Don Juan Bautista Priani, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, residente en esta villa, emigrado de aquella ciudad por las hostilidades entre ésta y el Castillo de San Juan de Ulúa, dijo que el primero de julio de 1819 otorgó su testamento en dicha ciudad, en el que nombró por albaceas a don Francisco Antonio de la Sierra y don Manuel de Villa y Gibaja, quienes antes del rompimiento de los fuegos emigraron para España. En cuya virtud, otorga que revoca el dicho nombramiento de albaceas y nombra en su lugar a su esposa doña María Josefa de Salas de Priani y a sus dos hijas mayores, doña Guadalupe y doña María Josefa Priani y Salas. Asimismo, por el considerable quebranto que han sufrido sus bienes, revoca las cláusulas que tratan de un legado de 1 000 pesos para el hospital de San Sebastián de aquella ciudad y de la fundación de una capellanía con el principal de 3 000 pesos, para que del mismo modo no valgan. Dejando todo lo demás de dicho testamento en su fuerza y vigor con el tenor de este codicilo.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon José Gregorio de Cosío, Clérigo Presbítero, ex jesuita, natural de la ciudad de la Nueva Veracruz, residente en esta Villa, hijo legítimo de los difuntos don Juan Domingo de Cosío y doña Catarina de Soto Guerrero, otorga su testamento donde declara no tener bienes, a excepción de lo que adquirió durante el tiempo en que estuvo en Roma a fuerza de su economía, de las limosnas que recibió por misas que fueron noventa y un lugar de monte llamado San Pedro. Ordena se finquen tres capellanías de misas diarias, que en dicha ciudad de Roma corre con ellas su apoderado, el Presbítero don Lorenzo Conti, nombrando a éste como albacea para que éstas no se pierdan y para que su apoderado pueda fincarlas, dándole todo el poder que se requiera para que nombre por patronos y haga los llamados de capellanes que le parezcan, prefiriendo a don Juan Antonio Nava, a don Javier Martínez y a don Francisco Bernárdez, todos presbíteros ex jesuitas, los dos primeros residentes en Roma y el tercero en Cádiz, para que los destine en beneficio del alma del otorgante, de las de sus hermanos don Manuel Joaquín y don Francisco Antonio Timoteo de Cosío y de su demás familia, como también para ayuda de la celebridad del Santísimo Patriarca Señor San José y de Nuestra Señora del Rosario en la Iglesia de Santa María del Sufragio en dicha ciudad de Roma. Nombra como albacea a doña Ana María de Cosío, mujer legítima de don Manuel de Villa y Gibaja, vecinos de la Nueva Veracruz, en cuya casa y a sus expensas vive el otorgante.
Don Manuel Gil y Cosío, natural de la Nueva Veracruz, vecino y de su comercio, hijo de los difuntos don Andrés Gil de la Torre y de doña María Josefa Cosío, otorga su testamento, donde declara que a las mandas forzosas se dé la limosna de 500 pesos, es casado con doña María del Pilar Camargo, quien no llevó nada al matrimonio, procrearon dos hijos que ya son difuntos, deja una memoria en poder de su esposa, ordena que de sus bienes se den a su hermana política doña Agustina Camargo 3 000 pesos por vía de donativo gracioso, nombra albaceas a su esposa doña María del Pilar, don Francisco Emparan, y a don Manuel de Villa y Gibaja, ambos de la Nueva Veracruz, nombra heredera universal a su esposa.
Don Francisco de Ávila, Capitán retirado del Regimiento de Infantería de la Nueva España, dijo que por fallecimiento de su padre el Bachiller don José de Ávila se siguieron autos de su testamento en la ciudad de Veracruz pero, él todavía no ha recibido lo que le corresponde de paterna, por lo que el albacea de su padre, don Manuel de Viya y Gibaja, le prestó la cantidad de 754 pesos, mismos que se obliga a pagar en un término de 3 años, contados desde esta fecha, para seguridad de esta deuda, hipoteca una casa alta y baja de piedra y madera cubierta de azotea, situada en la segunda calle de la Merced, haciendo esquina con la de Chafalonía, de la que se compromete a no vender, enajenar ni hipotecar hasta que la deuda este pagada.
Don Sebastián de Aguirre, de este comercio y vecindad, que en uso del poder especial que don Manuel de Villa y Gibaja, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz le confirió, otorga que vende a favor de don Juan Lucas de Olavarrieta, actual Prior del Real Consulado de Veracruz, una casa del cal y piedra, de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y azotea, situada en la Calle de la Amargura a la que hace su frente al oriente, y del otro lado el costado de la Iglesia Parroquial, por su fondo al poniente linda con el costado de la casa del finado don Juan de Bárcena; por el costado del sur con casa de don Alonso Gatica, Cura que fue de esta Villa, y por el del norte con casa alta que fue de don Juan Bautista Lotina. La vende por precio de 3500 pesos.
Don Manuel de Villa y Gibaja, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, residente en esta Villa, otorga poder general a don Francisco de Acha y Gorostizaga, vecino de la Puebla de los Ángeles, para que demande, perciba y cobre judicial y extrajudicialmente de cualquier persona y de quien más haya lugar las cantidades de dinero que le adeuden a la fecha y debiesen en adelante. Asimismo, se lo confiere especial para la cobranza de los réditos que vayan devengando los 3 000 pesos que el año pasado enteró en la Real Caja de Consolidación, correspondiente a la Capellanía que fundó en consorcio con su esposa doña Ana María de Cosío, y disfruta en el día su hijo mayor, residente en los reinos de Castilla.
Don Pablo Martín Jáuregui, residente en esta Villa, vende a don Manuel de Villa y Gibaja, vecino y del comercio de la Veracruz, una casa baja de piedra, cubierta de azotea, con el sitio que le pertenece, la cual linda al poniente con la Calle de la Amargura, haciendo frente al oriente con la iglesia parroquial y dicha calle en medio, al norte con casa de don Juan Bautista Lotina, al sur con casa del Doctor don Manuel de Olmedo y Araciel que vendió al presbítero don Alonso Gatica, y por su fondo al poniente linda con solar de la casa que fue de don Juan Ricardo de Guzmán y hoy es de don Juan de Bárcena. La vende en la cantidad de 4 500 pesos.
Don Domingo Juan de Zulueta, de esta vecindad, otorga poder a don Manuel de Villa y Gibaja, vecino de Cádiz, en la Península Española, para que en nombre y en representación de su persona, deudas, derechos y acciones, cobre la cantidad de pesos que le legó su tío don Francisco Antonio de Zulueta, de lo que percibiera y cobrare, entregue carta de pago y demás documentos necesarios. Le confiere éste, con libre y general administración con facultad, con facultad de enjuiciar, jurar y sustituir.
JUAN JOSÉ PAZ, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon Juan Francisco López, de estado soltero, hijo legítimo de los difuntos don Francisco López y de doña Josefa del Diestro, vecinos que fueron del lugar de [Santa Cruz de] Bezana, Jurisdicción de la Abadía de la Ciudad de Santander, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, residente en esta Villa, otorga su testamento y ordena que de sus bienes se den 2 000 pesos entre los pobres vergonzantes y familias necesitadas de Veracruz; 4 000 para el sustento y curación de los pobres enfermos del Hospital de San Sebastián de dicha ciudad; asimismo dispone que se envíen 2 000 pesos a la Villa de Ixtlahuca, para que sean invertidos en bien público del vecindario; dona 2 000 pesos para la fábrica del Convento de San José de Gracia de Orizaba. Por otra parte, declara que se den 2 000 pesos a cada una de sus tres primas, vecinas del pueblo de Tepozotlán, Arzobispado de México; manifiesta que si al tiempo de su fallecimiento tuviere algún esclavo, le den su absoluta libertad. Nombra como albaceas y herederos a don José Ignacio de la Torre y a don Manuel de Villa y Gibaja, del comercio de la Nueva Veracruz.
Doña María Francisca de Iriarte y Alba, de esta vecindad, mayor de edad, viuda del finado don Juan Lucas de Olavarrieta, dijo que su citado esposo la nombró junto con su difunto hermano don José Miguel de Iriarte, por sus albaceas testamentarios, fideicomisarios y tenedores de sus bienes, y solo a ella como tutora y curadora de sus cuatro menores hijos don Francisco de Paula Fructuoso, doña Juana Emeteria, don José Miguel Antonio del Águila y don Ramón Cristóbal de Olavarrieta e Iriarte. Dicho cargo le fue discernido por el señor alcalde de cuarta nominación en dicha misma ciudad el 10 de enero de 1833, después de estar concluida la testamentaria de su citado finado esposo, bajo la cuenta de división y partición que formó y presentó al juzgado el licenciado don Manuel Fernández Leal, en 20 de octubre de 1832. Por lo antes mencionado, la comparente otorga que a nombre de la testamentaria que representa y de sus menores hijos, adjudica en pago de deuda la casa de la morada que fue de su difunto esposo, la cual está situada en la primera cuadra de la calle de la Amargura, haciendo su frente al oriente, dicha calle en medio, y del otro lado el costado de la iglesia parroquial, por el poniente que es su fondo linda con el segundo patio de la casa que fue de Murphy, y hoy es del señor General don Manuel Rincón, por el sur con casa baja de don Ignacio Sánchez y por el norte con alta del finado don Juan Bautista de Lotina y Erdicoa, que sirvió de casa de correos. Declara que dicha casa fue puesta en pública subasta, pero no se remató por no haber postor, conviniendo de esta forma con el señor Portilla, como acreedor de la deuda de 3 290 pesos 7 y medio reales, en que solo se le paguen 1 800 pesos, adjudicándole la casa por 4 000 pesos, y que los 2 200 restantes él los satisfará por mesadas de a 60 pesos que comenzarán a contarse desde enero del presente año. Cuya casa la hubo y compró su finado esposo a don Manuel de Villa y Gibaja, vecino que fue de la nueva Veracruz, venta que verificó don Sebastián de Aguirre en virtud de poder que al efecto le otorgó aquel, como consta en escritura que en favor de Olavarrieta entregó el citado Aguirre en 23 de abril de 1818. Casa que Gibaja, compró a don Pablo Martín de Jáuregui, y es la misma que ahora adjudica al mencionado don Luis de la Portilla, libre de hipoteca y la asegura al precio de 4 000 pesos.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO