Doña María Josefa Susana de Castro, viuda, mayor, bien instruida y sabedora de sus derechos hábil y don Miguel Palacio, Síndico actual del Ayuntamiento de esta villa, en la que ambos son vecinos, dijeron: la primera, que es propietaria de una casa, de edificio bajo, ubicada en esta villa, haciendo esquina a dos calles, la una que baja para Santiago y la otra que dirige al Molino, en la que tiene su frente al oriente con el cementerio de San Francisco, dicha calle en medio, por donde se le miden 24 varas y 32 y media de fondo al poniente, lindando por este viento con casa de don Francisco Velad; por el sur con casa que hoy es del Presbítero don José Manuel Casas y por el norte con la referida calle de Santiago. Cuya finca hubo por herencia de su difunto padre don José Cayetano de Castro y que, aunque en las escrituras de adquisición constan diversas dimensiones de longitud y latitud, que las que quedan explicadas ahora, éstas son las que efectivamente tiene la casa y no las que allí se refieren, sin duda con error o equivocación. El segundo, que es dueño de una casa ubicada también en esta misma villa, en la propia calle de Santiago, con un frente al norte por donde se le miden 22 varas y 62 y tercia de fondo al sur, por donde linda con solar de Jacinto Antonio de Mora; por oriente linda con casa de don Francisco Flores y; por el poniente con otra de Mariana González. Cuya finca la hubo, por compra que hizo a la relacionada señora María Josefa Susana de Castro en 850 pesos, como consta la escritura otorgada en esta villa el 16 de enero de 1828. Y que ambos comparecientes han convenido permutar dichas casas, la primera en precio de 1 850 pesos y la segunda en el de 850 pesos, quién para igualar el importe de aquella, da en reales de contado 1 000 pesos a la señora Castro, siendo a cuenta de él los costos de escritura y pago de alcabala. Por tanto, otorgan que dan recíprocamente en venta, trueque, permuta y enajenación, la nominada doña María Josefa Susana de Castro, la casa de la esquina de las dos calles del Molino y de Santiago en precio de 1 850 pesos a don Miguel Palacio, y éste a ella, la de la calle de Santiago en 850 pesos.
UntitledDoña Antonia de Lara, natural de Cádiz, estante en esta Villa de Xalapa, hija legítima de don Juan de Lara y de doña Mariana González otorga su testamento donde declara fue casada con don Ramón Pérez de Santa María, difunto, con quien tuvo 4 hijos. Nombra como albacea testamentario y fideicomisario a su hermano don Manuel de Zires, vecino de la Nueva Veracruz, y a don Tomás Antonio Franco, residente en esta Villa. Nombra como herederos universales a sus hijos legítimos. Tiene entre sus bienes un negrito esclavo nombrado José Doroteo.
Doña Antonia de Lara, natural de la ciudad de San Lucas de Barrameda y vecina de la Nueva Veracruz, hija de don Juan de Lara, vivo, y de doña Mariana González, difunta, viuda de don Ramón Pérez de Santa María, con quien tuvo 4 hijos, otorga su testamento donde nombra como albacea testamentaria y fideicomisaria a su hermano don Manuel de Zires y a don Juan Antonio Ruiz de Alvarado, vecinos de Veracruz; como herederos universales nombra a sus hijos. Declara no saber los bienes o caudal que le pertenecen.
Doña María Josefa Susana de Castro, de esta vecindad, mayor de veinticinco años, vende a don Miguel Palacio, una casa de paredes, techada de tejas con el sitio que le corresponde de 22 varas de frente y 62 y tercia varas de fondo, ubicada en la calle de Santiago de esta villa con la que hace frente al norte, lindando por el oriente con casa de don Francisco Flores, por el poniente con la de Mariana González y por el sur, que es el fondo con solar de Jacinto Antonio de Mora. Cuya casa se le adjudicó a través de un juicio divisorio de los bienes que quedaron por fallecimiento de [su padre] don José Cayetano de Castro, de quien la otorgante fue única hija. La vende con todas sus entradas y salidas, usos y costumbres que de hecho y derecho le pertenecen, por libre de censo, empeño e hipoteca general, al precio de 850 pesos que certifica tiene recibidos.
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