Don José [Alejo] de Alegría, Caballero de la Real y distinguida Orden Española de Carlos III, Tesorero Provisional del Ejército acantonado y residente en esta Villa, otorga poder especial a don Joaquín de la Serna, para que a nombre de él, tome y acepte posesión de la hacienda nombrada Santa Inés de Montepulciano, situada en el partido de Tepeaca, Doctrina de San Andrés Chalchicomula, con todos los requisitos que a ese acto son conducentes y de exigir el documento o testimonio que así lo acredite.
Don José Alejo de Alegría, Caballero de la Real Orden Española de Carlos III, Tesorero Provisional del Ejército acantonado en esta Villa, otorga poder especial a don Antonio de Serna, Ministro, Contador de las Cajas Reales de la Puebla de los Ángeles, para que comparezca en el juzgado que corresponda a hacer postura de la finca o fincas rústicas de Santa Inés y su anexo Rancho de los Dolores, Jurisdicción de San Andrés Chalchicomula, haciendo al intento las agencias y diligencias para que se otorguen las escrituras a su favor.
La Excelentísima Señora doña María Josefa de Alegría y Azanza, viuda y albacea del señor don Francisco Pérez de Soñanes, Conde de la Contramina, y actual mujer legítima del Excelentísimo Señor don Miguel José de Azanza, Caballero de la Orden de Santiago, del Consejo de Estado de Su Majestad, Virrey, Gobernador y Capitán General que ha sido de esta Nueva España, otorga poder general en primer lugar a don José Alejo de Alegría, su hermano, Caballero de la Real y distinguida Orden de Carlos Tercero, vecino de México, y por su falta en segundo lugar a don Juan Casimiro de Horta, Marqués de Rivas Cacho, Coronel del Regimiento Provincial de Toluca, y en tercero a don Joaquín del Castillo, vecino de Tepantitlán, para que como albacea de su primer marido entiendan en todas las gestiones al curso de dicha testamentaria hasta su perfecta conclusión.\t
Don José Alejo de Alegría, tesorero provisional del ejército acantonado en esta villa, Caballero de la Orden Real y Distinguido de Carlos III, otorga poder especial al Licenciado Fernando Fernández de San Salvador, Abogado de la Real Audiencia de México, para que en su nombre pueda presentar en el Real Tribunal de Cuentas al fiador o fiadores correspondientes para caucionar el manejo de los reales intereses que como tal tesorero entren en su cargo, y en su consecuencia se otorguen las correspondientes escrituras de obligación por la cantidad que dicho Real Tribunal exija.