Doña Josefa María Laso de la Vega, doncella mayor de 35 años de edad, residente en esta Villa, dijo que en el año de 1805, otorgó su testamento, en el cual nombró por su heredero, albacea y apoderado a don Miguel Ignacio de Miranda, pero por fallecimiento de éste, por la presente otorga que nombra en el mismo orden, lugar y facultades al señor don José Mariano de Almanza, Provisto Ministro, vecino de la Nueva Veracruz, y por su falta a don Juan Anacleto de Murga, del mismo comercio.
Doña Josefa María Laso de la Vega, residente en esta Villa, otorga poder especial a don Cristóbal Rendón Palomino, vecino de la Puebla de los Ángeles, para que se presente en la Junta Subalterna de Consolidación, de la citada ciudad, a tratar y verificar composición y convenio para la exhibición de los 8 000 pesos que a favor de varios obras pías y capellanías se hallan impuestas en una de sus casas que posee en la Ciudad de la Nueva Veracruz, haciendo todas las agencias y diligencias que ha dicho particular conduzcan.
Doña Josefa María Laso de la Vega, vecina de la ciudad de la Nueva Veracruz, residente en esta Villa de Xalapa, doncella mayor de 25 años, otorga poder especial a don Mariano Raudón, Procurador en la ciudad de la Puebla, para que en su nombre o en compañía del Doctor José María Laso de la Vega, hermano de la otorgante, redima los principales que reporta una casa de ambos hermanos, misma que les quedó por muerte de don Miguel Laso de la Vega, su padre, cancelando las escrituras existentes e imponiendo otras.
Doña Josefa María Laso de la Vega, doncella mayor de 25 años y vecina de esta Villa de Xalapa, otorga que ha recibido de su hermano el Doctor José María Laso de la Vega, quien es albacea testamentaria de don Miguel Laso de la Vega, difunto padre de ambos, la cantidad de 8, 331 pesos, 1 real y 6 gramos, cantidad que le corresponde de su legítima materna, por lo que otorga el recibo a su mencionado hermano.
Incorporación a este protocolo de las diligencias relativas a la validación de testamento y codicilo otorgado por doña Josefa María Laso de la Vega, cuya protocolización verificó en cumplimiento de lo mandado por el alcalde de primera nominación de esta ciudad en su auto inserto en las referidas diligencias. En dicho testamento doña Josefa María Laso de la Vega declara ser originaria de la ciudad de Veracruz, hija legítima de don Miguel Laso de la Vega y de doña Josefa Bartola Brito, ya difuntos. Declara por bienes una casa de altos y bajos en la ciudad de Veracruz, en la Marina frente a los almacenes; también, otra casa en Veracruz, que hoy es de la Hacienda Pública y está en ella la Aduana, se reconocen a su favor más de 8 000 pesos procedentes de su legítima materna. Ordena que a su ahijada y sobrina doña María del Carmen Ormigo, hija de don José Antonio Ormigo y de doña María Guadalupe Laso de la Vega se le dé algo por vía de legado. Nombra por su albacea al licenciado don Carlos Hernández Viamonte. Ordena que el remanente de sus bienes se aplique a beneficio de su alma. En tanto en el codicilo otorgado por doña Josefa María Laso de la Vega, declara que en la cláusula que expresa que doña María del Carmen Ormigo, su sobrina está casada con un hijo de don Antonio Cal, fue una equivocación, pues la que está casada con Cal es doña María del Carmen Albisuri, hija de don Juan Bautista Albisuri y de doña María del Carmen Ormigo. Por lo tanto, ordena que el quinto de sus bienes se reparta entre su sobrina doña María del Carmen Ormigo y su sobrina nieta doña María del Carmen Albizuri, y también entre doña Manuela y doña Josefa Baldimo, hermanas, a quienes debe muchos favores.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODoña Josefa María Laso de la Vega, vecina de la Nueva Veracruz, residente en esta Villa, de estado doncella, mayor de 30 años de edad, otorga poder general a don Miguel Ignacio de Miranda, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, para que a nombre de ella, demande, perciba y cobre, judicial y extrajudicialmente a todas las personas, las cantidades de dinero y artículos que le adeuden hasta la fecha y debieren en adelante, a través de instrumentos públicos o simples; y si por lo antes mencionado se requiriese contienda de juicio, lo siga, pareciendo ante las autoridades correspondientes, presentando la documentación, testimonios y lo que le sea requerido, por lo que se le da éste con libre y general administración, y con facultad de sustituirlo.
Doña Josefa María Laso de la Vega, originaria de la ciudad de Veracruz, de estado doncella, hija legítima de don Miguel Laso de la Vega y de doña Josefa Bartola Brito, difuntos, vecinos que fueron de dicha ciudad, hallándose en edad avanzada, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara por sus bienes una casa alta y baja, ubicada en la ciudad de Veracruz, en la marina, haciendo frente a los almacenas, sobre cuya finca se reconocen unos principales de que está impuesto su albacea; 8 300 y más pesos que importó su legítima materna y se reconoce a su favor en una casa que fue de la testamentaría de don Pedro Cos y hoy es de la Hacienda Pública, ubicada dicha finca en la propia ciudad de Veracruz, haciendo esquina a las calles Principal y de San Francisco, la cual sirve de aduana. Nombra heredero a don Pedro Pablo Vélez, Administrador de Correos de Veracruz, a quien igualmente nombra por su albacea testamentario. Finalmente, declara que revoca el testamento otorgado en 4 de noviembre de 1805 y el codicilo otorgado en 7 de mayo de 1814.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL E INTERINO PÚBLICODoña Josefa María Laso de la Vega y Brito, natural de la Ciudad de la Nueva Veracruz, de estado doncella, hija legítima de los difuntos don Miguel Laso de la Vega y de doña Josefa Bartola Brito, vecinos que fueron de la Veracruz, otorga su testamento nuncupativo donde declara por sus únicos bienes la cantidad de 8,300 y más pesos que importó su legítima materna y que se halla impuesta en la Ciudad de Veracruz, sobre una casa ubicada en la esquina de las calles de San Francisco y la Calle Real, la cual actualmente sirve de Real Aduana. Y es perteneciente a la testamentaria y herederos del difunto don Pedro de Cos; así como también el valor de una casa ubicada en la marina de la referida ciudad, haciendo frente con los Almacenes Reales, rebajados 12,000 pesos de varios principales que reconoce sobre ella. Nombra como albacea y heredero universal a don Miguel Ignacio de Miranda, vecino y del comercio de Veracruz.