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Descripción archivística
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MX UV.USBIX ANX-P-0083-PX_0083_0132 · Unidad documental simple · 1826/11/13
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Rafael Velad, vecino de esta villa, actual hermano mayor del Venerable Orden Tercero de San Francisco, en cuya venerable mesa reside el Patronato de las obras pías de su convento de esta villa, otorga que ha recibido de don Guillermo de Espino, de esta vecindad, la cantidad de 800 pesos de principal con sus premios devengados. Cuyo principal es el mismo que el finado don Antonio Gomila cargó a censo sobre una casa situada en esta villa, al confín de la calle del Beaterio, haciendo esquina y frente a la de los Ingenios; el cual destinó Mateo Badillo para que con sus premios se le hiciese un aniversario anual y perpetuamente por su alma. Con cuyo gravamen Espino compró la casa a don Cayetano Gándara, en quién recayó por muerte de Gomila y su esposa, como consta la escritura de dicha enajenación otorgada en esta villa el 7 de octubre del año próximo pasado. Y en virtud de dicha redención, el otorgante declara a Espino exonerado del reconocimiento y obligación.

JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO
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MX UV.USBIX ANX-P-0079-PX_0079_0115 · Unidad documental simple · 1821/01/15
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Juan Francisco de Abaroa, alcalde constitucional de primera denominación y juez político interino del partido de esta villa; don Juan Francisco de Bárcena, el licenciado don José Mariano Morales, don Andrés Farías, don José María de Goiri, don Francisco Badillo, don Rafael Velad, don José Antonio de Agrasar y don José Mariano Lucido, regidores; don Manuel Allén y don Juan Melitón de Lascurain, síndicos procuradores del común, quienes componen el Ilustre Ayuntamiento de esta villa; otorgan poder general a don Pedro Montes de Oca, procurador de número de la Audiencia Nacional de esta Nueva España, para que en representación del cuerpo político, lo defienda en todos sus pleitos, causas y negocios que al presente tengan o en adelante tuvieren y si es necesario parezca en juicio ante el Rey, en las audiencias nacionales y demás tribunales superiores e inferiores de ambos fueros.

JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINO
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MX UV.USBIX ANX-P-0077-PX_0077_0033 · Unidad documental simple · 23/06/1815
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

El Presbítero don José Ladrón de Guevara, Cura del pueblo de Xilotepec, de esta Jurisdicción, como curador ad litem y ad bona de doña María del Carmen y de don José Joaquín Villegas [y Rodríguez], hijos legítimos de don Benito Villegas de doña [María] Manuela Rodríguez, difuntos, otorga poder especial a don Rafael Velad, Notario Público de la Curia Eclesiástica, vecino de esta Villa, para que en su nombre concurra en el juzgado del Señor Gobernador donde penden los autos de inventarios formados a bienes de don Andrés Rodríguez Rojo, abuelo materno de los menores, y haga en representación de ellos todas las presentaciones, actos agencias y diligencias que convengan hasta percibir lo que les corresponde de los bienes de sus abuelo.

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MX UV.USBIX ANX-P-0071-PX_0071_0066 · Unidad documental simple · 24/04/1807
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don Rafael Velad, actual Mayordomo de la Archicofradía del Santísimo Sacramento de esta Iglesia Parroquial, declara que en 4 de junio de 1800, el difunto don José de Robles, que fue de esta vecindad, tomó a depósito irregular de los fondos de la cofradía de su cargo, la cantidad de 1 000 pesos que se obligó a reconocer por el término de dos años a presión de un 5 % sobre una casa alta y baja, que poseía en esta Villa, quién otorgó escritura en la citada fecha; y habiendo requerido a la viuda de aquel, doña María Manuela Mejía, por parte de la Junta Subalterna de Consolidación, como era mandado por real orden, se resolvió vender la casa como lo ejecutó don Domingo Nogueira, de esta vecindad, y de su valor se entregó al señor Subdelegado de esta Villa, los 1 000 de la repetida imposición, y mandó se procediera a la cancelación de aquella escritura.

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MX UV.USBIX ANX-P-0095-PX_0095_0030 · Unidad documental simple · 1838/03/28
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña María Micaela Rodríguez Rojo y Ortega, de estado honesta, dueña del trapiche nombrado la Concepción de esta jurisdicción, de donde es vecina, otorga poder general a don Rafael Velad, de esta vecindad, para que en su nombre haya, demande, perciba y cobre judicial o extrajudicialmente todo lo que le deban. Asimismo, para que lo defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales.

ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO
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MX UV.USBIX ANX-P-0067-PX_0067_0125 · Unidad documental simple · 06/10/1803
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Doña Jacinta de Ávila, viuda de don Miguel Mejía, junto con sus hijos legítimos el Presbítero don José María, doña Filomena, casada con don Rafael Velad; doña Francisca y don Manuel Mejía, venden a don Pedro Mejía, una casa de piedra y lodo la cual linda al poniente que es el frente, con casa de don José Antonio Medina y Calle del Ganado en medio, al norte que es el fondo, con casa de los herederos de don Gregorio de Ochoa, al oriente con solar del mismo Pedro Mejía, y al sur con solar de la casa de don José Castañeda, en el precio de 300 pesos de oro común.\t

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MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0106 · Unidad documental simple · 1832/09/04
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

El Muy Reverendo Padre Fray José Ignacio de Bocanegra, Guardián Presidente; don Bernabé de Elías Vallejo y don Rafael Velad, Votos Perpetuos; don Matías Martínez de Espinosa y don José María Becerra, don Andrés Semeria, don Jorge de Ojeda, don José Mariano Florido, don Domingo de la Rosa y don Narciso Jerónimo Echegaray, Consiliarios; con don Francisco Borja Lotina, Secretario, quienes componen la Venerable Mesa; dijeron que don José Fernández de Castañeda falleció bajo su último testamento que otorgó ante don Francisco de Madariaga, Escribano de la ciudad de México, el 7 de abril de último, en cuyo testamento se hallan dos cláusulas en las cuales nombra a la Venerable Mesa del Tercer Orden de Nuestro Padre San Francisco de Xalapa, como su albacea testamentaria y tenedor de bienes solo en lo respectivo a sus casa, asimismo, en otra cláusula nombra como heredera del remanente de su bienes, con especialidad de sus catorce casas, a la Purísima Concepción de Nuestra Señora la Virgen María, que se venera en la capilla del mismo Tercer Orden de San Francisco de Xalapa, para que el usufructo o alquileres de ellas se invierta de la siguiente manera: 15 pesos mensuales para el culto de la Santísima Virgen y el remanente, pagados los cobradores, reparos de las casas y demás gastos precisos, se harán dos partes iguales de las que tomará una el padre guardián para repartirla entre si y los demás religiosos moradores de allí, y que apliquen todos misas rezadas de la limosna de un peso para las Ánimas del Purgatorio; y la otra mitad la entregará la Venerable Mesa albacea, también mensualmente al señor cura de la parroquia de Xalapa, para que la reparta a su discreción entre los clérigos más necesitados de aquella ciudad, apliquen también misas de la limosna de a peso para las Ánimas del Purgatorio. Y para dar cumplimiento a lo dispuesto por el testador, otorgan poder especial al Ministro Hermano Mayor de esta misma Venerable Orden Tercero don Antonio Velasco Quiroz, para que representando sus propias personas y los derechos y acciones de la testamentaria de don José Fernández de Castañeda, pueda recibir las expresadas casas por ante escribano que de dicha entrega de fe, asimismo, para que administre dichas casas poniéndolas en arrendamiento, cuidando de sus reparos y conservación, y para todo lo demás que sea necesario.

ANTONIO MARÍA BUENABAD, ESCRIBANO
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MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0037 · Unidad documental simple · 1833/03/11
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Los ciudadanos el Bachiller José María Aparicio y Rafael Velad, de esta vecindad, dijeron que después de firmada la escritura de compromiso, otorgada el 5 de enero del corriente año, manifiestan que hay equivocación, al decirse que los otorgantes le concedían a los arbitradores nombrados, el término preciso de treinta días útiles a cada uno, contados desde que aceptaran el cargo, pues concediéndoles el término de treinta días comunes y prorrogables hasta los sesenta de la ley para que rindiesen sus repuestas y probanzas; los otorgantes exponen que hay contradicción entre ambos términos; por cuyo motivo y en común acuerdo han ratificado en concederles a los indicados árbitros para dar sus laudos, treinta días a cada uno, pero que empezarán a contar desde que se concluyan las pruebas y se les entreguen los autos con el referido objeto y al efecto; además, quieren que ésta aclaratoria conste a continuación del original que corre en los autos de la materia.

JOSÉ FRANCISCO RIVADENEIRA, ALCALDE CUARTO CONSTITUCIONAL
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MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0111 · Unidad documental simple · 1833/09/06
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

María Josefa Pérez, de esta vecindad, mayor de sesenta años y libre de ajena administración; dijo que, Josefa Joaquina Galindo, Juan José y Antonio Viveros, le vendieron un solar con 23 varas de frente y 45 de fondo, ubicado en esta ciudad, al barrio que nombran del Molino, como consta la escritura que le otorgaron en esta ciudad el 24 de julio de 1778. Pero que el frente de dicho solar quedó reducido a 21 varas por haberse tomado dos para el público con el objeto de ampliar la calle; también el fondo quedó en 34 varas, por haber dispuesto de lo restante en favor de José María Hernández, quien vendió después ese terreno y lo posee hoy Manuela Cárdenas. Además, que a María Irinea Pérez, hermana de la comparente, le donó un jirón del mismo solar, en cuyo frente tiene formada su casita la referida Irinea. Y que, por lo expuesto, ha quedado por propiedad de la relacionante, el solar bajo las dimensiones siguientes: en el frente al poniente con la calle que baja para el punto nombrado el Molino o camino de Coatepec 11 varas, cuya latitud camina igual hacia lo interior hasta la distancia de 11 varas y cuarta donde se amplía a 15 varas dicha altitud que sigue igual hasta el extremo del fondo, el cual se compone de 34 varas de poniente a oriente, lindando por este último rumbo con el terreno que fue de la que habla y hoy posee la nominada Manuela Cárdenas; por el sur linda calle en medio, con casa que fue de José Cabañes y hoy posee don Mariano Domínguez; y por norte con terreno que se ha expresado que fue de la comparente y le tiene cedido a María Irinea, su hermana. Y que en dicho terreno deslindado tiene fabricada la comparente, una casita de piedra y lodo, cubierta de madera y teja; cuyo edificio y terreno ha pactado venderle al ciudadano José María Medina bajo las siguientes condiciones: 1.ª Que el comprador le ha de satisfacer 2 reales diarios, entregándoselos por mesadas. 2.ª Que, si la vendedora fallece antes de que haya acabado de solventar el precio, Medina dará los reales necesarios para su entierro y demás gastos y el resto que quede hasta el completo de los 275 pesos le entregará a don Rafael Velad, para que este señor le dé la distribución que le comunicará la otorgante; entre otras disposiciones que se mencionan en el acta. Por tanto, la comparente otorga que vende a don José María Medina, la casita y solar, en precio de 275 pesos, siendo por cuenta del comprador el pago de la alcabala y los derechos de escritura. Y el comprador para la seguridad de los pagos, hipoteca la misma casa y solar referidos, bajo los linderos que se han explicado; y se obliga a no vender ni grabar dicho fundo.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO
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MX UV.USBIX ANX-P-0093-PX_0093_0074 · Unidad documental simple · 1836/07/05
Parte de Archivo Notarial de Xalapa

Don José María Campoverde, de esta vecindad, dijo que doña María Micaela Rodríguez Rojo y Ortega, hacendada en este cantón, le confirió su poder, cuya copia corre en los autos seguidos entre dicha señora y don Rafael de Aguilar, los cuales se hallan actualmente por apelación en el Tribunal de Segunda Instancia; que dicho poder fue sustituido por el comparente en don Rafael Velad, pero que este señor no pudiendo pasar a Veracruz a gestionar en la apelación que se ha interpuesto, se le hace preciso hacer nueva sustitución en una persona que resida en la ciudad de Veracruz, y reduciéndolo a efecto por el presente y a derecho otorga que lo sustituye en todo y por todo en don Austacio María Durán, vecino de dicha ciudad de Veracruz.

JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO