La señora doña Ana María Vázquez Ruiz de Villamil, de esta vecindad, dijo que en 1802 don Juan Antonio de Bárcena, con poder de la señora comparente y de sus hermanos doña María Josefa, doña Manuela, Presbítero don José María y don Rafael [Vázquez Ruiz], le vendió a don Diego Leño la hacienda nombrada Lucas Martín, propia que fue de don Antonio Vázquez Ruiz y de doña María Antonia Álvarez Guitián, padres de los relacionados hermanos, en precio de 36 000 pesos, exhibiendo al contado 8 000 pesos y quedando a reconocer el resto a favor de varios accionistas, siéndolo entre ellos la señora que va hablando y sus dos hermanas doña Josefa y doña Manuela por cantidad de 12 000 pesos a razón de 4 000 cada una, pertenecientes a la herencia que les tocó en los bienes de sus padres. Que después de eso el referido Leño se casó con doña Manuela, quien falleció en 1805, asimismo falleció doña Josefa en 1806, y de esas resultas Leño, en cuya mano y poder estuvieron los intereses de las dos finadas, no menos que los de la exponente, hizo las cuentas de los haberes de ellasy por conclusión otorgó una escritura en 1807 por cantidad de 8 100 pesos a favor de la que va hablando, siendo los 4 000 de ellos los que le pertenecían a la misma por haber hereditario en los bienes de su padre y la demás cantidad la que el propio Leño lo aplicó por herencia en los de las dos hermanas difuntas, pues aunque el haber de ambas era de 8 000 pesos, el resto, supone la exponente lo aplicaría Leño a algunos gastos respectivos a las dos finadas, quedando en consecuencia reducidos los 12 000 pesos de las tres hermanas, a los 8 100 pesos consignado en dicha escritura. Que por último habiéndosele concursado a Leño la nominada hacienda se puso en subasta pública y se le remató en 1825 a don Luis García Teruel con la condición de continuar reconociendo los 8 100 pesos de la relacionante por tiempo de nueve años; pero que antes de cumplirse el plazo se presentó el ciudadano García Teruel a redimir ese principal, he igualmente a satisfecho sus respectivos réditos; por lo que ahora pretende se le otorgue cancelación. Y que no teniendo obstáculo la nominada doña Ana María Vázquez Ruiz confiesa haberle entregado don Luis García Teruel, los referidos 8 100 pesos y sus respectivos réditos y otorga de esa suma el respectivo recibo y en consecuencia da por canceladas todas las referidas escrituras que se mencionan en esta acta.
Sem títuloDon Juan Antonio de Bárcena, vecino y del comercio de la Ciudad de Veracruz, residente en esta Villa, dijo que en las inmediaciones de este distrito y jurisdicción están situados los ranchos nombrados San José Buenavista y Lucas Martín y otras tierras anexas a ellos conocidos como La Estanzuela. Los ranchos y tierras expresadas se conocen como la hacienda Lucas Martín, de que fue último poseedor el difunto don Antonio Vázquez Ruiz, en virtud de compra que hizo de ella al difunto don Alonso de Alba, cuya finca por muerte de don Antonio Vázquez y de su esposa doña María Antonia Álvarez Guitián recayó en los cinco hijos que quedaron como herederos: el actual Cura del pueblo de Tilapa, jurisdicción de la Villa de Orizaba, don José María Vázquez Ruiz; su hermano don Rafael que vive en su compañía, doña Josefa, doña Ana María y doña María Manuela Vázquez Ruiz [y Guitián], vecinas de la Ciudad de México, todos mayores de edad, quienes dieron poder al otorgante para la venta de dicha hacienda. Por la presente otorga haber vendido la mencionada hacienda al que era arrendatario de ella don Diego Leño, en precio de 36 000 pesos, de los cuales 13 000 reconoce la propia finca con hipoteca especial de ella y obligación de réditos a favor del Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición de la Ciudad de México, 8 000 pesos de ellos correspondientes a la Ilustre Cofradía de San Pedro Mártir de Verona y los 5 000 pesos restantes al Real Fisco del mismo tribunal. 3 000 pesos que ha de reconocer por 4 años a favor de los interesados de la testamentaria del difunto don Antonio Sáenz de Santa María. 12 000 pesos que ha de reconocer a favor de las expresadas doña Josefa, doña Ana María y doña María Manuela Vázquez Ruiz [y Guitián] por tiempo de 9 años y demás de su retención. Y 8 000 pesos restantes en dinero de contado