Don José Agapito Muñoz y Muñoz, de esta vecindad, vende al licenciado don Antonio María Salonio, de esta vecindad, una casa de edificio bajo, de cal y piedra, cubierta de madera y teja, ubicada en esta ciudad, haciendo esquina y dos frentes, el principal a la calle Ancha y del otro lado casa del difunto don José María Becerra, y el otro frente a la de Tecuanapa al sur y del otro lado casa del licenciado don Sebastián Camacho, por el poniente linda con terreno del hospital de San Juan de Dios y por el norte con casa y patio que perteneció a dicha casa, y hoy posee don José Ignacio García. Cuya deslindada finca hubo el otorgante de don Mucio Ramos, representante de doña Carmen, doña Joaquina y doña Agustina de Guisasola y Ramos, hijas del finado don Juan de Guisasola, como consta de escritura de 21 de marzo del presente año, ante el escribano don Ángel Benítez, y es la misma que hoy vende al precio de 1 000 pesos, que el comprador pagará en dos plazos, el primero el 18 de septiembre de 1840 y el segundo en mismo día del 1841. Para seguridad del pago el comprador hizo hipoteca de la misma casa que ha comprado.
Sans titreDon Bernabé de Elías Vallejo, de este comercio y vecindad, dijo que en el año de 1825 fue nombrado albacea dativo del finado su tío don Juan Esteban de Elías, bajo la fianza de don Francisco González, y habiendo cumplido dicho encargo, solicitó González se cancelara dicha fianza, cosa que no procedió en los autos de dicha testamentaria, por haber éste desaparecido sin saberse de su paradero. Por lo que don Bernabé, menciona que el 11 de diciembre de 1833 solicitó se declarase libre de fianza a González, para que éste quedase libre de responsabilidad, en caso contrario, él se obliga a que los satisfará con sus bienes, comprendidos en una casa de altos y bajos. Misma, que se ubica en esta ciudad con su frente al norte, que lo hace a la plaza pública principal del mercado, y otro al oriente con la calle Ancha, por el sur linda con casa baja del concurso a don Miguel Martínez, que después fue dividida en dos, y hoy es de don José Ignacio García y de don Antonio María Salonio, y por el poniente con casa alta que fue de don José Fernández de Castañeda. Asimismo, don Bernabé dijo que entre los bienes de la testamentaria de su tío don Juan Esteban se contaban 3 000 pesos con censo redimible de 5 por ciento anual, que le reconocía el Ayuntamiento de esta ciudad, sobre el ramo de harinas, que fueron destinados, según voluntad del finado, para que el cura que fuere de esta parroquia los invirtiese en los reparos de la fábrica material de dicha iglesia o de sus altares. De dicha cantidad, solo ha sido reconocido por sus réditos que importaron hasta el 14 del presente 2 950 pesos, de los que deducidos 117 pesos uno tres cuartillas reales, que antes percibió el relacionante, quedaron líquidos 2 832 pesos seis y una cuartilla real, de la que le expidió el libramiento respectivo. El comparente declara que dichos 3 000 pesos y sus réditos que reporta sobre sí con formal y expresa hipoteca el impuesto de harinas de esta ciudad, y reconoce sobre estos fondos su Ilustre Ayuntamiento, son y pertenecen a la iglesia parroquial para los reparos de su obra material y de sus altares, y por la presente ratifica la separación que de ellos hizo de los bienes de la testamentaria, para que invirtiesen en los piadosos objetos a que fueron destinados. Cuyas cantidades percibirá el dicho señor cura del ilustre cuerpo municipal, en el orden que tengan a bien convenir.
Sans titreJuan Crisóstomo Ortiz, residente en esta villa, albacea de la difunta Margarita Gertrudis Ayala y curador ad bona de su única hija menor y heredera; otorga poder especial a don Manuel de Medina y Loranca, de este comercio y vecindad, para que en su representación, perciba y cobre judicial o extrajudicialmente de la viuda o herederos de José Ignacio García, curador ad bona que fue de la referida doña Margarita en su minoría, las cantidades de dinero que adeuda a la testamentaria, por la administración y manejo de una casa ubicada en la calle del Ganado en esta villa, que fue a su cargo y de la que se apoderó después su familia. Y del alcance que perciba y cobre otorgue recibo y finiquito de estilo.
Sans titreDon José Ignacio García, vecino y del comercio de esta Villa, otorga que se constituye fiador y principal pagador a favor de don Tomás Antonio de Illanes, actual Administrador de Rentas Reales unidas de esta Villa, en caución de la Real Hacienda por lo ramos de Pólvora, Naipes y Papel Sellado, que son y han de ser a su cargo, y que será puntual en hacer los enteros que de estos tres ramos le corresponden con presentación de sus respectivas cuentas, y si por su falta, culpa u omisión resultare en su contra algún descubierto, lo satisfará el otorgante hasta la suma de 2 000 pesos.
Don José Ignacio García, de esta vecindad y comercio, curador ad litem de Margarita Gertrudis, huérfana y heredera del difunto Presbítero don José Mariano de Ayala [e Hidalgo], Cura que fue del pueblo de Xicochimalco, por renuncia que de dicho cargo de curador hizo don Francisco de Castro, otorga que ha recibido del Presbítero don Blas Nicolás Cortés, de esta misma vecindad, tutor y administrador de la persona y bienes de María Josefa Lorenza [Pacheco], hija natural del difunto don Manuel Pacheco, que heredó sus bienes, la cantidad de 250 pesos, pertenecientes a la citada huérfana Margarita Gertrudis, los mismos que el citado curador Castro, suplió a don Domingo Manuel Cortés, albacea del difunto Pacheco, para subvenir los gastos de su entierro y aliño de las mesas de trucos que dejó por bienes, con causa de réditos de un 5%, con hipoteca de una casa y los citados trucos, por lo que le otorga la cancelación, dando por libre de gravamen la relacionada finca.
Doña Josefa Joaquina Jiménez, de esta vecindad, viuda de don Roque Díaz Parraga, otorga que vende a Pedro Moya, de esta vecindad, un pedazo de solar eriazo que posee en el Barrio de la Laguna y Callejón de la Cañada, que atraviesa de la calle del Señor San José o Camino Real de Veracruz hacia el norte. Está compuesto de 9 y un tercio varas de frente al oriente que lo hace a dicho callejón, y del otro lado solar eriazo que pertenece a don José Ignacio García; 25 de fondo por donde linda, así como por el costado del norte, con solar de los naturales de esta Villa; por el sur con casa arruinada de los herederos del difunto don Jerónimo Rebolledo. Las 9 y un tercio de varas de solar que ahora vende forman parte de las 16 y media que su citado marido le heredó. Lo vende por precio de 100 pesos.
Doña María Luisa, doña Rita y doña Nicolasa García y Rodríguez, hermanas, mayores de edad, la última con licencia de su marido don Ramón Delgado; dijeron que la primera de las comparecientes es albacea testamentaria de doña María Bernarda Rodríguez, quien lo fue de su esposo don José Ignacio García, padres de las susodichas. Por lo cual, doña Luisa en desempeño de sus deberes inventarió y justipreció todos los bienes de sus padres con la ayuda de don José María Córdoba, Síndico Segundo de este Ilustre Ayuntamiento. Dichos bienes consisten en una casa, la cual, pese a los intentos de venderla no se encontró comprador, siendo el único arbitrio para lograr la división de los bienes entre las comparecientes, el que se le adjudicará la casa a doña Luisa y ésta pagará las porciones que les corresponden a doña Rita y a doña Nicolasa, cuyo monto es de 344 pesos a cada una. Por lo tanto, doña Rita y doña Nicolasa García y Rodríguez otorgan que adjudican dicha casa a doña Luisa, la cual se compone de edificio bajo de cal y piedra, cubierta de madera y teja, situada en el paraje que nombran la Luneta en esta ciudad, construida en sitio propio que se compone de 29 varas de frente y 46 y media de fondo, haciendo frente hacia el sur con casa que fue de don Domingo Franceschi; por el norte con solar de los indígenas de esta ciudad; por el poniente con callejón y casa que fue del difunto Rebolledo; por el oriente con camino Nacional y Laguna; cuya casa hubo y compró don José Ignacio García, padre de las otorgantes, a don Lino Carasa Jiménez, en esta ciudad el 4 de julio de 1804. Cuya adjudicación hacen en precio de 2 000 pesos, correspondiendo a cada un 344 peso que ya ha dado y pagado, deducidas las deudas y bajas del caudal.
Sans titreDon Lino Carasa Jiménez, vecino de esta Villa de Xalapa, vende a don José Ignacio García, de esta misma vecindad, una casa de edificio alto de cal y piedra, cubierta de madera y tejas, situada en el paraje de la Luneta en este suelo, con 60 varas de frente y 50 de fondo, la que hace frente hacia el sur con casa de don Domingo Franceschi, al norte con solares de los naturales de esta población, al poniente con callejón y casa que fue del difunto Rebolledo y al oriente con el Camino Real [de la Veracruz] y la laguna, en la cantidad de 1 050 pesos.
José García, vecino de esta villa, vende a don José Ignacio García, de esta vecindad, una casa pequeña, ubicada en la calle que de la plaza que llaman del Rey sigue para el poniente, en la cuadra del campanero Viveros, haciendo esquina entre poniente y norte con unas paredes viejas; por el costado del poniente linda con callejón que baja al que llaman de las Guzmanas o de los Tecajetes; por el costado del oriente con solar de Ana María; y por el fondo, que es el sur, con solar de las Guzmanas, cuya casa y solar compró el otorgante a José Aguilar, vecino de esta villa. La vende en 200 pesos.
Don José Ignacio García, vecino de esta Villa, otorga poder general a don Dionisio García, vecino de la Antigua, para que pida, demande, reciba y cobre a cualquier persona todas las cantidades de oro, plata, joyas, mercaderías y esclavos que le deban, así como para defenderlo y demandarlo en todos sus pleitos y causas criminales que tenga.