Don José Antonio de la Peña, Regidor Perpetuo, Alférez Real del Ayuntamiento de esta Villa, otorga poder especial a don José Gutiérrez de Cubas, vecino de la Nueva Veracruz, y residente en la Capital de México, para que en representación de su persona solicite y perciba hasta la cantidad de 40 000 pesos por el fomento del giro de comercio que tiene establecido en esta Villa, y de lo que reciba entregue la escritura de imposición y reconocimiento, obligándose a satisfacer el principal, por lo que se le confiere este poder sin limitación alguna.
José Gutiérrez de Cubas, vecino y del comercio de Veracruz residente en esta Villa de Jalapa, otorga poder general a don Francisco Almirante y Lamadrid, vecino y del comercio de la Capital de México, para que en su nombre demande, perciba y cobre judicial o extrajudicialmente a todas las personas las cantidades de dinero y artículos que le adeuden hasta la fecha y debieren en adelante, a través de instrumentos públicos o simples; y si por lo antes mencionado se requiriese contienda de juicio, lo siga, pareciendo ante las autoridades correspondientes, presentando la documentación, testimonios y lo que le sea requerido, por lo que se le da éste con libre y general administración y con facultad de sustituirlo.
Don José María Cardeña y Gallardo, Subteniente de Milicias, vecino de esta Villa de Xalapa, otorga poder a don José Gutiérrez de Cubas, vecino de Veracruz, para que en su nombre cobre todas las cantidades que le deban a través de escrituras, vales, libranzas o de otra forma, así también para que parezca ante los 3 Gobernadores, Intendente y Ministros de la Real Hacienda de la ciudad de Veracruz, a promover las diligencias que allí tiene pendientes sobre el remate del Oficio de Regidor de esta villa, y para que lo defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, eclesiásticos y seculares.
Don José Antonio de la Peña [Vallastra], vecino de esta Villa de Xalapa, otorga poder a don José Gutiérrez de Cubas, vecino de Veracruz, para que en su nombre parezca ante el Rey, Real Consejo de Indias y demás, y con derecho pida a Su Majestad se sirva hacerle mercedes en atención a los méritos y servicios hechos, que hará constar por informaciones y documentos. Y para que cobre todas las cantidades que le deban y si por dichas cobranzas fuese necesaria contienda de juicio, que lo siga.\r\n
Don José Gutiérrez de Cubas, vecino de Veracruz y residente en esta Villa de Xalapa, dijo que el difunto don Andrés Lucas de Pierredonda lo nombró a él y a don José Carral, como albaceas y herederos; y para que tenga efecto lo referido otorga poder a don Pedro Castellanos, para que con dicho Carral, acepté los cargos de albacea y heredero con beneficio de inventario, y en consecuencia procedan a cumplir la testamentaria pareciendo en juicio ante las autoridades correspondientes.
Don José Antonio de la Peña, vecino y del comercio de esta Villa, otorga poder a don José Gutiérrez de Cubas, vecino y del comercio de la Nueva Ciudad de Veracruz, para que promueva en aquella intendencia sus derechos y acciones en la expedición de la Goleta San Lucas, procedente del Presidio del Carmen, su Capitán don Francisco Espiau, recibiendo y cobrando lo que al otorgante pertenezca, así de su propia como ajena cuenta por consignaciones o en otra forma.
Don Santiago Sainz Sarabia, vecino y del comercio de esta Villa, apoderado general de don José Gutiérrez de Cubas, del comercio de la Nueva Veracruz, otorga poder especial a don Felipe Piñeyro, vecino de Ozuluama, para que a nombre de los derechos que les asisten, perciba y cobre judicialmente o extrajudicialmente las cantidades de dinero que en partes entregó a don Santiago Guerola, para la compra de ganado, para el consumo de la tabla de esta Villa.
Don José Simón de la Portilla [Cabello], Teniente de Granaderos de la Milicia de las Tres Villas, de esta vecindad, otorga poder especial a don Mariano Chanin, Agente de Negocios de la Capital de México, para que en su representación pueda otorgar escritura a favor de don José Gutiérrez de Cubas, vecino de la Nueva Veracruz, residente en esta Villa, por la cantidad a que ascienda el real derecho del desagüe de Huehuetoca, que debe satisfacer en dos años, por cuyo tiempo ha celebrado contrato de abastecer a este vecindario de carnes de toro, vaca y novillo, por lo que se le da éste con libre y general administración.
Don José Gutiérrez de Cubas, vecino de la ciudad de Veracruz, residente en ésta, otorga poder a don José Ignacio de la Torre, Ministro Honorario de la Real Junta de Comercio de dicha ciudad, para que en su nombre y representación deduzca lo que le corresponde en la parte del cargamento de la goleta Nuestra Señora del Carmen, de la que es Capitán José Castaños.
Don José Gutiérrez de Cubas, residente en la Villa de Xalapa, otorga poder general a don Juan Maniau y Torquemada, Contador de la Real Hacienda de Tabaco, en la factoría de Puebla, para que en su nombre pida, demande y reciba de manera judicial o extrajudicial de cualquier persona, todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, esclavos y géneros que le deban.