Don José Ignacio de Urquide [José Ignacio de Urquidi], Capitán del Regimiento Veterano de Infantería de Puebla, y don Juan de Urquide [Juan José de Urquidi], Teniente del Regimiento de Infantería de la Corona, hermanos, otorgan poder general a don Fernando Sánchez Pareja, vecino y del comercio de Guadalajara, para que en sus nombres cobre a todas las personas que les deban. Así como también, para que los defienda en todos sus pleitos, causas y negocios, especialmente en el juicio de apelación que tienen interpuesto ante la Real Audiencia de Guadalajara, sobre cantidad de pesos que se les demanda en virtud de un compromiso o fianza que el difunto abintestato don Ramiro Vázquez hizo a favor de don Urbano de la Torre, del comercio de Durango, para que este supliera a don Tomás Balmaseda, una memoria de efectos que ascendió a 7,000 pesos, y como el citado Vázquez era apoderado de los otorgantes, en consorcio de su hermano don Marcos, para la administración de una hacienda, les ha demandado exhibir este adeudo, resistiéndose por no haber sido con consentimiento de los otorgantes.
Don José Ignacio de Urquidi, Capitán del Regimiento de Infantería de la Ciudad de la Puebla, y don Juan José de Urquidi, Teniente de la Corona de Nueva España, nombraron al Licenciado Manuel Taboada, vecino de México, como apoderado de ellos para que se ocupe de sus negocios en Durango, a quien le asignaron la cantidad de 2 000 pesos anuales, cada uno de ellos aportará 300 pesos por los viajes necesarios a México, Durango o de este lugar a Guadalajara, de igual forma le pagarán su retorno a México una vez que concluya sus negocios. También es condición que si antes del tiempo fijado terminase su negocio, se le pagará el sueldo completo de un año; en caso contrario, sólo se le seguirá apoyando con los 300 pesos hasta que concluya sus asuntos, y no se le revocará el poder que se le otorgó.
Don Juan de Urquidi [Juan José de Urquidi], Teniente del Regimiento Infantería de la Corona de Nueva España, residente en esta Villa, otorga poder general a don Manuel Porreiro y Concha, Administrador de la Real Renta de Correos, para que a nombre de él demande, perciba y cobre judicial y extrajudicialmente de cualquier persona las cantidades de dinero que le adeuden a la fecha y debiesen en adelante. También se lo confiere para todos los casos que se ofrezcan relativos a la hacienda del Río Florido en Jurisdicción de Durango. Asimismo, por ser uno de los hijos y herederos de su difunto padre don Agustín Urquidi, represente los derechos en los autos de inventario y testamentarias de él.
Don Juan de Urquidi, Teniente del Regimiento de Infantería de la Corona de esta Nueva España, residente en esta Villa, otorga poder general a don Juan Manuel Solís, Abogado de la Real Audiencia de Guadalajara, para que a nombre de él, demande y cobre judicial o extrajudicialmente de cualquier persona, y de quien más haya lugar, las cantidades de dinero que le adeuden a la fecha y debiesen en adelante, así también para que lo defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles o criminales, eclesiásticos o seculares, que al presente tenga o en adelante tuviera.
Doña María de Jesús Fernández del Campo, hija de don Nicolás Manuel Fernández del Campo y de doña Antonia Josefa Serdán Ponce de León, dijo que por previo convenio de sus padres, tenía tratado contraer matrimonio con don Juan José de Urquidi, Subteniente del Regimiento de Infantería de la Corona de esta Nueva España, pero debido a causales que retardaban a dicho Urquidi faltando a lo estipulado, la otorgante se desistió a este contratado enlace; de esta manera otorga por insubsistente los esponsales que tenía contraídos, por lo que ni ahora ni en ningún tiempo se los reclamará.
Don Nicolás Manuel Fernández del Campo, vecino de esta Villa de Xalapa, dijo que en 1797 tenía tratado casar a su hija doña María de Jesús Fernández del Campo con don Juan José de Urquidi, Subteniente del Regimiento de Infantería de la Corona, para cuyo efecto puso 3, 000 pesos de depósito en poder del Regidor Depositario que fue de esta villa, pero por desavenencias entre los contrayentes se canceló dicho tratado de matrimonio, como consta por escritura que tanto Urquidi como María de Jesús otorgaron en el mes de octubre, en cuya virtud solicitó se le devuelva dicha cantidad. Por lo que a través de la presente, otorga que ha recibido del apoderado del Depositario, don Francisco Javier Sáenz de Santa María, la cantidad de 2, 900 pesos por el descuento del 1 % de sus derechos, en dinero de contado.
Don José Ignacio de Urquidi, Capitán del Regimiento de Infantería de la Puebla y don Juan de Urquidi, Teniente de la Corona de Nueva España, residentes en esta Villa, revocan el poder que habían conferido a don Antonio Gurruchati, del comercio de Durango, para otorgarlo al Licenciado don Manuel Taboada, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España, y residente en la Capital de México, para que los represente en la testamentaria de su hermano político don Ramiro Bargües y Marco, Ministro Tesorero de la Cajas de Durango.
Don José Sarmiento, Sargento Segundo de la Segunda Compañía del Primer Batallón del Regimiento de Infantería de la Corona de la Nueva España, otorga poder especial a don Juan [José] de Urquidi, Teniente de la Cuarta Compañía del Primer Batallón del Regimiento de Infantería, para que en su representación, perciba y cobre de don Agustín Verastegui, vecino de San Luis Potosí, como albacea de su difunta madre doña Josefa Verastegui, la parte de herencia que le corresponde, por lo que se le da éste con libre y general administración.\t
Don Juan [José] de Urquidi, Teniente del Regimiento de Infantería de la Corona de Nueva España, y a nombre de su hermano José Ignacio de Urquidi, Capitán del Regimiento de Infantería de la Puebla, revoca el poder que confirieron a don Marcos Bagues y Marco para que no valga ni pueda hacer uso de él, y lo otorga general a don Manuel Porreiro y Concha, para que a nombre de los dos, demande, cobre y perciba judicial o extrajudicialmente a todas las personas las cantidades y artículos que les adeudan hasta la fecha y debiesen en adelante en virtud de instrumentos públicos y simples; así para que administre, gobierne y rija las haciendas de su pertenencia y otros bienes que al efecto le confiarán, mancomunado y de común acuerdo del citado don Marcos Bagues Marco, socio y apoderado de sus hermanas, interesadas también en las haciendas como en otros bienes, de forma que todos los documentos deberán salir a nombre de los dos apoderados. También para que los defienda en todos los pleitos, causas y negocios.
Don Juan de Urquidi [Juan José de Urquidi], Teniente del Regimiento de Infantería de la Corona de Nueva España, otorga poder general a don Fernando Sánchez Pareja, para que a nombre de él demande y cobre judicial o extrajudicialmente de cualquier persona y de quien más haya lugar las cantidades de dinero que le adeuden a la fecha y debiesen en adelante, en virtud de instrumentos públicos o simples; así también para que lo defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles o criminales, eclesiásticos o seculares que al presente tenga o en adelante tuviera.