Don Antonio María Gutiérrez y Fernández, originario de Veracruz y residente en esta villa, hijo legítimo de don Antonio Gutiérrez, difunto y de doña María Dolores Fernández, estando enfermo, otorga su testamento en la manera siguiente: Ordena se manden a decir cincuenta misas por la limosna de un peso cada una, de las cuales se dirán diez antes de que fallezca y las demás después. Declara que es de estado soltero y que sus bienes consisten en la parte paterna que le corresponde de herencia y lo que se le adeuda en la aduana de Veracruz. Declara que desde el mes de septiembre hasta fin de diciembre de 1829 se le cortó la cuenta en dicha aduana como oficial supernumerario de ella y que desde el 13 de abril del presente año se le restó el sueldo de media paga. Declara que al oficial don Vicente Cueto le debe 16 pesos y a su hermano M. José Julián [Gutiérrez y Fernández] 14 o 15, cuyos picos ordena sean satisfechos. Ordena que toda la asistencia de su curación se gratifique bien y además ordena que a las niñas hijas de Manuel Hidalgo se les den 300 pesos, no obstante, la repugnancia y resistencia que manifiesta dicho señor, pues es su voluntad hacerle esta consignación por vía de legado. Y en el remanente que quedare libre de todos sus bienes instituye por universal heredera a su madre doña María Dolores Fernández, con calidad de que si su merced gustase distribuir a sus hermanos aquella parte o alguna de por lo respectivo a tercio y quinto que le es permitido disponer. Nombra albacea a su madre.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL Y PÚBLICO INTERINODon Manuel Hidalgo y don José María Barrientos, ambos de este comercio y vecindad, el primero es dueño de una tienda y panadería, cuyo establecimiento se halla en una casa conocida por de Pedreguera, ubicada en esta ciudad, en la esquina de la plaza Principal y calle que nombran de Belem [Belén]; cuyo establecimiento ha recibido José María Barrientos para girarlo en compañía bajo las condiciones que tienen pactadas y aparecen en un documento que se agrega a este instrumento. Y conviniéndoles pasar ese contrato a escritura pública, por la presente otorgan que aprueban, ratifican y solemnizan el relacionado contrato de compañía según y cómo se establece en las cláusulas del referido documento, entre las cuales destacan que la compañía será con el capital de 5 000 pesos en enseres y efectos; la compañía será por tres años forzosos; de las ganancias el socio encargado tendrá un 38 por ciento, entre otras que se mencionan.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANOEl Presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, de esta vecindad, albacea de la difunta doña Nicolasa Catarina Cardeña, otorga que vende a favor de don [José] Joaquín [de] Mora, de esta misma vecindad, una casa de pared de cal y piedra, cubierta de madera y teja, de edificio bajo, situada en la Calle de San Francisco, haciendo esquina con el Callejón de la Sierpe o de Acazingo. Se compone de 22 y media varas de frente al sur, dicha calle en medio, y del otro lado el cementerio de la Iglesia de San Francisco, 86 y media de fondo, por donde linda con el costado de la casita que fue de José Michodel, por el costado del oriente con casita de doña María Merced Fontes, al poniente hace otro frente con dicho callejón, y del otro lado casa de don Manuel Hidalgo y de la Cofradía de las Ánimas. La venta se hizo en 2 000 pesos, bajo las condiciones que se mencionan en la escritura.
Don Antonio Guillén, vecino y del comercio de esta villa, vende a don Manuel Hidalgo, de esta propia vecindad, una casa con solar de 37 y media varas de frente y 33 y media de fondo, hace frente al oriente con calle que de la Laguna baja para los Berros y del otro lado tenería y tierras de la virgen; por el norte con tierras de la virgen; por el poniente con las mismas tierras y más propiamente de su cofradía; y por el sur con una callejuela que de la calle del cuartel sale a la tenería. La vende en 1500 pesos, de los cuales 1000 pesos quedan cargados sobre la casa a censo redimible a favor del vendedor.\t
Don Domingo María Franceschi y Castro, de esta vecindad, dijo que de la tienda de don Manuel Hidalgo, de este comercio, le fueron ministrados varios efectos para el fomento del establecimiento que tuvo en la Antigua, y de ahí le está debiendo al citado señor la cantidad de 151 pesos y 7 reales, que no ha podido pagar. Por lo que el otorgante señala, que ha convenido con el mencionado señor, en que un plazo de cinco meses pagará el premio de 1 por ciento mensual, agregándose a esta cantidad la suma de 8 pesos y 5 reales, del valor de la presente escritura, que hacen el total de 160 pesos 4 reales, mismo que se obliga a pagar en el dicho tiempo contados desde esta fecha. Por esta deuda, hipoteca una casa en esta ciudad a la calle que nombran de Belén, con el cual hace frente al poniente, lindando por el costado del norte con casa baja de doña María de Jesús Franceschi y Castro, por el costado del sur con casa, también baja de los herederos de don Joaquín de Herrasti y Alba, y por el oriente que es la espalda, con casa de don Dionisio Luis Camacho y Reyes. Cuya deslindada finca, está hipotecada a 455 pesos en favor de don Martín Sánchez Serrano, y se obliga a no vender, acensuar, ni disponer de ella.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO PÚBLICODon Manuel Hidalgo, de esta vecindad, dijo que ha don Domingo Franceschi, de esta misma vecindad, le ministró varios efectos de su tienda que tuvo en la Antigua Veracruz, que importaron 151 pesos y 7 reales, que se obligó a pagar en un plazo de cinco meses, contados desde el 5 de abril de 1837, con el premio de uno por ciento mensual, más 8 pesos 5 reales por los gastos de aquella escritura. Por lo antes mencionado, el comparente otorga que recibe del licenciado Antonio María de Rivera, representante de Franceschi, la cantidad de 160 pesos 4 reales sin los premios, por habérselos perdonado, de lo cual formaliza carta de pago a favor de don Domingo Franceschi, dando por cancelada la mencionada escritura.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANOComparecieron don Manuel Hidalgo con su hijo don José María, de quien es curador ad litem; y don Lorenzo Fernández, de esta vecindad; dijeron los dos últimos que el día 20 de diciembre de 1838 formalizaron escritura de compañía para refaccionar la hacienda de Zimpizahua y expender sus frutos. Y los relacionante siguieron diciendo que habiendo Fernández celebrado escritura de compañía con don Javier Arias, dueño de dicha hacienda por el término de tres años, formó después con Hidalgo por el mismo término la que presenta; pero como los bienes del citado don José María Hidalgo han sido intervenidos por sus acreedores, y aunque hasta el día no se haya declarado concurso, nombraron aquellos ante el Tribunal Nacional por síndicos depositarios a don Mariano Pasquel y don Ángel Lascurain, con quienes han convenido disolver la citada compañía, renunciando éstos en nombre de los acreedores toda acción que pudiesen tener en pro o en contra de la compañía de Fernández e Hidalgo, sobre utilidades de la hacienda de Zimpizahua y demás condiciones que en aquella escritura se expresan, sin que se entienda extensivo ese desistimiento, a la cantidad que dicha hacienda debe hoy a la casa de Hidalgo por liquidación de cuentas, según todo consta en papel. Y, sin embargo, de haber los otorgantes formado la citada sociedad por el término de tres años que deberían cumplirse el 27 de diciembre de 1841, por no poder Hidalgo hacer las anticipaciones ofrecidas, han resuelto separarse y cesar en ella. Por lo que a través de la presente y con intervención del curador, otorgan que disuelven y dan por finalizada y rescindida la mencionada compañía.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANODon José María Becerra, don Juan Bautista de Lezama, don Luis García Teruel, don Andrés Farías, don José Manuel de Izaguirre, don Manuel Hidalgo, don Manuel de Medina y Loranca, don Dionisio Camacho, don José María Rivera, don Antonio María de Casas, don José Manuel Cruz y Bremont, don Mariano Rincón, don José Domingo de la Rocha, don Dionisio González, don Sebastián Fernández de Bobadilla y Atenas y don José Ignacio Fernández de Bobadilla y Atenas, vecinos y residentes en esta villa, otorgan que se constituyen fiadores y principales responsables en favor de don Juan Bautista de Campo, administrador reciente provisto en propiedad de la Renta de Correos de esta villa, por la cantidad de 4 000 pesos, de a 250 pesos cada uno; en caución de los intereses que de la Hacienda Nacional han de entrar a su poder de los valores de las correspondencias que son de su cargo, por el tiempo que lo desempeñe.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon Manuel Hidalgo, de esta vecindad, dijo que el capitán de fragata don Tomás Marín, actual comandante de marina tiene pactado contraer matrimonio con doña María Dolores Hidalgo, hija del comparente. Debido a dicho compromiso, el otorgante señala que impone y sitúa sobre sus bienes el capital de 2 000 pesos, consignado a su hija doña María Dolores, en clase de dote o como más bien visto sea, obligándose a tenerlos a disposición de esta o del capitán don Tomás desde el día que verifiquen su enlace, acudiéndole a uno u otro con el respectivo premio del 5 por ciento anual, que satisfará por trimestre o como convenga a los interesados. Para seguridad de dicho capital y sus premios, hipoteca sus bienes.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODon Manuel Hidalgo, de este comercio y vecindad, dijo que en uso del poder especial que le confirió don José Hilario Ortega, otorga que vende a favor de María Petrona de la Trinidad García, vecina de este suelo, una casita de paredes, de edificio bajo, cubierta de madera y teja, que tiene Ortega en la calle de Santiago de esta villa, a la que hace su frente hacia el sur, dicha calle en medio y del otro lado casa de los herederos de Patricio Santa de María; por su fondo, al norte, linda con el solar de Juan Guevara; por el costado del oriente con el de casa de Mariana Guadalupe Castro; y por el poniente con terreno del finado Miguel Viveros. La vende en precio de 500 pesos en reales de contado.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINO