Doña María Micaela de Medina, vecina de la Nueva Veracruz, residente en esta villa, viuda del finado don Pedro Lagunas, brigadier que fue de los Reales Ejércitos, otorga poder especial a don Miguel Lobo, caballero de la Real y Distinguida Orden de Carlos Tercero, residente en Cádiz; para que en su nombre y representación, entienda y se encargue de la administración y venta de la parte que le corresponde en el Patronato que fundaron don Tomás Rodríguez y doña María Teresa de Medina, vecinos de Cádiz, sobre cuyo particular practique las diligencias necesarias como administrador legítimo, solicite del propio modo la enajenación o venta de dichos bienes, sean raíces o muebles, ajustándolos con el comprador o compradores, por el precio, calidades y condiciones que convengan, otorgando en razón de ello, las escrituras necesarias; y si fuera necesario entable judicialmente las solicitudes que corresponda hacer al gobierno competente relativas al arrendamiento, posición o venta de las fincas del indicado Patronato; asimismo, para que demande, haya, perciba y cobre todo lo que le deban, dando lo que así percibiere y cobrare los recibos y cartas de pago que sean necesarios.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINODon Ignacio de Miranda, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, residente en esta Villa, otorga poder general a don Miguel Lobo, vecino de Cádiz, para que demande, perciba y cobre judicial y extrajudicialmente de cualquier persona las cantidades de dinero, oro, plata, bienes y efectos que le adeuden a la fecha y debiesen en adelante. Asimismo le confiere especial para que pueda comparecer ante el Augusto Soberano a pedir las gracias y mercedes que quiera hacerle, previa constancia de sus méritos y servicios. También para que en igual conformidad celebre convenios y transacciones bajo los pactos y condiciones que concilie justas y arregladas. Otro para que entienda y ejecute todas las cobranzas, intervenga en las transacciones y en los demás actos que le pertenezcan, como marido que es de doña María Francisca Gil, haciendo para ello todas las agencias y diligencias que conduzcan a lo interesado.\t
Doña Martina de Miranda [y Tellechea], vecina de la ciudad de Veracruz, residente al presente en esta Villa, viuda de don Francisco Javier de Medina, como tutora y curadora ad bona de doña María Josefa, doña [María] Teresa y doña María Javiera de Medina y Miranda, sus menores hijas y del expresado difunto, otorga poder especial en primer lugar a don Juan Santiago Lobo, en segundo lugar a don Miguel Lobo y en tercer lugar a don Tomás Rodríguez de Herrín, todos vecinos y del comercio de Cádiz, para que en su nombre perciban tanto lo que corresponde a sus tres citadas hijas de los 4 737 pesos de a 15 reales Vn. 24 reales (sic) y 72 maravedíes que doña María Teresa Medina, hermana del expresado Francisco Javier, les legó en las cláusulas 9 y 10 de su testamento, como lo que cada mes o cada año les pertenezca de las rentas que produjese el patronato que fundó el citado don Tomás Rodríguez, marido que fue de doña María Teresa.