Don Bernardo Molina, vecino de esta Villa, otorga que debe y se obliga pagar a don Juan Antonio Aguilar, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, la cantidad de 300 pesos que le suministró don Macedonio Antonio Goycochea, de este comercio y vecindad, para fabricar una casita y reedificar otra, cuya cantidad se obliga a pagar en el término de 3 años con causa de réditos del 5% anual y como seguro de la deuda hipoteca dos casitas, una de paredes y la otra de madera, ubicadas a extramuros de esta Villa, en un terreno de los naturales, en la salida del Camino Real para México, inmediatas a la garita, las cuales hacen frente hacia el sur con el Camino Real en medio y del otro lado solar del indio Miguel Jerónimo y casa de don Carlos Arias; por el fondo hacia al norte linda con otro solar de los herederos del indio Juan de la Cruz; por el oriente con un callejón que atraviesa al cerro y la casa vieja de la pólvora; por el poniente con casa de Matías de Luna.
Don Matías de Luna, de esta vecindad, otorga que ha recibido de don José Boldú, de esta misma vecindad, la cantidad de 735 pesos y dos reales, de los cuales se obliga a satisfacer en pagos de 10 pesos mensuales; y para seguridad del principal, hipoteca, sujeta y grava una casa de paredes en parte y parte de tabla, cubierta de madera y teja, que posee en el Barrio del Calvario, inmediata a la Garita de México.
Juan Crisóstomo Zavaleta, indio natural de esta Villa de Xalapa, padre y legítimo administrador de don José Serafín Zavaleta, menor de 14 años de edad, a quien pone de aprendiz de oficio de zapatero con Matías de la Luna, maestro de dicho oficio de esta misma vecindad, por el tiempo de 5 años, tiempo en que lo ha de tener en su casa y tienda, enseñándole su oficio.