Doña Rafaela Josefa Salvo, doncella, mayor de 25 años, vecina de esta Villa, otorga poder general a su hermano Dionisio Ángel Salvo, para que en su representación demande, cobre judicial o extrajudicialmente de cualquier persona, herederos, fiadores y demás todas las cantidades que se les deban, por lo que se le da con libre y general administración para ello.
Don Manuel José Bellido, vecino y del comercio de la Villa de Xalapa, tutor de doña María Luisa, doña Manuela Josefa, don José Valentín, doña Rafaela Josefa y don Dionisio Ángel Salvo; herederos de doña Ángela Francisca del Pino, mujer del difunto don Bartolomé Salvo, otorga que adjudica a don José Valentín Salvo, de estado casado y de 24 años de edad, las dos casas contiguas a la calle de la Amargura, haciendo frente con la Santa Iglesia Parroquial hacia el oriente; por el sur linda con casa del Presbítero Alonso José Gatica; al Norte con casa que fue de don Manuel de Olmedo y Aranciel; por el fondo con casa que fue de don Juan Ricardo y hoy de don Juan de Bárcena cuya casa está valuada en 2, 371 pesos 6 reales, y también la casa que llaman de la Lezama situada en la calle Real con la que hace frente al norte y del otro lado Mesón de San Antonio.
Don Manuel José Bellido, vecino y del comercio de la Villa de Xalapa, tutor de doña María Luisa, doña Manuela Josefa, don José Valentín, doña Rafaela Josefa y don Dionisio Ángel Salvo, herederos de doña Ángela Francisca del Pino, mujer del difunto don Bartolomé Salvo, otorga que adjudica a doña Rafaela Josefa Salvo, de estado doncella de 22 años de edad, que vive en compañía del otorgante y de su madre doña Petra Antonia Bonilla, a saber el la casa de la esquina de la plaza mayor de esta villa, se le adjudican primeramente 7, 210 pesos y 6 reales con rebaja de 3, 500 pesos, de los cuales 1, 000 reconoce a favor de la Santa Escuela de esta Villa y 500 a favor del Convento de Religiosos franciscanos, más 9, 372 pesos medio real, que se gastaron por el tutor para reforzar los bajos para los altos que se le echaron de nuevo. Las dos cantidades suman 16, 582 pesos 6 y 4/8 reales.
Don Juan Antonio de Espinosa, vecino y del comercio de esta Villa, dijo que por muerte de doña Ángela Francisca del Pino quedaron como herederos 5 de sus nietos, y de sus bienes hicieron inventario sus albaceas don Manuel de Boza, difunto, y don Juan de Bárcena, vivo, y por causa de que la mayoría de los herederos son menores de edad, don Juan Antonio de Espinosa otorga que ha recibido de don Juan de Bárcena, como albacea, 503 pesos 4 reales en calidad de depósito irregular pertenecientes a doña Rafaela Josefa y doña Manuela Josefa Salvo, herederas de la difunta, obligándose a tener dicha cantidad hasta que las dos menores se hallen habilitadas. Como seguro pago de la deuda hipoteca una casa ubicada en la calle Real, que hace esquina con las de don Nicolás Manuel Fernández,don Francisco Santa María y don Juan de Estrada.
Doña Rafaela Josefa Salvo, doncella mayor de 25 años, quien posee dos casas contiguas ubicadas en esta villa, una grande que hace esquina con la Plaza Mayor y la otra chica en la calle de Belén, mismas que heredó de su abuela doña Ángela Francisca del Pino, y que por la presente arrienda a don Manuel Allén, vecino y del comercio de la Ciudad de Veracruz, los bajos de la casa chica que se compone de tres piezas, por la cantidad de 20 pesos mensuales y por espacio de 6 años.\t
Don Manuel José Bellido, vecino y del comercio de la Villa de Xalapa, tutor de doña María Luisa, doña Manuela Josefa, don José Valentín, doña Rafaela Josefa y don Dionisio Ángel Salvo; herederos de doña Ángela Francisca del Pino, mujer del difunto don Bartolomé Salvo, otorga que adjudica a doña Manuela Josefa Salvo, de estado doncella de 26 años de edad, el Mesón de las Ánimas situado en la plaza principal de esta Villa, y el otro Mesón que llaman de San Antonio ubicado en la calle Real de este pueblo, y también los muebles de ambos mesones; asimismo la casa situada en la esquina del callejón del Diamante. El total adjudicado suma 9, 789 pesos 7 reales.
Don José Alonso Bonilla, vecino y del comercio del pueblo de Coatepec, don Juan Antonio Figueiras, de la vecindad y comercio de esta Villa de Jalapa, otorgan que se constituyen fiadores, lisos y llanos pagadores de don Manuel José Bellido, y se obligan a estar a derecho y pagar cualesquiera resultas en la contaduría ad bona de doña Rafaela Josefa Salvo, de quien es tutor dicho Bellido, quien le adjudicó a doña Rafaela la casa de la esquina de la Plaza Mayor, la cual importa 10, 582 pesos 6 y 4 octavos reales, con mas de 1, 000 que reconoce a réditos don Antonio Bremon sobre su rancho de Zoncuantla en términos de esta villa.
Doña Manuela Josefa y doña Rafaela Josefa Salvo, doncellas, y don José Antonio Pereira de Castro, como marido de doña María Luisa Salvo, y los demás herederos de don Bartolomé Salvo, otorgan poder a don José Varón, Teniente de Milicias, vecino de la ciudad de Orcasitas, en las colonias de Santander en este reino, para que en sus nombres se presente donde corresponda promoviendo los concursos convenientes para la recaudación de los efectos que les toquen de la testamentaria de don Bartolomé Salvo, y si por lo antes mencionado se requiriese contienda de juicio, que lo siga.
Doña Josefa Rafaela Salvo, de esta vecindad, de estado doncella, mayor de 25 años, ha convenido con don Manuel de Allen, también de esta vecindad y comercio, el venderle la casa que habita en arrendamiento, situada al principio de la Calle de Belén, con el frente al poniente, contigua a la morada de la otorgante y están bajo un mismo patio en lo interior, de edificio alto y bajo. El citado Allen ha de dar a doña Josefa en reales de contado las dos terceras partes de los avalúos de dicha finca, y la tercera restante en el término de un mes o dos.
Doña Rafaela Josefa Salvo, mayor de 25 años, de estado libre, otorga que vende a don Manuel Allen, de este comercio y vecindad, una casa nueva, de edificio alto y bajo, cubierta de madera, ladrillo y teja, con el patio que a su frente corresponde, que habrá de dividirse por cuenta de ambos interesados, dándole a las aguas de ésta así casera como llovedizas salida para la casa principal, esquina en que habita la otorgante, y cuya finca es de cal y piedra, se compone de 17 varas de frente que lo hace hacia el poniente con la Calle de Belén en medio, y del otro lado casa que pertenece a la testamentaria de don Francisco Javier Gorospe [Irala y Padilla], y 34 y un cuarto de fondo hacia el oriente, por donde tiene tres cuartos menos del ancho del frente principal, por cuyo rumbo del oriente y sur linda con la casa alta principal de la otorgante, y por la banda del norte con casa baja de la pertenencia de doña María Ignacia de Alba. La casa está gravada con el capital de 2 000 pesos a favor de don Juan Manuel de Bonilla, y por lo cual ha de continuar reconociendo con causa de réditos a favor del interesado. La vende en 8 094 pesos 6 y medio reales.