Don Manuel Cruz, de esta vecindad, otorga poder especial a don José María Pérez Callejo, para que en su representación recoja, aprenda, tome y perciba hasta el número de 30 mulas que de diversos colores le han extraviado en los convoyes y otras marchas, todas con el fierro y contraseña del margen que tiene puesto en el pescuezo, de las que se tiene noticia están en las inmediaciones de Puebla, dentro de ella y otros parajes circunvecinos, por lo que se le da este con libre y general administración.
Don Manuel Cruz, curador ad litem y ad bona de María Josefa Lorenza Pacheco, menor de 19 años de edad, otorga que da en arrendamiento a favor de don Manuel de Medina, también de esta vecindad, una casa situada en el Callejón de San Antonio mirando al poniente, entre la de don Domingo Gutiérrez y la de don Isidro José Posadas; por el término de 4 años, a precio mensual de 10 pesos.
Don Anastasio Cruz, de esta vecindad, como albacea testamentaria de su hermano don Pedro Mariano de la Cruz, otorga poder especial a su hijo don Manuel Cruz, para que en su nombre pase al pueblo de San Juan de los Llanos y sus inmediaciones a cobrar a los arrendatarios de las haciendas y terrenos que le pertenecían al difunto don Pedro Mariano Cruz, por compra que de ellas hizo a los herederos de don Juan Florido.\t
Doña María Josefa Casanova, de esta vecindad, viuda de don Domingo Aravalles, su primer albacea, y tutora curadora ad bona de la única menor heredera, otorga que da en arredramiento a don Manuel Cruz, de esta vecindad, una casa de paredes, cubierta de madera y teja, cercada con el solar que le corresponde, de paredes de lodo repellada, situada en la cumbre de la cuesta que sube desde el puente que nombran de lagos hacia el camino Real de México, la cual quedó por bienes del mencionado difunto y se adjudicó en cuenta del haber de su hija doña María Guadalupe Aravalles. El arrendamiento lo hace por el término de 5 años, en 6 pesos mensuales.\r\n\r\n
El Gobernador y Cabildo de naturales del pueblo de San Antonio Tepetlán, de esta jurisdicción, con licencia de don Ramón María de Villalba, Juez Subdelegado de esta Villa y su jurisdicción, arriendan, a don Manuel Cruz, las tierras que llaman de Aguasuela, que comienzan en el paso del Río Acatlán, del camino de San Antonio a Naolinco, y caminando para el sur a la entrada del potrero, del cual paraje siguiendo para el sur a la cruz de la cañada larga, hasta el Cerro de Aguatepec, que de donde da vuelta para el oriente al nacimiento de agua de donde corren dichas tierras, Río de Acatlán arriba hasta cerrar con el primer lindero del paso de dicho río. Las arriendan por 9 años en 65 pesos anuales.
Don Anastasio Cruz, natural y vecino de esta Villa, hijo de don Tomás Santiago y Cruz y de doña [María] Romualda Infante, difuntos, otorga su testamento en donde ordena se venda una casa de su propiedad, ubicada en esta Villa, y se imponga sobre la misma finca, para que junto con otra cantidad se celebren en la Iglesia de San José las siete festividades de la Santa Virgen. Declara contrajo matrimonio con doña Catalina Bremón con quien procreó a Felipe de Jesús, María Josefa, José Manuel y José María, mayores de 25 años. Declara por bienes varias casas en esta Villa; un rancho nombrado la Mesa de Maxtatlán; el rancho y potrero Agua Santa; el rancho El Dominico en el que hay 100 reses; 20 literas habilitadas con todo lo necesario, un atajo de 30 mulas de laso y reata con sus aparejos y aperos, de cuyos pertrechos tiene varias bodegas y cuartos ocupados; y 2,000 pesos que a su favor reconoce sobre su casa el Presbítero don Francisco [Pablo] Verenguier [y Acosta]. Declara deber 2,000 pesos a los menores hijos de don Juan Bocelo por porciones hereditarias. Dijo que hace dos años se hizo un aproximado de sus bienes y ascendió a 99,000 pesos, en los que no se incluyeron los ranchos y potreros citados, ni las mejoras que les ha hecho. Deja a su nieto José María, hijo de Felipe, el remanente de su quinto. Nombra como albaceas fideicomisaria y tenedora de sus bienes a su esposa, en primer lugar, y en segundo a su hijo José Manuel Cruz y Bremón. Nombra como herederos universales a sus cuatro hijos.\t
El Gobernador y Cabildo de Naturales del Pueblo de San Antonio Tepetlán de esta jurisdicción, otorgan que dan en arrendamiento a don Manuel Cruz, las tierras de ganado mayor que llaman Aguasuela, que comienzan en el paso del Río Acatlán del camino de San Antonio a Naolinco, y caminando por el sur a la entrada del potrero, de este paraje siguiendo por el sur a la cruz de la cañada larga, hasta el cerro de Aguatepec de donde da vuelta, para el oriente al nacimiento del agua de donde corren dichas tierras al Río de Acatlán arriba, hasta cerrar con el primer lindero del paso del dicho río. Lo arrienda por tiempo de 9 años que comienzan desde el 1 de enero del año próximo venidero, por precio de 70 pesos anuales.
María Josefa Lorenza Pacheco, de esta vecindad, de estado honesta, de 19 años de edad, otorga conforme a derecho proceda, que nombra como su curador ad litem y ad bona a don Manuel Cruz, de esta misma vecindad, para que represente sus derechos y acciones en todos los casos, negocios civiles o criminales, eclesiásticos o seculares, y para que cualquier tribunal o juzgado superior o inferior promueva y pida cuanto a su derecho importen.
Don Anastasio Gutiérrez, de esta vecindad, dijo que de resultas de su giro quedó debiendo la cantidad de 377 pesos dos y medio reales a los siguientes sujetos, vecinos de esta villa: a don Juan de Bárcena 77 pesos 4 reales; a don Santiago Sarabia 71 pesos 4 reales; a don Juan Esteban de Elías 7 pesos; a don José María Goiri 45 pesos; a don Manuel Garcés 29 pesos; a don Fernando Muñoz 32 pesos 2 reales; a don José Contreras 10 pesos; a don Manuel Cruz de tres mulas que están perdidas en el campo, 105 pesos; cuya cantidad total se obliga a pagar dentro del término de tres años a partir del día veinte del presente y para su seguro ofrece como fiador a Pascual Bailón Toral, de esta vecindad, quien hipoteca una casa de su propiedad, ubicada en lo alto del Xallitic.