El gobernador, alcaldes, regidores, común y naturales del pueblo de Xilotepec, arriendan a don Pedro Farfán de los Godos, Teniente Provincial del Real Tribunal de la Acordada de esta jurisdicción, la tierra o sitios que hace muchos años ocupan la casa, trojes y demás oficinas que tiene fabricadas en las tierras de la pertenencia de los otorgantes, en el Paraje que nombran de la Banderilla de esta jurisdicción, entendiéndose que la tierra que ha ocupado y ocupa hasta el día, desde la casa de pared propia del arrendador don Pedro Godos, hasta la casa de Isidro García, para abajo con el banco de herrador, trojes y oficinas de enfrente, y por el lado de arriba con don Mateo González. Las arrienda en precio de 7 pesos 6 reales que hasta esta fecha les ha dado y deberá de darles en lo sucesivo.
Don Pedro Farfán de los Godos, vecino y del comercio de las inmediaciones de esta Villa, se obliga a pagar a don Antonio Guillén, de esta misma vecindad y comercio, la cantidad de 1,500 pesos en el término de 3 años, con sus correspondientes réditos del 5% anual, y como seguro de la deuda hipoteca una casería con todas sus oficinas de banco de herrador, fragua, tienda, pulpería y demás enseres y ganado vacuno y caballar, que posee en el paraje que nombran la Banderilla, todo lo cual fue construido a sus expensas en terreno perteneciente a la República de Naturales del pueblo de Xilotepec y a quienes pagó anualmente su arrendamiento.
Don Pedro Farfán de los Godos, vecino del paraje de la Banderilla, Jurisdicción de Xalapa y residente en esta Villa, otorga poder general a don José Joaquín Martínez, para que lo represente, defienda y demande en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles, criminales y eclesiásticos que tenga con cualquier persona.\t
Don Pedro Farfán de los Godos, vecino de esta Villa, debe y se obliga a pagar a don Diego Leño, de esta misma vecindad, la cantidad de 4 100 pesos en efectivo de oro común en la parte y lugar que se lo pidan, según auto del 29 de agosto último que proveyeron los señores diputados del Real Tribunal del Consulado de la Nueva Veracruz, relativo a la sentencia pronunciada por el mismo tribunal el 21 de marzo del presente, en que se condenó al compareciente al otorgamiento de la escritura de paga de la referida cantidad, resultado de la compañía de comercio que tenían ambos en el paraje nombrado La Banderilla. Como seguro de la deuda hipoteca una casa de edificio bajo, ubicada en la calle del Calvario.
Don Pedro Farfán de los Godos, de este comercio y vecindad, don Ramón [María] de Villalba, provisto Juez Subdelegado de esta Villa, a cuyo efecto se le pide fiador de residencia en el tiempo que ejerza su empleo y de las cajas de comunidad en indeterminada cantidad que maneje, y debido a que el otorgante no puede presentarse en la Ciudad de la Nueva Veracruz para otorgar escritura en forma, da poder especial a don Francisco de Emparan, vecino de la Nueva Veracruz, para que lo obligue como fiador del dicho Villalba, en los expresados objetos de cajas de comunidad en indeterminada cantidad y de residencia.
Doña María Francisca y doña María Magdalena Farfán de los Godos, hijas y herederas de don Pedro Farfán de los Godos y de doña María Desideria de Nava, difuntos; la primera casada con el Coronel don José Durán, con licencia marital y la segunda, doncella mayor de edad y libre de tutela y curatela, ambas vecinas de Banderilla; dijeron que don Manuel Nava y Mota, por encargo del citado su padre don Pedro Farfán de los Godos, compró a María Guadalupe Abrego, un pedazo de solar con unas paredes de cal y canto, situado en esta ciudad, en la calle de Santiago en cantidad de 300 pesos, por escritura de venta otorgada en esta ciudad el 9 de junio de 1806. Dicha compra fue porque en aquella época pensaba Pedro Farfán residir en este suelo, pero que ausentándose éste, don Manuel Nava ocurrió con María Desideria de Nava para entregar la escritura del solar, quién le contestó que su marido había pensado mudar de vecindad y que no necesitaba ya el referido solar, que podía quedarse con el solar por el mismo precio en que lo había comprado; a cuyo efecto le otorgó un recibo extrajudicial del valor de dicho fundo, mientras regresaba su esposo para que le otorgase la escritura de venta, pero no habiendo tenido esto verificación por la muerte de ambos consortes. Y las comparecientes estando seguras y satisfechas del caso y de que sus padres han percibido ya el importe del referido solar y paredes, por la presente otorgan que venden en favor de don Manuel Nava y Mota, un solar con unas paredes de cal y canto, situado en esta ciudad en la calle de Santiago, que se compone de 27 varas de fondo y 13 de frente éste a dicha calle; por la banda del sur con casa de los herederos de José Antonio Márquez; y por el fondo hacia el norte con solar que fue de Eugenia Rivera y hoy es de los herederos de don Miguel Mejía; por la banda del poniente linda con casa y solar de los herederos de don Juan Alonso de Castro; y por el oriente con casa de María Guadalupe Abrego. Cuyo solar y paredes, la hubo el finado su padre del modo que queda antes se dicho arriba; y es el mismo el que ahora venden libre de todo gravamen en precio de 300 pesos.
ANTONIO VIAMONTE, ALCALDE CUARTO CONSTITUCIONALDon Antonio Guillén, de este comercio y vecindad, ha recibido de don Pedro Farfán de los Godos, la cantidad de 1 500 pesos y sus réditos, cuyo capital es el mismo que le suplió a Godos y del que le otorgó escritura de obligación el 24 de diciembre de 1805, con hipoteca de una casería con todas sus oficinas, banco de herrar, fragua, tienda pulpería y otros enseres, ganado vacuno y caballar que posee en el paraje de la Banderilla, a legua y media de distancia de esta Villa, fabricado todo a sus expensas en terreno que pertenece a los indios de Jilotepec, cuya escritura por la presente cancela.
Doña María Brígida Castro, de esta vecindad, mayor de edad, viuda y albacea de don Manuel Nava y Mota, dijo que don Bernardo Sayago, de este comercio, por hacerle bien y buena obra le franqueó 272 pesos en moneda de plata para acudir al fomento de una platería en que trabaja Patricio de la Trinidad de Nava y Castro, hijo de la comparente, y para el pago de una deuda que el mismo Patricio tiene contraída, cuya cantidad ha de ser satisfecha en el término de un año contado desde esta fecha, sin premio alguno, debiendo hipotecarse para la seguridad del pago 3 casitas que en el tiempo que la relacionante permaneció casada con su difunto esposo, labraron ambos en un solar que les vendió don Pedro Farfán de los Godos, cuya escritura por muerte de éste formalizaron sus hijas, doña [María] Francisca y doña [María] Magdalena [Farfán de los Godos], en esta ciudad a 23 de mayo de 1823. Por lo cual, doña Brígida Castro otorga que se obliga a pagar a don Bernardo Sayago, la relacionada cantidad en el plazo de un año a partir de esta fecha, con hipoteca de las referidas casas.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICODon Pedro Farfán de los Godos, vecino de la Villa de Xalapa, otorga que ha recibido del señor Diputado, don Francisco Javier de Santa María, de esta vecindad y comercio, la cantidad de 1 000 pesos, los cuales se obliga a cubrir en el plazo de un año, con causa de réditos del 5% anual y la hipoteca de la casa ubicada en la Calle del Calvario, y otra que posee en el lugar que llaman la Banderilla. Además declara que debe a don Diego Leño, de esta vecindad, la cantidad de 4 100 pesos, la que deberá pagar en varios plazos cortos, y el más inmediato hoy día de la fecha por la cantidad de 2 050 pesos, a cuyo seguro celebró hipoteca de la mencionada casa del Calvario, cuyos 1 000 pesos destinará para este fin.
Doña María Magdalena Farfán de los Godos, vecina del paraje nombrado la Banderilla, en la doctrina del pueblo de Jilotepec, de este cantón, mujer legítima de don Pedro Elías Bean, ausente en Nacogdoches, tierra muy adentro de esta Federación, de quien tiene licencia, otorga que ha recibido de don Luis García Teruel, dueño de la hacienda de Lucas Martín, la cantidad de 600 pesos que por hacerle beneficio y buena obra, le ha suministrado en reales en efectivo, los que por ser en su poder le ha otorgado recibo en forma, los cuales se obliga entregar en tiempo de dos años con su permitido premio de 5 por ciento; para asegurar el paso de la deuda hipoteca la casa de su habitación, ubicada en el paraje nombrado la Banderilla, que es de paredes cubierta de madera y teja, sobre terrenos que pertenecen al pueblo de Jilotepec, la que le ha sido adjudicada y transferido su dominio por sus dos hermanos, sus coherederos, y es la que edificaron sus padres don Pedro Farfán de los Godos y doña María Desideria de Nava, difuntos.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO NACIONAL