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Description archivistique
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MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0027 · Pièce · 1830/03/23
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

Don Joaquín de Mora, de esta vecindad, dijo que don Antonio Blanco y Valón, hijo y heredero de la finada doña Josefa Valon, le confirió su poder a don José Antonio Agrasar, de esta misma vecindad, en la villa de Santa Clara Isla de Cuba, el 11 de octubre de 1828, el cual sustituyó el mismo Agrasar en esta propia villa el 3 de febrero de 1829 a favor del comparente; quien usando de las facultades que en ese poder se confieren, dice que la enunciada difunta doña Josefa Valon le franqueó en su vida a don Juan Antonio Figueiras que también es ya difunto, la cantidad de 1 400 pesos con pensión de réditos de un 5 por ciento anual, según obligación que le otorgó y corre en autos que se formaron a virtud de no haber podido cumplir Figueiras con el pago al tiempo estipulado y de que además adeudaba cantidad de réditos. Para cuyo saldo se intervinieron los rendimientos de una casa propia de la testamentaría del deudor, y se estuvieron haciendo distribuciones entre los acreedores como se percibe de los mismos autos, hasta 14 de febrero de 1828 en que la viuda hizo una exhibición de 848 pesos 1 real y 11 granos a don José Antonio Medina, albacea de don Domingo Nogueira que lo fue de la citada Valón, dejándose libre la casa a la viuda en la expresada fecha; en la cual quedó ya reducido el adeudo a 467 pesos 2 reales y 4 granos como aparece de la cuenta y liquidaciones que se agregan a corte de registro; y añadiendo a ese único adeudo 48 pesos 5 reales y 5 granos que causó de réditos desde la relacionada fecha hasta 14 del corriente, por lo que hacen una suma de 515 pesos 7 reales y 9 granos, mismo que recibe el comparente. Y debiendo formalizar el correspondiente instrumento público que lo acredite; por el presente otorga que recibe de doña María Luisa Urriaga, la cantidad de 515 pesos 7 reales y 9 granos y formaliza a favor de la testamentaria de Figueiras la más eficaz carta de pago con las fuerzas y firmezas necesarias, asegurando que la nominada cantidad le ha sido bien pagada como legítimo representante de don Antonio Blanco y Valon, hijo y heredero de la finada doña Josefa Valon, por lo que no habrá quien de aquí en adelante haga el más ligero reclamo, ni por la cantidad que en esta vez están hechas y constan en la cuenta que queda agregada; la cual aprueba en todas sus partes, en representación del predominado Blanco y Valón, y a nombre del mismo declara libre de toda responsabilidad a la repetida testamentaría de Figueiras en cuanto al indicado capital y sus réditos, confesando estar enteramente pagado y cubierto ese crédito, y de por consiguiente da por nula, rota, cancelada de ningún valor la obligación que el finado acreedor otorgó en esta villa en 18 de septiembre de 1809.

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MX UV.USBIX ANX-P-0079-PX_0079_0156 · Pièce · 1821/12/10
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

Doña Josefa Valón, natural del Ferrol reino de Galicia, vecina de esta villa, hija legítima de Ignacio Valón y de doña Margarita González de Villarinegui, otorga su testamento en la manera que va declarado: Encarga a su albacea le dé 10 pesos a su sirvienta María Josefa, en retribución de los buenos servicios. Declara que fue casada en primer matrimonio con don Manuel González Blanco, quién llevó al matrimonio algunos bienes como comerciante que era, éste quebró y quedaron sujetos a sus arbitrios y trabajo personal, y de cuyo matrimonio solo cuenta por fruto de él un hijo que se encuentra ausente llamado Antonio González Valón. Asimismo, declara que, muerto su primer marido, pasó a segundas nupcias con don Joaquín Antonio Hurtado, teniente visitador que fue de la Renta de Tabaco, ya difunto, quien tampoco llevó bienes al matrimonio ni tuvieron hijos. Declara por bienes la casa de su habitación, y otra en la esquina del callejón del Diamante y de Quiñones, ambas libres de empeño; el menaje o pocos muebles y su ropa de uso; algunas otras menudencias de que está impuesto su albacea, como los 1 400 pesos y sus premios que le adeuda la testamentaría del finado don Juan Antonio Figueiras. Declara por sus bienes unos 230 pesos que le adeuda Silvestre Aburto y 35 pesos que le debe don Manuel Ignacio Franceschi y Castro. Advierte a su albacea que no le debe a nadie y que tiene existentes unos 250 pesos con que podrá sufragar los gastos de funeral y entierro. Encarga a su albacea que la casa que ocupa la ponga en poder de doña Josefa Segovia, para que la disfrute por sí o perciba su renta el término de un año, el que cumplido vuelva a la masa de sus bienes. Nombra por albacea fideicomisario y tenedor de bienes a don Domingo Nogueira, de este comercio y vecindad. Y nombra como único y universal heredero a su hijo don Antonio González Valón.

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MX UV.USBIX ANX-P-0088-PX_0088_0152 · Pièce · 1831/08/27
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

El ciudadano Ramón Lozada, de esta vecindad, dijo que debe a doña Mariana Martínez de Aguirre, de esta vecindad, la cantidad de 1 050 pesos, mismos que se obliga de pagar en término de 3 años con réditos de 5 por ciento anual. Para caución y seguridad del capital y réditos, hipoteca una casa que posee su esposa en la tercera calle de la Amargura con su frente al oriente, que lo hace con la plazuela del Carbón y casa que fue del finado don Domingo Nogueira, por el costado del norte con casas de las herederas de Mariano Zavaleta, por el costado del sur con casa de doña Josefa Ochoa, y por el poniente, que es su fondo, con solar que pertenece a la misma casa. Cuya deslindada finca la hubo y heredó su esposa, doña Guadalupe Paredes, de su señora madre doña Josefa Pozo, cuando ésta era viuda de su señor padre don Francisco Paredes, quien la hubo y compró a don José Roque de Castro, don Francisco Javier López y José Vázquez, en fecha de 28 de septiembre de 1796, ante el escribano don Ignacio José Justiniano, que se halla gravada en 200 pesos de censo principal en favor del convento de San Francisco de esta ciudad y libre de otro gravamen.

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MX UV.USBIX ANX-P-0077-PX_0077_0004 · Pièce · 09/02/1815
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

Don Domingo Nogueira, Teniente de la Compañía de Patriotas de Caballería de esta Villa, vecino y de su comercio, se constituye fiador y principal pagador de don [Juan] Joaquín de Cendoya [y Arizabaleta], Administrador de Alcabalas de esta Villa, in solidum y de mancomún con don Juan Antonio Pardo y don Francisco Cia, y en subrogación de su hermano, don Juan Francisco de Noriega, quien ha determinado volver a la península, de donde es oriundo. Cuya fianza será por el tiempo que esté a su cargo la recaudación de alcabalas, hasta en cantidad de 2 000 pesos cada uno.

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MX UV.USBIX ANX-P-0077-PX_0077_0094 · Pièce · 24/04/1816
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

Don José Miguel de Iriarte, de esta vecindad, dijo que Francisco Cia, de este comercio, entre otros, se constituyó en fiador por el Administrador de Rentas Unidas de esta Villa, don [Juan] Joaquín de Cendoya [y Arizabaleta], por cantidad de 2 000 pesos en caución de los intereses que en su poder entran, pertenecientes al ramo de alcabalas, más como el citado Cia ha determinado volver a la península, de donde es oriundo, el otorgante sale en su lugar como fiador de don Joaquín Cendoya, Administrador de Alcabalas, in solidum y de mancomún con don Juan Antonio Pardo y don Domingo Nogueira.

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MX UV.USBIX ANX-P-0066-PX_0066_0107 · Pièce · 03/09/1802
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

Don Elías Nogueira, vecino de esta Villa de Xalapa, dijo que por muerte de sus padres don Francisco Nogueira y doña María Benita Fernández [María Benita Hernández Marina de Nogueira], vecinos que fueron del Rial, jurisdicción del Sobran, en los Reinos de Castilla, le correspondió, entre otros sus hermanos, varios pedazos de tierras en dicho lugar, que reconocen pensión a [su] mayorazgo, los cuales tiene vendidos a su sobrino don Domingo Nogueira, hijo de su hermano José, por la cantidad de 200 pesos escudos de plata mexicana.

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MX UV.USBIX ANX-P-0069-PX_0069_0180 · Pièce · 29/10/1805
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

Don Juan de Bárcena, de esta vecindad y comercio, don Antonio Gomila, don Domingo Nogueira, don José García Blanco, don Cayetano Gándara y José de Silva, dueños de panadería que proveen a este vecindario, dijeron que por cuanto en esta villa existe el antiguo establecimiento de que en las tiendas se debe de expender el pan que amasan, entregándolo en ellas diariamente a una hora cómoda y teniendo de ganancia un real en cada peso, situación que les impide tener la más mínima utilidad de su trabajo, pues dando lo cabal en su peso, bien trabajado y cocido, hay ocasiones que salen perdiendo dinero, motivo que ocasiona muchas veces el que esté falto de peso y no con el cocido que exige el bien de la causa pública; en cuya virtud han deliberado de común acuerdo que para reasumir en sí este real en cada peso, han de venderlo cada uno en sus obrajes o panaderías y también poner en la Plaza Pública sus puestos para expenderlo, acordando que de ninguna manera lo venderán a los tenderos, bajo la condición de que si alguno de los comparecientes por tener más expendio diese alguna ganancia a los tenderos, se le exigirán 100 pesos de multa, por la primera ocasión; 200 por la segunda; y 300 por la tercera; y si alguno a pesar de haber sufrido las tres penas contraviniere después, se le quitará el amasijo y por ningún motivo podrá amasar en lo sucesivo, para lo cual alternarán mensualmente cada uno de los seis comparecientes, teniendo cuidado de hacer a horas cómodas el cómputo o cálculo de si debe hacerse otra o más hornadas, para que el público no carezca de pan; lo mismo debe entenderse para con las tropas a quienes también se les ha de dar por cada real las onzas que previene el arancel sin la más mínima ganancia, bajo las penas antes dichas; lo que se hará efectivo a partir del 1 de noviembre del presente.

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MX UV.USBIX ANX-P-0070-PX_0070_0188 · Pièce · 25/11/1806
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

Don Juan Bautista de Lotina, Administrador de la Real Renta de Correos de esta Villa, dijo que usando del poder que le confirió doña María Manuela Mejía, viuda de don José [de] Robles, otorga que vende a don Domingo Nogueira, de esta vecindad, una casa de cal y piedra de edificio alto y bajo, dividido en dos viviendas, la una más moderna que la otra, cubierta de madera, ladrillo y teja, situada en la cuarta cuadra de la Calle de la Amargura y Barrio alto del Calvario, la cual se compone de algo más de 15 varas de frente que lo hace así al poniente, dicha calle en medio con casa baja de don Antonio Guillén, y otra que fue de don Francisco de Ochoa y de don Francisco Mendaro, con el fondo que le corresponde hasta hacer frente con la Calle de San Juan, camino para Naolinco que atraviesa de la Plazuela del Carbón de la que hace esquina a esta finca, y sigue hasta la orilla de la barranca de [Xallitic] Jalitique y Barrio de la Cruz Verde, por la banda del sur linda con casa baja y que hoy es de los herederos de Manuel Cabañas, y por la del norte, que acaba la finca por este rumbo con una cuchilla angosta con la indicada plazuela del Carbón; casa que construyeron en terreno comprado a don Andrés Rodríguez Rojo. Propiedad que vende al precio de 5 000 pesos, mismos que recibió en dinero de contado.\t

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MX UV.USBIX ANX-P-0077-PX_0077_0232 · Pièce · 12/12/1817
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

Don Elías Nogueira, natural de Villa Gracia, Jurisdicción de Sobran, Obispado de Santiago, vecino de esta Villa, hijo legítimo de don Francisco Nogueira y doña María Benita Fernández [María Benita Hernández Marina de Nogueira], difuntos, otorga su testamento donde declara fue casado en primeras nupcias con doña Rosalía Ortiz de Zárate, de cuyo matrimonio le quedaron 5 hijos, a saber de María Josefa, casada con don José Cordera, Magdalena [María], Juan [José], Elías y Francisco Nogueira y Zárate. Declara contrajo segundas nupcias con doña Tiburcia Rubio Roso, con quien no ha tenido sucesión. Declara por bienes la casa de su morada, tres partes de terreno en Tenampa, dos solares en esta Villa, es dueño del Rancho de Zoncuantla y 133 cabezas de ganado. Nombra como albaceas en primer lugar a su sobrino don Domingo Nogueira, en segundo lugar a su hijo político José Cordera, y en tercero a su hijo legítimo don Elías Nogueira. Nombra como herederos sus 5 hijos.

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MX UV.USBIX ANX-P-0067-PX_0067_0100 · Pièce · 30/08/1803
Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

Don Elías Nogueira, vecino de esta Villa, hijo legítimo de don Francisco Nogueira y doña María Benita Hernández Marina de Nogueira, naturales de Santa María Madeiro, en el Reino y Arzobispado de Galicia, de donde el declarante es natural, casado con Rosalía Ortiz de Zárate, vecina de esta Villa, otorga su testamento; declara que tiene por hijos legítimos a doña María Josefa, a don José María, a Magdalena María, a Juan José y a José Francisco de Paula, todos menores de edad, nombra como albaceas testamentarios a su citada esposa, en compañía de don Domingo Nogueira, vecino de esta Villa, y como herederos sus hijos y esposa.\t