Pedro Díaz Matamoros y su esposa, Catalina López, vecinos de Jalapa, dieron su poder a Domingo Alonso, piloto de carrera de esta Nueva España, vecino de la Villa de Ayamonte, en los reinos de Castilla, para que como verdadero señor de unas casas y viña en la citada villa, pida y demande a Juan Báez el valor de la dicha viña y redime el censo, como era obligado, que tienen impuesto las casas, con el fin de librarlas del referido cargo.
Diego de Villeda. dueño de sus carros, vecino de la ciudad de México, se obligó a pagar a Catalina López, viuda de Pedro Díaz Matamoros, residente en el ingenio de Francisco Hernández de la Higuera, 127 pesos de oro común, por razón de otros tantos que debía a Pedro Díaz Matamoros del resto de cuentas que tuvieron, para el día de Navidad del presente año, puestos en Jalapa.
Catalina López, viuda de Pedro Díaz Matamoros, vecina de esta provincia, como albacea testamentaria y heredera de los bienes de su difunto esposo, dio su poder cumplido a Don Francisco Hernández de la Higuera, vecino de esta provincia, generalmente para en todos sus pleitos, causas civiles y criminales, y para que pueda recibir y cobrar cualesquier maravedís, pesos de oro, plata, joyas, esclavos, mercaderías, derechos y acciones y otros bienes que le debieren; y de lo que recibiere y cobrare, pueda dar las cartas de pago, finiquito y lasto que convengan.
Luis de Arévalo, vecino del pueblo de San Juan Quescomatepeque [Coscomatepec], hijo legítimo de García de Arévalo y doña Catalina López, naturales que fueron del pueblo de Tecamachalco, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que debe al tendero del alguacil mayor de la villa, al Alcalde Mayor, a Diego Muñoz vecino de Huamantla, al Capitán Marcos Blanco, a un indio llamado José [roto]. Menciona por sus bienes siete mulas, seis yeguas; una chamberga, un capote, almohadas, camisas, entre otros géneros que se mencionan en la escritura. Declara que fue casado con Isabel Figuera [sic], hija legítima de Andrés Marín y María de Figuero [sic]; durante el matrimonio procrearon a Juan de Arévalo. Para cumplir y pagar el presente testamento nombra albacea a Francisco de Arévalo y como su heredero universal a Cristóbal de Arévalo, que ha criado en su casa, además de que lo ayudó a ganar lo que tiene, nombra por tutor y curador del susodicho al citado Francisco de Arévalo.
PEDRO LÓPEZ DEL CANO, JUEZ RECEPTOR