Don Cayetano Gándara, como cabezalero de su difunta esposa doña Antonia Amaya, de acuerdo a su declaración testamentaria y diligencias que obran originales al fin del registro del año pasado de este oficio, dijo que para hacer varios pagos de la testamentaria de su cargo y cumplir las disposiciones de su esposa; otorga que vende, cede y traspasa en favor de Juliana Alarcón, de esta vecindad, una casita de paredes de cal y piedra de edificio bajo, cubierta de ladrillo, madera y teja, situada en esta villa, en el callejón que nombran de la Cerbatana o ya sea de las Bochas de Arrieta, a el que hace su frente hacia el norte con 7 y una tercia de varas, y del otro lado con solar de la casa de don Pedro Telmo Landero y González, y 15 y tres cuartas de fondo hacia el sur por donde linda, como por el costado del oriente, con la casa mortuoria y otra chica de la referida esposa doña Antonia Amaya, y por el costado del poniente con el de accesorias de los herederos de doña María Ignacia Guevara. Cuya deslindada casita, es una de las dos que, desde cimientos levantó don Antonio Gomila, primer marido de la referida Amaya, en parte del terreno que, por un documento extrajudicial que obra agregado al título de la citada casa mortuoria, hubo del difunto don Francisco Javier Sáenz de Santa María, regidor que fue de este Ilustre Ayuntamiento, su fecha en esta villa a 4 de octubre de 1801. La venta la hace por la cantidad de 500 pesos en reales de contado.
UntitledDon Cayetano Gándara, de esta vecindad, viudo, albacea y uno de los herederos de doña Antonia Amaya, otorga que vende, cede y traspasa en favor del presbítero don José Policarpo Rodríguez, de esta vecindad, una casita de paredes de cal y piedra, cubierta de madera, ladrillo y teja, situada en esta villa, haciendo esquina en el callejón que nombran de la Cerbatana o de las Bochas y a otro que a mitad de éste nace hacia el sur y camino para los Ingenios barrio de Berros, que se compone de 8 y 2 tercias varas de frente, que hace al primero hacia el norte y del otro lado solares de la casa de don Pedro Telmo Landero y González y del finado Pedro Rafael del Moral, y 16 y 2 tercias de fondo hacia el sur, por donde linda con el de la casa principal de Antonia Amaya y acaba con 6 y 3 cuartas varas de ancho, por el costado del oriente hace el otro frente al otro callejón citado, y del otro lado, unas paredes y huerta de la misma especie, que el otorgante vendió a Juliana Alarcón, en 1821. Cuya deslindada casita, es una de las que fabricó desde cimientos el finado don Antonio Gomila, primer marido de Antonia Amaya, en terreno que compró al regidor don Francisco Javier Sáenz de Santa María, por un documento extrajudicial con fecha de 24 de octubre de 1801. La vende por la cantidad de 330 pesos, libres en reales de contado.
UntitledDon Rafael Pensado y Barradas de esta vecindad y comercio, otorga que ha recibido de don José Bernardino Alcalde, la cantidad de 2 000 pesos en moneda corriente, y en consecuencia se obliga a satisfacer dicho capital, así como los premios que tienen pactados en la forma que aparecen en el papel de condiciones, agregado a este registro. Y para seguridad del referido capital y de sus premios, el comparente en consorcio de la señora doña María Margarita Barradas, su madre y albacea del finado don Cipriano Pensado y Navarrete, hipotecan una casa propiedad de la testamentaría de Cipriano, ubicada en esta ciudad de Xalapa en la calle de Alba, a la que hace su frente al poniente formando esquina y otro frente por el sur con el callejón de la Cerbatana o Bochas y del otro lado casa de don Juan de Bárcena, lindando por oriente que es su fondo con casa de don Pedro Telmo Landero y González, y por el costado del norte con casa que pertenece al tercer orden de San Francisco, y la cual se obligan a no vender ni disponer de ella entretanto no este cubierto el referido crédito y sus premios.
UntitledDoña María Josefa de Bausa Álvarez Campana, viuda del finado Licenciado don Pedro Telmo Landero y González, vecino que fue de Veracruz; y don Manuel María Landero y Bausa, mayor de veinticinco años e hijo de los nominados. La primera como albacea de su difunto esposo, tutora y curadora adbona de sus hijos, y el último como curador ad litem sus sobrinas doña María de los Dolores, doña María Josefa y doña María de la Bella González y Landero, hijas de los finados don Manuel González de la Vega y doña María de la Luz Landero. Los comparentes dijeron que teniendo que practicar gestiones en la Península Española sobre intereses pertenecientes a los mencionados difuntos, y no siéndoles posible a los comparentes trasladarse a aquel país, por lo cual, otorgan poder a don Rosendo Lagoa y González, residente en Cádiz, en segundo lugar a don José María Pastor, y en tercero a don José Joaquín Micon, residentes en Gibraltar, a los tres junto de mancomún, y cada uno para que a nombre y en representación de los comparentes, derechos y acciones, y como tales albaceas y curadores, pongan al corriente y recojan los intereses que existen en la montaña, perteneciente a don Manuel González de la Vega y de la pertenencia del finado don Pedro Telmo Landero, que se hallan en Galicia, en la villa de Bayona y en el valle de Miñón, así como los demás bienes que le puedan pertenecer. Asimismo, prosigan el juicio pendiente sobre la testamentaria de doña Victoria Landero, de villa de Bayona en Galicia, y puedan administrar todos los bienes recaudados que pertenezcan a los mencionados finados Landero y González de la Vega, con las condiciones que por bien tuviere.
UntitledDoña María Josefa, doña María Micaela y doña María Francisca González y Guevara, de esta vecindad, de estado honestas, hermanas enteras, mayores de veinticinco años de edad; dijeron que el finado don Cipriano Pensado, celebró compañía de intereses con don Lucas Lagunes, en una tiendecita tlapalería en la plaza Principal de esta villa, con corto principal al cargo y dirección del segundo. Dicha negociación produjo utilidades, de las que fue usando Lagunes en la compra de dos casitas y un solar con tres chocitas. Suministrando Lagunes en partidas cortas a las otorgantes para su sustento diario hasta la cantidad de unos 3 000 pesos. Antes de morir Pensado solicitó a Lagunes rendición de cuentas de la negociación. Por su parte, Lagunes hizo manifestación de todo a su socio a quién le ofreció el término de la compañía y entregarle vendida en 4 000 pesos, la casa que adelante se menciona, a cuya compra estaba comprometido Lagunes con las otorgantes por la suma que con este objeto les había suministrado. Al fallecer Pensado, se suscitaron diversos problemas con las dos casitas de Lagunes, en efecto vencidos todos los obstáculos, convencidas las otorgantes de cumplir con lo pactado y para que éste también cumpla lo ofrecido por el término de la compañía; por la presente otorgan que venden, ceden y traspasan en favor de la viuda e hijos de Cipriano Pensado y Navarrete, una casa de paredes, de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y teja, situada en esta villa, en la primera cuadra de la calle de Alba a la que hace su frente al poniente y del otro lado con casa que poseen los herederos de doña Ana Petra Borja de Espinosa, haciendo también esquina y otro frente por el costado del sur con el callejón de la Cerbatana o ya sea de las Bochas de Arrieta y del otro lado con casa de los herederos del finado don Juan Francisco de Bárcena; por el fondo del oriente linda con solares de la casa de don Pedro Telmo Landero y González; y por el costado del norte con el de casa que pertenece al Tercer Orden de San Francisco de esta villa. Cuya finca la hubieron, entre otras, por muerte de sus padres, quiénes la fabricaron a sus expensas en terreno propio. La venden en la cantidad de 4 000 pesos, en los términos que se mencionan en el acta.
UntitledDon Clemente Couso, Guarda de la Real Aduana, otorga poder general a don Pedro Telmo Landero y González, Abogado Promotor Fiscal de la Real Hacienda y Cajas de Veracruz, para que en su nombre demande, reciba y cobre a cualquier persona o comunidades de manera judicial o extrajudicial, todas las cantidades de dinero, frutos, géneros, efectos, mercaderías y demás bienes que le deban.
Don Dionisio Camacho, de esta vecindad, apoderado de doña María Trinidad Bezanilla de Cotarro, viuda de Miguel Cotarro, dijo que la susodicha es dueña de una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, ubicada en esta ciudad, en la calle que de la segunda Principal separa la de San Francisco de Paula, con su frente al norte, lindando por el costado del oriente con casa que fue de don Tomás Antonio Franco y hoy es de la testamentaria de don Pedro Telmo Landero y González, y por el costado del poniente linda con casa que hoy posee doña Juana María Josefa Gómez de Estrada, esposa de don Fernando de Cubas, y por el fondo, que es el sur, linda con casa del Tercer Orden de San Francisco y con solar que poseyó el referido Franco. Cuya deslindada casa, doña María Trinidad Bezanilla hubo como bienes del finado su esposo, quien la compró a don Francisco Javier Sáenz de Santa María, como apoderado de Joaquín Freiria, y hoy vende a don Manuel María Carasa, hacendado de este cantón, en precio de 2 575 pesos.
UntitledEl licenciado don Pedro Telmo Landero y González, natural de la villa de Bayona en el reino de Galicia, hijo legítimo de don Manuel Landero y de doña Rosa González Nandin, ambos difuntos, estando enfermo en cama, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara estar casado con doña María Josefa de Bausa Álvarez Campana, quien trajo a esta alianza 1 300 pesos, y de cuyo matrimonio cuentan como hijos legítimos al coronel don Pedro Antonio, don Francisco, doña María de la Luz, don José Juan de Dios, don Manuel María, don Antonio María y doña Ana María Landero y Bausa, siendo de advertir que el segundo y la tercera fallecieron siendo casados, dejando aquel por sucesión una niñita llamada Victoria que existe con su madre doña María Antonia Cantero, en la ciudad de Tarifa en el reino de Andalucía; y la tercera dejó tres niñas que existen a su lado en compañía de su familia, lo que así declara para que conste. Declara por sus bienes tres casas que posee en la villa y plaza de Bayona y unos pedazos de tierra en el valle de Miñor; así como lo que exista de otras herencias directas e indirectas en poder de don Rosendo Lagoa y González, o de su prima doña María Pascuala González Nandin, viuda de don José Francisco Portela, a cuyo poder le pide pasen los producidos de las tres casas y terrenos antes citados, que es su voluntad se enajenen los más pronto posible, para que se aumenten a la masa de sus bienes, con la deducción de 2 000 pesos que encarga se inviertan en comprar una casita para su nieta Victoria. Es su voluntad para que del quinto de sus bienes se separen 1 000 pesos y se impongan a premio corriente sobre su casa de Veracruz para una memoria de veinticinco misas rezadas que se aplican anual y perpetuamente a la Santísima Virgen de la Luz en bien de su alma, las aplicará por sí o mandará aplicar el presbítero don José María Fernández, individuo de la congregación de San Felipe. Nombra albacea en primer lugar, a su esposa doña María Josefa de Bausa, en segundo a su hijo el citado coronel don Pedro Antonio Landero, y en tercero a su hijo político don José María Pastor, vecino y del comercio de Veracruz. Nombra como herederos a sus hijos don Pedro Antonio, don José Juan de Dios, don Manuel María, don Antonio María y doña Ana María Landero y Bausa, con sus nietos en representación de sus padres difuntos don Francisco y doña María de la Luz, sus hijos.
UntitledDoña María Josefa, doña María Micaela y doña María Francisca González y Guevara, de esta vecindad, hermanas, de estado libres, mayores de veinticinco años de edad, otorgan que venden, ceden y traspasan realmente en favor del presbítero don José Policarpo Rodríguez, vecino de esta villa, dos accesorias contiguas, sin patio, ubicadas en esta villa, en el callejón que nombran de la Cerbatana o de las Bochas de Arrieta, que atraviesa de la calle de Alba a la de San Miguel, cuyas dos accesorias se componen de 18 y media varas de frente hacia el norte en dicho callejón y del otro lado corral o fondo de la casa del licenciado don Pedro Telmo Landero y González; y 7 varas de fondo al sur por donde lindan con el de la casa panadería de don Antonio Gomila y otra de don Pedro Martín del Puerto Vicario; por el costado del poniente linda con casa de los herederos de don Juan Francisco de Bárcena, que le vendieron las otorgantes; y por el del oriente linda la otra con otras accesorias que les quedan a las vendedoras. Cuyas accesorias las heredaron de sus difuntos padres. La venta la hacen por la cantidad 450 pesos en reales de contado.
UntitledJuliana Alarcón, de esta vecindad, de estado libre, otorga que vende, cede y traspasa en favor del presbítero don José Policarpo Rodríguez, también de esta villa, una casita de paredes, de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y teja situada en esta villa, en el callejón que nombran de la Cerbatana o de las Bochas de Arrieta, que se compone de 7 y tercia de varas de frente hacia el norte, dicho callejón en medio, y del otro lado, solar de la casa de don Pedro Telmo Landero y González, y 15 y tres cuartas varas de fondo hacia el sur, por donde linda con el de la casa panadería que fue del finado don Antonio Gomila, por el costado del poniente, linda con el de unas accesorias de las herederas de don Francisco González, y por el del oriente, con el costado de otra casita del comprador. Cuya deslindada finca es la misma que hubo y compró de don Cayetano Gándara por escritura otorgada, en esta villa a 12 de septiembre de 1821. La venta la hace por 400 pesos en la condición que se menciona en el acta.
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