Doña María Antonia y doña María Josefa Borja, viuda la primera de don José Sánchez, y la segunda de don Francisco Vidal, ambas de esta vecindad, venden una casa de cal y canto de edificio bajo, cubierta de madera y tejas. Situada en esta ciudad, en la esquina que llaman de San Juan Nepomuceno, que agarra dos calles, una nombrada actualmente Tercera San Francisco de Paula, y es la misma que antes se nombraba de San Juan Nepomuceno, y la otra de la Acequia, lindando por el sur, calle en medio, con el pasamano que va para el cuartel del vecindario, por el oriente con casa de don Manuel Tavera, por el occidente la calle de la Acequia, de por medio con la de don Francisco Peña, y por el norte con la espalda de la de don Diego Briseño. Casa que está construida en sitio propio, compuesto de 20 varas y una tercia de frente y 17 y media de fondo, misma que las otorgantes heredaron por muerte de don José Antonio de Borja, su padre, quien a su vez la heredó de doña María de Jesús Acosta, madre de éste último, y hoy venden a don Pascual Ruiz Olivares, en precio de 540 pesos.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANO PÚBLICOEl Licenciado don Ramón María Terán, de esta vecindad, dijo que Francisco Figueiras, de esta misma vecindad, otorgó el 23 de febrero de este presente año, un poder a favor del otorgante para que siguiese y finalizase el expediente promovido sobre aprehensión de 120 camisas de Cambray bordadas y 5 cajas de oro; cuyos autos se hayan en el Tribunal Superior de Justicia de este Estado, por apelación que interpuso don Juan Villalba y socios, interesados en dicho negocio, existiendo en los propios autos la copia del referido poder, que tiene todas las facultades precisas para el desempeño de ese negocio y entre ellas la de poder sustituir, y usando de dicha facultad el Licenciado don Ramón María Terán otorga que sustituye en la persona de don Manuel Tavera, en los mismos términos que lo haría el comparente.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODon José Manuel Posada, labrador en esta jurisdicción, residente en esta villa de Xalapa, otorga poder general a don José Antonio Lasa, vecino y del comercio de esta villa, para que en su representación demande, perciba y cobre judicial o extrajudicialmente todo lo que le deban; para que de todo cuanto en virtud cobrare otorgue recibos, cartas de pago y demás documentos que le fueren pedidos. Y también le confiere poder especial para que conteste a la demanda que le ha prómovido don Manuel Tavera, en el Juzgado del Juez del Partido, sobre liquidación de cuentas de una partida de ganado vacuno que giró en compañía con él. Y para que lo defienda en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles o criminales, eclesiásticas o seculares.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINOJuan Bautista de Garaicoechea, de este comercio y vecindad, dijo que por cuanto a don Manuel Tavera, de esta vecindad, le ha conferido el Tribunal Nacional del Consulado de Veracruz, el destino de recaudador del ramo del peaje en este departamento, que estuvo vacante por fallecimiento de don Manuel de Baena; y restando solo para tomar posesión del destino, prestar la fianza que se le exige de 1 000 pesos; y queriendo hacerle este servicio; otorga que se constituye fiador y principal pagador por el mencionado provisto colector del peaje don Manuel Tavera, en tal manera que este cumplirá con las obligaciones que le incumben.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINODon Antonio Cagigas y don Carlos Arias, de esta vecindad y comercio, dijeron que por cuanto el difunto don José Antonio Tavera, quien también fue de esta vecindad, hizo contrata ante el Ilustre Ayuntamiento para todos los bagajes que se necesitan para los militares que transitan desde esta Villa hacia Perote y Veracruz, bajo 17 condiciones que corren en el expediente formado al efecto y con las modificaciones que a ellas puso la Superioridad del Señor Virrey. Pero el contratista ha fallecido antes de obtener la superior aprobación del remate que al intento celebró, los hijos de éste, don Francisco y don Manuel Tavera, han querido abrazarla en los términos que su padre la estableció y habiéndoseles concedido por parte del mismo Ilustre Ayuntamiento, los otorgantes se constituyen como sus fiadores y principales pagadores en la expresada contrata.
El licenciado don Ramón María Terán, apoderado legítimo de don Manuel y doña María del Carmen Tavera, hermanos, dijo que por parte de don Francisco Badillo como albacea de su tío don Mateo Badillo fueron demandados los comitentes del relacionante por cantidad de 2 600 pesos 6 y 7 octavos reales por deuda que en su vida contrajo don José Antonio Tavera, padre de los nominados don Manuel y doña Carmen, a favor de don José Antonio de la Peña, con hipoteca de una casa propia de dicho finado deudor, ubicada en esta ciudad a la calle de San Francisco de Paula. También, dijo que el expresado don José Antonio de la Peña endosó dicha escritura a favor del enunciado Mateo Badillo; y que, al no existir más bienes del finado deudor don José Antonio Tavera, más que la casa mencionada, el presente comparente como apoderado de los señores Tavera junto con don Manuel Martínez como representante de Francisco Badillo, se convinieron en conciliación extrajudicial ceder la repetida casa valuada en 1 000 pesos. Y debiendo formalizar dicha cesión a instrumento público, el nominado licenciado don Ramón María Terán otorga que a nombre de su comitentes don Manuel y doña María del Carmen Tavera, le cede y traspasa a don Francisco Badillo, como albacea de su tío don Mateo, la casa que queda deslindada, en precio de 1 000 pesos. Y estando presente don Manuel Martínez, representante de don Francisco Badillo, otorga que acepta la indicada cesión de la casa referida.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODon Manuel Tavera, de esta vecindad, otorga poder general al teniente coronel don José Ortiz de Zárate, para que en nombre y en representación de su persona, derechos y acciones, promueva las solicitudes y negocios de que le instruirá por sus cartas misivas. Asimismo, se encargue de sus asuntos administrativos y judiciales que tenga o en adelante tuviere.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICODon Carlos Arias, vecino de esta Villa, se constituye en fiador de don Manuel Tavera, de esta misma vecindad, quien es deudor de don José Antonio Domínguez, vecino de la Ciudad de la Veracruz, por la cantidad de 268 pesos 4 reales, misma que cubrirá en el periodo de 5 años.
Doña María Francisca de la Rocha de Badillo, mujer de don Francisco Badillo, por licencia marital del susodicho, dijo que desde el 7 de noviembre último pasado, están en su poder 260 pesos que redimió don Manuel Tavera como gravamen que reportaba la casa de su padre don José Antonio [Tavera], los 200 de ellos y sus réditos de 5 por ciento anual, para que se celebrasen misas al Señor San José, y con los réditos se dijese la novena del mismo Señor San José y misa por el alma de Juan de Olmedo. Cantidad, que la comparente se obliga a reconocer por el tiempo de nueve años, pagando sus correspondientes réditos de 5 por ciento anual, que importan 13 pesos, de los que exhibirá 3 pesos a principios de marzo de cada año, y los 10 pesos restantes en los días siete de todos los meses de noviembre, que entregará a los curas de la parroquia de esta, para que cumplan la imposición de esas obras pías. Por dicha deuda, hipoteca un rancho y trapiche nombrado Atezca, que por suyo propio posee, ubicado en esta jurisdicción.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICOEl Licenciado don Ramón María Terán, de esta vecindad, dijo que el 28 de enero del corriente año, el ciudadano Teodoro Jiménez le otorgó poder especial en esta misma ciudad para que siguiese un litis con José Couttolene sobre la aprehensión de un baúl de alhajas, cuyos autos se hallan hoy en el Tribunal Superior de Justicia de este Estado, por la apelación que interpuso la parte de Jiménez de la sentencia de primera instancia y está ya para pronunciar la segunda y que la copia del poder se halla agregada al expediente y en ella constan todas las cláusulas y facultades precisas para el desempeño de dicho negocio, entre las cuales obra la de poder sustituir ese poder quién en uso de la facultad Ramón María Terán otorga que lo sustituye en la persona de don Manuel Tavera para que use de sus generalidades y especialidades en los mismos términos.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO