Doña Bárbara Gamba, de esta vecindad, viuda de don Ignacio Roso, mayor de sesenta años de edad, dijo que por fallecimiento de su hijo Ignacio Roso y Gamba y, por no tener sucesión, heredó de él, un mil y pico de pesos, cuyo monto total se deducirá de su testamento y cartas de su albacea que, si no se han extraviado, existirán en poder de sus otros hijos. Dicha cantidad íntegra se invirtió en los aumentos y mejoras de la casa de su habitación. La que en su primitiva compra está en cabeza de su hija difunta doña Josefa Roso y Gamba, quién la hubo y compró con haber propio suyo y como no se hizo contrato, aunque tienen conocimiento sus hijos. No obstante, en el desahogo de su conciencia y por la situación en que se encuentra hace la presente declaración, para que conste y para que sus legítimos descendientes disfruten estos bienes por partes iguales.
Sem título
MX UV.USBIX ANX-P-0081-PX_0081_0052
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1824/02/18
Parte de Archivo Notarial de Xalapa
MX UV.USBIX ANX-P-0065-PX_0065_0049
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28/03/1801
Parte de Archivo Notarial de Xalapa
Doña Bárbara de Gamba, vecina de esta Villa, otorga poder especial a don Manuel Antonio Robles, vecino de la Ciudad de Querétaro, para que cobre judicial o extrajudicialmente a don Isidro Romero, vecino del Real de Tlalpujahua, todo lo que le deba como albacea que es el citado Romero de don Ignacio Roso, difunto, hijo legitimo de la otorgante y heredera del mismo.