Doña María Antonia Jiménez de Pavón, viuda albacea del finado don José Ignacio Pavón y Muñoz, vecino y del comercio que fue de la Nueva Veracruz, otorga poder especial a don Sebastián Pérez Cornejo, administrador de la Renta Nacional de Correos de la Puebla de los Ángeles, para que en su representación comparezca en el Tribunal Nacional del Consulado de dicha ciudad, para continuar la demanda, que por cantidad de pesos intentó su difunto esposo contra Manuel Eugenio de Olaquivel, también de aquella vecindad.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINOLa señora doña María Antonia Lagoa de Miranda, viuda de don Gabriel Vivan, madre legítima del joven don Domingo Vivan y Lagoa, vecina actualmente en esta villa, otorga que como tal madre y tutora de su hijo da todo su poder especial a don Sebastián Pérez Cornejo, vecino de la ciudad de Puebla, para que en su nombre ocurra a los juzgados eclesiásticos del obispado de la Puebla, solicitando para el repetido niño Domingo la opción de la capellanía o capellanías que puedan pertenecerle por derecho de sangre o por cualesquiera otro título o gracia, presentando al efecto todos los documentos necesarios, practicando las gestiones y diligencias conducentes, y disputando o defendiendo en todas instancias la preferencia que para obtener le asista en concurso de algunos otros.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL E INTERINO PÚBLICODon Bartolomé Perdomo, vecino de Veracruz y residente en esta, dijo que a consecuencia de los pleitos que don Sebastián Pérez Cornejo, administrador de Correos de Puebla, ha promovido contra él en dicha ciudad, en México, en Veracruz y en Superior Tribunal de Segunda Instancia de esta misma villa, relativo a la testamentaria de su difunta esposa, doña Ana Josefa Barragán, se le libró orden para que dentro de seis días se presentara aquí por sí o por medio de apoderado a contestar dichos autos, y así se verificó puntualmente aún a sacrificio de su salud. Y hallándose sin reales para seguir el asunto, ocurrió a su amigo don Juan Bautista Priani, de esta vecindad y comercio, a quién le solicitó que le supliera hasta 1 000 pesos en varias partidas para gastos del negocio, cuya cantidad pagará luego que logre la venta de una casa de edificio alto y bajo, ubicada en la ciudad de la Puebla, cita en la calle de Miradores, con la condición que si pasara un año sin efectuar el pago, le ha de satisfacer réditos de un 5 por ciento por cada año, que deberán correr desde el 1 de enero de los corrientes.
JOAQUÍN DE HERRERA, ESCRIBANO PÚBLICODon Jorge de la Serna, vecino de Veracruz, residente en esta ciudad, otorga que substituye en el Licenciado don Miguel Antonio Machado el poder especial que le otorgó don Sebastián Pérez Cornejo, vecino de Puebla, como albacea de doña Ana Josefa Barragán, y que corre en los autos a curso de esta testamentaria en Veracruz. Dicho poder, es para que transija las diferencias que ocurren con la viuda de Sánchez, que fue albacea de don Cristóbal Barragán, padre de la difunta Ana, asimismo, le da poder general para los demás asuntos de dicha testamentaria y que el mismo sustituyente le irá previniendo.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANO PÚBLICODon Jorge de la Serna, de esta vecindad, y don Ramón Pasquel, de la Veracruz, habilitado por el Honorable Congreso para la administración de sus bienes, dijeron que la hacienda nombrada Buena Vista, ubicada al frente y sobre las goteras de Veracruz, fueron bienes del difunto don Cristóbal Barragán y heredera de ellos su hija legítima doña Ana Josefa Barragán, que habiendo también muerto en Puebla, sin sucesión de su matrimonio con don Bartolomé Perdomo, vecino de Veracruz, dejó por albacea a don Sebastián Pérez Cornejo, quien para el recobro de dichos bienes que estaban en la administración del referido Perdomo, apoderó Cornejo a don Jorge de la Serna, quien recibió unas casas y un cuaderno de inquilinos de aquella hacienda, con protesta de Perdomo a la exhibición de no poderse vender nada mientras no se concluyera el litis de sus demandas por alcances que creía tener a la dicha administración. Asimismo, dijeron que la referida hacienda reconoce una capellanía del Presbítero don Francisco Javier Pérez por cantidad de 4 000 pesos, de los cuales se le deben sus réditos desde el año de 1821, habiéndose hecho comparecer a Perdomo por causa de este adeudo, consintió en que se vendiese dicha hacienda al efecto, sobre que nunca reclamaría sea cual fuese la cantidad que se sacase de ella. Por lo cual, don Jorge de la Serna, en nombre y representación de don Sebastián Pérez Cornejo, de la testamentaria de doña Ana Josefa Barragán y de los sucesores y herederos de ésta, otorga que vende a don Ramón Pasquel la citada hacienda de Buena Vista, en precio y cantidad de 10 500 pesos, de los cuales seguirá Pasquel reconociendo 4 000 pesos que sobre ella se reconocen en favor de dicha capellanía que sirve el Presbítero don Francisco Javier Pérez, pagando sus réditos de un 5 por ciento anual a partir del primero de enero de 1833; y el resto que son 6 500 pesos pagará del modo que queda condicionado en esta escritura. Para seguridad de la capellanía hipoteca la mencionada hacienda, asimismo, salen por sus fiadores don Mariano Pasquel, Diputado de este Honorable Congreso, y don Francisco Gutiérrez, de esta vecindad.
ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANOEl Señor don José Manuel de Ceballos, Caballero de la Orden de Santiago, Coronel del Regimiento de Milicias Provinciales de Infantería de las Tres Villa y Comandante de la Columna de Granaderos y de Armas en este Cantón, otorga poder general a don Sebastián Pérez Cornejo, Administrador de la Real Renta de Correos de la Ciudad de la Puebla, para que en su nombre cobre todas las cantidades de pesos de oro, plata, joyas, mercaderías, frutos, géneros, bienes y efectos de cualquier especie que le deban, así para que lo defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, eclesiásticos o seculares.\t