Por una parte: doña María Josefa de Olea y Hoyos, viuda de don Tomás Rubio Roso, que fue de este comercio y vecindad; y por la otra, don Eustaquio de Castro y Chávez, doña María Teresa de Castro y doña María de la Luz de Castro y Chávez, con el marido de ésta don Felipe Ramos, hermanos enteros y poseedores de una casa, de que más adelante se hace mención, que pertenecía a su finado sobrino, José Mariano de Castro. Dijeron que desde el año noventa, don Domingo de Castro, abuelo y curador que fue de José Mariano, de dos casas contiguas que éste heredó de su abuela materna, las cuales vendió una al citado Roso, y están situadas en la segunda cuadra de la calle de la Amargura o del Calvario. Desde aquella época, Roso quedó poseyendo un martillo y medio pozo que en el fondo pertenece a la otra casa que no se ha vendido, y ésta casa disfrutaba el zaguán hasta más de la mitad del fondo al llegar al pozo, con casi cuatro varas de ancho, sin hacerse reclamo el uno al otro. Y hace unos seis años, arreglaron la división al tenor de la escritura, quedándose Roso sin el pozo y la casa de los Castro sin el zaguán o entrada; pero convenidos una y otros que les está mejor tener agua la primera en la mitad del pozo, y los segundos poseer la otra mitad y el zaguán. Por tanto, todos han convenido en volver a lo que antes fue y combinieron sus antecesores, dejando a los Castro el zaguán entrada con su terreno, y la casa de Roso, a quien pertenecia, con el medio pozo y martillejo, con la diferencia que un comuncito hecho en el fondo del zaguán, que da por de la casa de Roso, a la cual se le ha mudado la entrada y aguaderas, y cerrándose la que tenía por el zaguán antes dicho. A cuyo efecto otorgan la presente declaración.
UntitledDon José Ruiz Sánchez, de esta vecindad, colector de diezmos de esta cordillera, otorga arrendamiento en favor de don Antonio Díaz Galván, vecino del pueblo de Xicochimalco, todos los diezmos que se recaudan y pertenecen a la doctrina y comprensión del citado pueblo y su anexo de Teocelo, con inclusión del Potrero de San Marcos menos el ingenio de la Laguna, que terminan por la de Ixhuacán por aquel rumbo; y por este con el término de la doctrina de Coatepec y con el río de las Puentes. Dicho arrendamiento por el término de tres años, a partir del pasado 5 de agosto por el precio de 500 pesos anuales, que deberá pagar al fin de cada uno de estos. Y para cuya seguridad debe dar dos fiadores y estando presentes aceptan y se constituyen don Felipe Ramos, vecino del pueblo de San Antonio Huatusco y a don Juan Rodríguez Varela del pueblo de Teocelo.
UntitledDon Mariano de Campo, de esta vecindad y comercio, albacea y heredero del difunto don Jacinto Landeiro, otorga que vende a don Felipe Ramos, de esta vecindad, una casa de paredes, cubierta de madera y teja, situada en la Calle de Santiago, se compone de 11 y media varas de frente, sin mencionar cuanto mide de fondo. La vende por precio 400 pesos.
Don Felipe Ramos, vecino de la Ciudad de Veracruz y residente en esta Villa de Xalapa, soltero mayor de 25 años, teniendo tratado contraer matrimonio con doña María de la Luz Castro, doncella de esta vecindad, hija legítima de don Domingo de Castro y de doña María de Chávez, y viéndose obligado a viajar a la ciudad de la Nueva Veracruz, otorga poder especial a don Luis de Guevara, vecino de esta Villa, para que en su nombre se despose por palabras de presente que hagan verdadero y legítimo matrimonio con la nominada doña María de la Luz Castro
Don Eustaquio de Castro, de esta vecindad, otorga poder especial a don Ángel Narciso Ochoa y Ortega, de esta vecindad, para que en su representación demande judicial o extrajudicialmente de su hermano político, don Felipe Ramos, la liquidación purificada del arrendamiento de la casa que ocupa hace muchos años y quedó por muerte de sus padres, en la que hay otros partícipes, ubicada en el barrio del Molino de esta villa.
UntitledDon Felipe de Ramos, de esta vecindad, otorga poder especial a don Antonio Porcuna, Oficial de la Contaduría de la Nueva Veracruz, para que comparezca en el Magistrado de Intendencia y Junta Real de Hacienda, a hacer postura del asiento de Gallos, de esta Villa, por el término de 5 años.
Don Felipe Ramos, vecino de esta Villa, otorga poder especial a don Mariano Echeverría, vecino de la Ciudad de Veracruz, para que en su nombre comparezca en el Magistrado de Intendencia y Ministros de la Real Hacienda, donde haga posturas por el asiento de lio gallos de esta Villa, presentando al efecto el papel de abono que le sea permitido, con las pujas y mejoras a favor de la Real Hacienda y tiempo por el que lo rematare.