecindad, otorga que vende en favor de don Pascual Ochoa, también de esta vecindad, un pedazo de solar eriazo, ubicado en esta villa, en el barrio bajo del Molino, confín de la calle de Cantarranas, que se compone de 16 varas de frente, que lo hace hacia el sur en dicha calle y del otro lado la huerta de su pertenencia, y 33 de fondo hacia el norte, por donde linda con terreno que le vendió a Pablo Romero; por el costado del oriente linda con terreno del vendedor; y por el poniente con terreno que vendió a don Juan Gil Franco. Cuyo pedazo de solar es una remota parte del que quedó por fallecimiento de su padre, don Manuel de Goiri, quién lo hubo y compró de los bienes del difunto don Francisco Maniau, por escritura pública otorgada en esta villa el 11 de octubre de 1807. Lo vende en la cantidad de 30 pesos que declara haber recibo en reales de contado.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon Juan Francisco de Abaroa, alcalde constitucional de primera denominación y juez político interino del partido de esta villa; don Juan Francisco de Bárcena, el licenciado don José Mariano Morales, don Andrés Farías, don José María de Goiri, don Francisco Badillo, don Rafael Velad, don José Antonio de Agrasar y don José Mariano Lucido, regidores; don Manuel Allén y don Juan Melitón de Lascurain, síndicos procuradores del común, quienes componen el Ilustre Ayuntamiento de esta villa; otorgan poder general a don Pedro Montes de Oca, procurador de número de la Audiencia Nacional de esta Nueva España, para que en representación del cuerpo político, lo defienda en todos sus pleitos, causas y negocios que al presente tengan o en adelante tuvieren y si es necesario parezca en juicio ante el Rey, en las audiencias nacionales y demás tribunales superiores e inferiores de ambos fueros.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINODon José Govantes, provisto intendente de esta provincia de la Nueva Veracruz, residente en esta villa, de tránsito para aquella ciudad, otorga poder especial al capitán don Pedro Antonio Nieto y a su esposa doña Manuela González de Peñalba, a los dos de mancomunidad, para que en su representación saquen de la pila bautismal y tengan en sus brazos para que reciba este sacramento el póstumo o póstuma de que se haya grávida y próxima a dar luz doña María de Jesús González Peñalba, mujer y conjunta persona del capitán don José María de Goiri, de este comercio y vecindad; que el presente otorgante desde el momento en que así lo verifiquen se da por obligado y recibido de las obligaciones y parentesco que este caso contraiga, la que se compromete cumplir como si presente se hallase y verificase en sus brazos el relacionado bautismo.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINOFrancisca Barradas, de esta vecindad, de estado libre, mayor de cincuenta años de edad, otorga que vende, sede y traspasa en favor de don Emigdio Murrieta, también de esta vecindad, una casa de paredes de edifico bajo, cubierta de madera y teja, situada en esta villa, en la última cuadra de la calle de Santiago, que se compone de 18 varas de frente hacia el norte, dicha calle en medio, y cuarenta varas hacia el sur, por donde linda y termina con el arroyo de las aguas que bajan del Molino de San Roque para el arruinado de don José María de Goiri; por el costado del oriente, linda con el de casa de don Nicolás González y por el del poniente con el de casa de Dionisio Jiménez. Cuya deslindada casa, es la misma que sus difuntos padres, fabricaron a sus expensas sobre nueve varas de terreno que poseía su señora madre de sus antepasados, y las otras nueve que hubo y compró su padre de Juan Antonio Quiroz por escritura pública que a su favor otorgó en esta villa a 29 de marzo de 1780. La vende por la cantidad 400 pesos, ciento de ellos, que le ha dado en el valor de una casita de madera revocada en terreno propio don José María de Goiri, en el barrio del Molino y los 300 restantes en reales de contado.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO